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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 2765
Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de día 21 de marzo de 2017 por la cual se regula el procedimiento selectivo de aplicadores-correctores para la evaluación de diagnóstico del curso 2016-2017 en los centres docentes no universitarios de las Illes Balears que imparten enseñanzas de segundo curso de educación secundaria obligatoria

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Texto

Hechos

1. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de día 16 de enero de 2017, que regula la realización de las evaluaciones de diagnóstico del curso 2016-2017 y su procedimiento de aplicación en los centres docentes no universitarios de las Illes Balears que imparten enseñanzas de educación secundaria obligatoria, especifica que esta evaluación tiene como objetivo aportar información en la evaluación de su sistema educativo y complementar la obtenida por los centros a partir de los procesos de evaluación interna.

2. En el marco de la evaluación de diagnóstico 2016-2017, se tiene que realizar una muestra de contraste o de referencia para los centros, para ofrecerles unos referentes que proporcionen una visión completa y contextualizada de los resultados obtenidos en la evaluación censal.

3. Con el fin de posibilitar la aplicación y la corrección estandarizadas de la muestra de contraste de acuerdo con las exigencias técnicas que requiere su realización, se debe disponer de profesorado con un grado de especialización que garantice la calidad del proceso. Parece procedente, por lo tanto, convocar un procedimiento selectivo entre el personal funcionario docente de los cuerpos que imparten docencia en la ESO y bachillerato, con un perfil profesional congruente con la naturaleza de las pruebas que, con la debida formación específica a cargo del Instituto de Evaluación y Calidad del Sistema Educativo (IAQSE), puedan proceder a la realización de las tareas de aplicación, de corrección y de entrada de datos en la aplicación informática de las pruebas de evaluación de diagnóstico correspondientes a la muestra de contraste establecida.

Fundamentos de derecho

Resolución del consejero de Educación y Universidad de 16 de enero de 2017 (BOIB de 26 de enero) por la cual se regula la realización de las evaluaciones de diagnóstico del curso 2016-2017 y su procedimiento de aplicación en los centros docentes no universitarios de las Illes Balears que imparten enseñanzas de segundo curso de educación secundaria obligatoria.

Así pues, para cerrar los procesos correspondientes a la aplicación de la evaluación muestral de diagnóstico en segundo curso de educación secundaria obligatoria dentro de los plazos previstos, a propuesta del director del IAQSE y en virtud de la facultad que me otorga el apartado cuarto de la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 16 de enero de 2017 reguladora de estas evaluaciones de diagnóstico, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Convocar, de acuerdo con las condiciones establecidas en el ANEXO I de esta Resolución, un procedimiento para seleccionar a los aplicadores-correctores externos necesarios que, de acuerdo con el ANEXO II, tienen que llevar a cabo la aplicación de la evaluación muestral de diagnóstico en segundo curso de educación secundaria obligatoria y la posterior corrección e introducción de datos en la aplicación informática GESAVA, correspondientes a alumnado de los 50 centros de la muestra que imparten este nivel. Estos centros serán seleccionados aleatoriamente y repartidos de la siguiente manera: 8 en Eivissa, 1 en Formentera, 35 en Mallorca y 6 en Menorca, entre públicos, concertados y privados.

2. Aprobar el modelo de solicitud que figura como ANEXO III de esta Resolución.

3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer potestativamente un recurso de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a partir del día siguiente de haberse publicado en el BOIB, de acuerdo con lo que disponen el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

  

Palma, 21 de marzo de 2017

El director general de Planificación, Ordenación y Centros

Antoni Morante Milla

 

ANEXO I

1.   Profesorado encargado de la aplicación, de la corrección y de la entrada de datos en la aplicación informática de las pruebas aplicadas a los alumnos de los centros de la muestra de contraste

1.1. Pueden participar en este  proceso selectivo los funcionarios docentes que imparten docencia en la etapa de educación secundaria obligatoria y batxillerato, que en el momento de la publicación de esta Resolución estén en activo en un centro docente de las Illes Balears y cumplan los siguientes requisitos:

a.   Pertenecer o estar adscrito a alguno de los cuerpos y a las  siguientes especialidades:

- Profesorado de los cuerpos de educación secundaria de alguna de las especialidades siguientes: inglés, castellano catalán y matemáticas.

- Maestros con la habilitación correspondiente de las especialidades anteriores.

b.   Estar destinado en la isla de referencia.

c.   No estar sometido a expediente disciplinario.

1.2. El número de aplicadores-correctores necesarios para realizar la evaluación muestral de diagnóstico en segundo curso de educación secundaria obligatoria, por isla y competencia evaluada, es el que se especifica en el Anexo II de esta convocatoria.

2.   Plazo de presentación de las solicitudes

Las solicitudes se tienen que presentar en un plazo máximo de diez días hábiles contadores a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB de esta Resolución.

3.   Tramitación de la documentación

Los aspirantes deberán remitir al IAQSE la solicitud correspondiente, de acuerdo con el modelo que figura en el Anexo III de esta convocatoria. No será necesario acreditar los datos profesionales que figuran en el portal de personal de la Consejería de Educación y Universidad.

