Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 2770
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 3 de marzo de 2017 por la que se autoriza el traslado de las instalaciones del Centro Privado de Formación Profesional Específica Menorca, de la Escuela de Turismo de Baleares SL, y se autoriza cambiar la configuración con la ampliación de las enseñanzas autorizadas con una unidad del CFGS de Marketing y Publicidad
Hechos
1. Mediante la Orden del consejero de Educación y Cultura de 18 de septiembre de 2001 (BOIB n.º 118, de 2 de octubre) se autorizó la apertura y el funcionamiento del centro de formación profesional específica Menorca, de la Escuela de Turismo de Baleares SL, domiciliado en la calle de Sant Ferran, n.º 17, de Maó. Este centro quedó configurado de la manera siguiente:
Código de centro: 07008806
Denominación genérica: centro de formación profesional específica
Denominación específica: Menorca
Titular: Escuela de Turismo de Baleares, SL
Domicilio: c. de Sant Ferran, n.º 17
Localidad: Maó
Municipio: Maó
Enseñanzas autorizadas:
Ciclo formativo de grado medio: Gestión Administrativa (mañana): 1 unidad y 20 plazas escolares
Ciclo formativo de grado superior: Agencias de Viajes y Gestión de Eventos (tarde): 1 unidad y 20 plazas escolares
2. El 19 de diciembre de 2014 (NRE 74171/2014), la señora Mª José Moreno Martín, como representante del centro Menorca, presentó una solicitud para cambiar la ubicación de la calle de Sant Ferran, n.º 17, de Maó, a las instalaciones del IES Josep Maria Quadrado, de Ciutadella de Menorca, así como para modificar la configuración con la ampliación de las enseñanzas autorizadas con una unidad del CFGS de Marketing y Publicidad en turno de mañana. El centro aportó el Convenio firmado por la Consejería de Educación, Cultura y Universidades y el Ayuntamiento de Ciutadella, aprobado por el Pleno municipal el 14 de noviembre de 2013, y la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 14 de noviembre de 2013 (BOIB n.º 169, de 7 de diciembre) mediante la cual se autorizó a la entidad Escuela de Turismo de Baleares SL, a ocupar temporalmente para uso privativo varias dependencias del IES Josep Maria Quadrado, de Ciutadella de Menorca.
3. El 11 de febrero de 2015, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión emitió un informe técnico desfavorable, dado que la documentación presentada era insuficiente y no justificaba los espacios establecidos por la normativa vigente.
4. El 14 de abril de 2015, la señora María Benejam Biescas, como directora del centro, presentó nuevos planos con el fin de enmendar las deficiencias que figuraban en el informe emitido por el IBISEC el 11 de febrero de 2015.
5. El 6 de mayo de 2015, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión emitió un informe técnico favorable, según los planos presentados, en el que se especificaba que los espacios propuestos cumplían los requisitos mínimos establecidos por la legislación vigente para impartir los ciclos formativos solicitados para una ratio de 20 alumnos.
6. El 6 de marzo de 2016, el centro renunció a las instalaciones respecto de las que el IBISEC había emitido un informe en fecha 6 de mayo de 2015, ubicadas en el IES Josep Maria Quadrado, y presentó una nueva solicitud para una nueva ubicación, en la calle de Valencia, n.º 36, de Ciutadella de Menorca.
7. El 13 de mayo de 2016, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del IBISEC emitió un informe condicionado, dado que la documentación presentada, referente a la nueva ubicación, no era suficiente para justificar el cumplimiento de la normativa vigente.
8. El 7 de junio de 2016, la señora Mª José Moreno Martín, como representante y directora gerente de la Escuela de Turismo de Baleares SL, presentó nueva documentación con el fin de enmendar las deficiencias que figuraban en el informe emitido por el IBISEC el 13 de mayo de 2016.
9. El 13 de julio de 2016, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del IBISEC emitió un informe favorable, dado que los espacios cumplían los requisitos mínimos establecidos por la legislación vigente para impartir los ciclos solicitados para una ratio de 20 alumnos.
10. El 9 de febrero de 2017, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del IBISEC, una vez realizada la visita al centro el día 8 de febrero de 2017, pudo comprobar que las instalaciones educativas se adaptaban a los planos sobre los que había emitido un informe en fecha de 13 de julio de 2016 y emitió un informe técnico favorable.
