Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 2768
Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 10 de febrero de 2016 por la que se autoriza una organización temporal especial para el ciclo formativo de Mantenimiento Aeromecánico
El Gobierno del Estado, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establece los títulos correspondientes a los estudios de formación profesional. De acuerdo con ello, dictó el Real decreto 625/1995, de 21 de abril, por el cual se establece el título de Técnico superior en Mantenimiento Aeromecánico y las enseñanzas mínimas correspondientes (BOE nº. 201, de 23 de agosto de 1995).
En las Illes Balears, el ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Mantenimiento Aeromecánico que permite obtener el título mencionado, autorizado al IES Son Pacs, se imparte mediante un convenio de colaboración entre la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno de las Illes Balears y la empresa Air Europa Líneas Aéreas, SAU, firmado el año 2009 y vigente actualmente.
Este ciclo incluye los contenidos que permiten formar a los titulados para que adquieran la competencia para hacer el mantenimiento preventivo y correctivo de las aeronaves, los sistemas, los equipos y los componentes en el área mecánica, y abarca la actividad en el hangar, línea y taller en las condiciones de calidad y seguridad establecidas, bajo la supervisión de los ingenieros e ingenieros técnicos.
A pesar de eso, para el ejercicio profesional los alumnos necesitan conseguir, además, el certificado de formación oficial que pide la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). En concreto, AESA pide que los técnicos certificadores de mantenimiento de mecánica en aviones de turbina acrediten haber cursado 2.422 horas de formación de acuerdo con el manual de procedimientos que la misma AESA haya aprobado a la organización de formación correspondiente, la cual puede impartir, examinar y otorgar los certificados de formación (EASA 147 GTB1.1).
En las Illes Balears, Air Europa Líneas Aéreas, SAU es una organización de formación con manual de procedimientos aprobado por AESA, por lo cual si la formación se imparte de acuerdo con el convenio de colaboración mencionado se garantiza que los alumnos reciban la formación prevista en el ciclo formativo y la que requiere la European Aviation Safety Agency (EASA).
Del total de horas que pide AESA, el alumnado del ciclo formativo no tiene que cursar 180 (80 de matemáticas y 100 de física), porque se entiende que están incluidas en la formación que se exige para acceder a las enseñanzas; pero tienen que cursar algunas horas adicionales en las 2.000 que prevé el Real Decreto 625/1995, de 21 de abril, que establece el título de Técnico superior en Mantenimiento Aeromecánico porque deben añadir determinados contenidos sobre fundamentos de electricidad y fundamentos de electrónica, así como ampliar el periodo de prácticas formativas, a fin de que los alumnos que superen el ciclo formativo de Mantenimiento Aeromecánico puedan ejercer como técnicos certificadores de mantenimiento de mecánica en aviones de turbina. También, como toda la documentación técnica es en inglés, conviene procurar un refuerzo de inglés al alumnado.
Con el fin de impartir todos estos contenidos se tienen que ampliar las horas lectivas anuales respecto de las que prevé el Real Decreto 625/1995, lo cual requiere que se deba organizar una distribución temporal de los contenidos que abarque un periodo más amplio que el previsto en el calendario escolar general para el resto de ciclos formativos de formación profesional.
A fin de que el ciclo formativo incluya todos los contenidos y las horas de duración que permitan el ejercicio profesional de las personas tituladas es necesario establecer una correspondencia entre los contenidos de las unidades formativas que están en el manual de procedimientos que AESA ha aprobado a Air Europa Líneas Aéreas, SAU y los módulos que forman parte del ciclo formativo de acuerdo con el Real Decreto que lo regula y, a la vez, distribuir las unidades formativas entre los dos cursos de duración del ciclo. De esta forma se puede determinar cuándo se tiene que impartir cada formación y en qué momento el módulo queda completamente impartido y es susceptible de ser calificado y certificado académicamente.
Asimismo, hay que declarar cuáles son y qué duración tienen que tener los contenidos formativos que, aunque no están incluidos en el Real Decreto 625/1995, de 21 de abril, son necesarios para obtener la acreditación que permite ejercer profesionalmente como técnicos certificadores de mantenimiento de mecánica en aviones de turbina.
De acuerdo con el artículo 21.1 del Decreto 91/2012, de 23 de noviembre, por el cual se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Illes Balears, el Consejero de Educación y Universidad puede establecer medidas para flexibilizar las condiciones en que se imparten los ciclos formativos y, también, posibilitar que un ciclo se pueda impartir mediante una organización temporal y horaria adecuada a las necesidades del mundo laboral.
Por todo ello, a petición del IES Son Pacs, de conformidad con el convenio de colaboración mencionado con anterioridad y a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Autorizar una organización temporal especial para el ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Mantenimiento Aeromecánico que se imparte mediante el convenio de colaboración entre la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno de las Illes Balears y la empresa Air Europa Líneas Aéreas, SAU. La organización temporal especial que se autoriza se especifica en el anexo de esta Resolución.