11. El 10 de febrero de 2017, el Servicio de Oferta Formativa e Infraestructuras (OFI), una vez realizada la visita al centro el día 8 de febrero de 2017, emitió un informe favorable, con el visto bueno del jefe del Departamento de Formación Profesional y Calificaciones Profesionales, sobre la autorización del CFGM de Gestión Administrativa (ADG 21): 1 unidad y 20 plazas escolares; el CFGS de Agencias de Viajes y Gestión de Eventos (HOT 32): 1 unidad y 20 plazas escolares, y el CFGS de Marketing y Publicidad (COM 31): 1 unidad y 20 plazas escolares.
12. El día 28 de febrero de 2017, el jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre el traslado de las instalaciones del Centro de Formación Profesional Específica Menorca, de la Escuela de Turismo de Baleares SL, de la calle de Sant Ferran, n.º 17, de Maó, a la calle de València, n.º 36, de Ciutadella de Menorca, así como sobre el cambio de la configuración de este centro con la ampliación de la oferta educativa con una unidad del CFGS de Marketing y Publicidad.
Fundamentos de derecho
1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE n.º 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán n.º 7 de 1985).
2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE n.º 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán n.º 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE n.º 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 44, de 3 de abril).
4. El Real decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (BOE n.º 182, de 30 de julio).
5. El Decreto 91/2012, de 23 de noviembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Illes Balears (BOIB n.º 177, de 29 de noviembre).
6. Las Instrucciones del jefe del Departamento de Planificación y Centros (NRS 175/2014, de 6 de marzo) referentes a la normativa de mínimos aplicable para la autorización de centros privados de FP, aplicación del principio de especialidad.
7. El Real decreto 1126/2010, de 10 de septiembre, por el que se modifica el Real decreto 1631/2009, de 30 de octubre, por el que se establece el título de técnico en gestión administrativa y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE n.º 221, de 11 de septiembre).
8. La Orden EDU/1999/2010, de 13 de julio, por la que se establece el currículum del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en gestión administrativa (BOE n.º 180, de 26 de julio).
9. El Real decreto 1571/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el título de técnico superior en marketing y publicidad y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE n.º 299, de 13 de diciembre).
10. La Orden ECD/329/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículum del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en marketing y publicidad (BOE n.º 47, de 24 de febrero).
11. El Real decreto 1254/2009, de 24 de julio, por el que se establece el título de técnico superior en agencias de viajes y gestión de eventos y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE n.º 215, de 5 de septiembre).
12. La Orden EDU/393/2010, de 20 de enero, por la que se establece el currículum del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en agencias de viajes y gestión de eventos (BOE n.º 49, de 25 de febrero).
13. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE n.º 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán n.º 9, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
14. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 120, de 8 de agosto), modificado por el Decreto 1/2016, de 16 de febrero (BOIB n.º 23, de 18 de febrero), y por el Decreto 11/2016, de 11 de mayo (BOIB n.º 60, de 12 de mayo).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha de 2 de marzo de 2017, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2017-2018, el traslado de las instalaciones del Centro de Formación Profesional Específica Menorca, de la Escuela de Turismo de Baleares SL, de la calle de Sant Ferran, n.º 17, de Maó, a la calle València, n.º 36, de Ciutadella.
2. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2017-2018, el cambio de la configuración del Centro de Formación Profesional Específica Menorca, de la Escuela de Turismo de Baleares SL, con la ampliación de las enseñanzas autorizadas con una unidad del CFGS de Marketing y Publicidad.
3. Determinar que, como consecuencia de estas autorizaciones, la configuración del centro queda de la manera siguiente:
Código de centro: 07008806
Denominación genérica: centro de formación profesional específica
Denominación específica: Menorca
Titular: Escuela de Turismo de Baleares, SL
Domicilio: c. de València, n.º 36
Localidad: Ciutadella de Menorca
Municipio: Ciutadella de Menorca
Enseñanzas autorizadas:
Ciclo formativo de grado medio:
Gestión Administrativa (ADG 21): 1 unidad y 20 plazas escolares
Ciclos formativos de grado superior:
Agencias de Viajes y Gestión de Eventos (HOT 32): 1 unidad y 20 plazas escolares
Marketing y Publicidad (COM 31): 1 unidad y 20 plazas escolares
Adscripción administrativa:
Los ciclos formativos de grado medio y de grado superior quedan adscritos administrativamente al IES Josep Maria Quadrado (código de centro 07000832).
4. Recordar al centro mencionado que está obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.
5. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 3 de marzo de 2017
El consejero de Educación y Universidad
Martí X. March Cerdà