Segundo
Autorizar a la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado para que adopte las medidas necesarias para aplicar aquello que se dispone en esta Resolución.
Tercero
Ordenar que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Cuarto
Establecer que esta Resolución entre en vigor al inicio del curso escolar 2015-2016.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes contador desde el día siguiente del día en que se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 10 de febrero de 2016
El consejero
Martí X. March i Cerdà
ANEXO
Organización temporal especial
1. El ciclo formativo se puede impartir dentro del plazo comprendido entre el 10 de septiembre y el 30 de junio de cada curso escolar. Durante el mes de julio se pueden hacer las actividades de recuperación horaria de las unidades formativas que imparte Air Europa Líneas Aéreas, SAU que la Agencia Estatal de Seguridad Aérea exige que se cursen para poder obtener el certificado de formación como técnicos certificadores de mantenimiento de mecánica en aviones de turbina.
2. La distribución temporal de los módulos del ciclo formativo y la correspondencia de cada uno con las unidades formativas que forman parte del manual de procedimientos que AESA ha aprobado en Air Europa Líneas Aéreas, SAU es la que se indica en el cuadro que figura a continuación. Asimismo se indica a quién corresponde impartir cada una de las unidades formativas y la duración de cada una.
Para conseguir la certificación académica de cada módulo, el alumno o alumna tiene que conseguir una calificación positiva en todas y cada una de las unidades formativas que forman parte del mismo.
Nombre del módulo de acuerdo con el Real Decreto 625/1995 |
Unidades formativas incluidas (manual Air Europa Líneas Aéreas, SAU) |
Entidad que imparte la formación |
Duración unidad formativa |
Curso en que se tiene que impartir |
1. Motor de reacción, sus sistemas y la unidad de potencia auxiliar (APU) |
V1, V2, V3, V4, V5 |
AE |
207 |
1 |
2. Motor de pistón, hélice y sus sistemas |
H4 M J |
AE AE AE |
3 60 9 |
1 1 1 |
3. Sistemas de la aeronave I |
U21, U25, U26, U30, U35, U38, T1, T3, pU1a |
AE |
152 |
2 |
4. Sistemas de la aeronave II |
U27, U28, U29, U32, U36, X4, pU1b |
AE |
216 |
2 |
5.Sistemas eléctricos/electrónicos de las aeronaves |
Q1 Q1d pQ1 R5 R1, R4 R6 |
IES AE AE AE AE AE |
55 17 65 30 164 6 |
1 1 1 1 2 2 |
6. Materiales y estructuras de las aeronaves |
O1 O1d pO1 O3, O5 T2 O2, O4 pO2, pO4 |
IES AE AE AE AE IES AE |
30 6 24 50 33 36 38 |
1 1 1 1 1 2 2 |
7. Legislación y organización del mantenimiento |
L |
AE |
81 |
1 |
8. Hidráulica y neumática |
H2, H2d pH2 |
IES AE AE |
52 8 35 |
1 1 1 |
9. Técnicas electromecánicas básicas para el mantenimiento |
R2, R3 H1b,H1C1,H3 pH1b H1C2 |
AE AE AE AE |
40 77 14 4 |
1 1 1 2 |
10. Seguridad en el mantenimiento de aeronaves |
H1a pH1b |
AE AE |
6 7 |
1 1 |
11. Constitución y navegación de las aeronaves |
K1 K3 |
AE AE |
42 21 |
1 2 |
Relaciones en el entorno de trabajo |
P1R P |
IES AE |
30 42 |
2 2 |
Formación y orientación laboral |
P1RI |
IES |
35 |
2 |
Formación en centros de trabajo (FCT) |
Z |
IES |
450 |
2 |
3. Además de las unidades formativas mencionadas, por exigencia de AESA, los alumnos tienen que cursar durante el primer curso, de forma adicional a los contenidos que se incluyen en el ciclo formativo, las unidades formativas siguientes:
Estas dos unidades formativas las imparte durante el curso 2015-2016 Air Europa Líneas Aéreas, SAU, pero se autoriza que, en cursos próximos, las puedan impartir indistintamente esta entidad y el IES Son Pacs, de acuerdo con la disponibilidad de profesorado acreditado por AESA cada curso.
4. Asimismo, aunque AESA no lo exija, y con el fin de complementar la formación de los alumnos, estos tienen que cursar en el IES Son Pacs 100 horas de inglés técnico aeronáutico distribuidas de la manera siguiente: dos horas semanales durante todo el primer curso y una hora semanal en el segundo curso, la cual se tiene que impartir desde el inicio del curso hasta antes del inicio del periodo para realizar el módulo de FCT.