Las solicitudes pueden presentarse en el registro de la Consejería de Educación y Universidad, en Correos, o en cualquiera de las dependencias que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común. En el supuesto que la solicitud se presente en una oficina de Correos, se llevará en un sobre abierto para que el funcionario pueda datarla y sellarla antes de certificarla. Para establecer el orden de entrada de las solicitudes que no se hayan presentado en la Consejería de Educación y Universidad, se consideraran presentadas a las 24:00 horas del día de entrega.

Una vez registrada la solicitud y antes de finalizar el plazo de presentación, se tendrá que enviar una copia por correo electrónico (aplicadorsiaqse@gmail.com) o por fax (971 176902) al IAQSE. En caso de no remitir esta copia, el aspirante no aparecerá en la lista provisional de seleccionados, sin perjuicio que pueda aparecer en el listado definitivo en caso de estimarse su reclamación.

4.   Proceso de selección de los aplicadores-correctores.

4.1. Criterios de selección

Entre los aspirantes que cumplan todos los requisitos, se seleccionará, por estricto orden de entrada en el registro, el número suficiente de plazas de aplicadores-correctores de cada isla. En cada isla se priorizará la asignación de centros a los aplicadores correctores, según el orden de llegada de las solicitudes y la proximidad al centro de destino.

4.2.  Suplencias

Los aspirantes no seleccionados permanecerán adscritos en una lista que permitirá a la Administración educativa, en el caso que no renuncien expresamente, cubrir las necesidades de aplicadores-correctores que puedan presentarse eventualmente en la aplicación de esta convocatoria.

4.3.   Resultados de la selección

El director general de Planificación, Ordenación y Centros, dictará una Resolución de aprobación del listado provisional de aspirantes seleccionados y excluidos, con indicación de la causa de exclusión. Dicha Resolución se publicará en la página web del IAQSE (http://iaqse.caib.es). Se dispondrá de dos días hábiles, desde el día siguiente de la publicación de la lista, para posibles reclamaciones, que deberán remitirse por correo electrónico al IAQSE (aplicadorsiaqse@gmail.com).

Una vez revisadas las reclamaciones, el director general de Planificación, Ordenación y Centros dictará la Resolución con la lista definitiva de aspirantes seleccionados. Esta Resolución se publicará en la página web del IAQSE antes del día 12 de abril de 2017.

5.   Compromisos adquiridos por los seleccionados

5.1. Aplicar las pruebas de competencia en comunicación lingüística (en inglés, castellano y catalán) y  de competencia matemática, así como corregirlas e introducir los datos de acuerdo con su especialidad. Los días de aplicación de las pruebas, los funcionarios docentes seleccionados deberán desplazarse con sus medios al centro o centros para realizar la aplicación. Los trabajos derivados de la corrección y de la introducción de los datos de las pruebas en la aplicación informática, que se habilitará a tal efecto, deberán realizarse fuera del horario laboral.

5.2. Participar en la formación específica que se les impartirá, y seguir las pautas derivadas de las instrucciones de aplicación del proceso y de la corrección de las pruebas que facilite el IAQSE.

5.3.  Una vez iniciado el proceso de evaluación, no se podrá renunciar.

5.4.  Realizar los trabajos asignados por el IAQSE con relación a la aplicación y la corrección de las pruebas y la introducción de los datos de los resultados en la base de datos que se indique.

5.5.  Cumplir con exactitud el calendario y los horarios del proceso de evaluación muestral de diagnóstico.

5.6.   Desplazarse por sus medios a la reunión formativa previa a la aplicación, al centro o centros los días de la aplicación de las pruebas y los lugares designados para dejar y recoger las hojas de respuesta del alumnado para poder proceder a la corrección, de acuerdo con la distribución operativa que haya realizado el IAQSE.

5.7.   Aplicar las pruebas de lengua inglesa, lengua castellana, lengua catalana y matemáticas en el centro educativo asignado.

5.8.  Mantener la confidencialidad sobre las pruebas y los resultados. En este sentido deberán firmar un documento de compromiso de confidencialidad. Por lo que se refiere al traslado de la documentación (pruebas realizadas y listas) y a los datos personales del alumnado, los aplicadores-correctores tienen que ajustarse a lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

6. Compensación económica

Los seleccionados percibirán, en los términos que establece la legislación vigente, una compensación económica en concepto de gratificación por la prestación de servicios extraordinarios efectivos fuera del horario o jornada habitual de trabajo. Esta compensación se hará en concepto de corrección de las pruebas y, debido a la particular naturaleza de éstas y los trabajos derivados de su corrección, etapa y nivel educativo, será de dos euros (2 €) por prueba corregida.

7. Falta de solicitudes

En el caso de no cubrirse las plazas para hacer la aplicación-corrección de las pruebas, el IAQSE puede designar a los funcionarios docentes correspondientes, siempre que cumplan con los requisitos del punto 1.1 del Anexo I de esta convocatoria, para llevar a cabo las tareas de aplicador-corrector de la evaluación muestral de diagnóstico de segundo curso de educación secundaria obligatoria 2016-2017.

 

 

ANEXO II

Número de aplicadores-correctores de las pruebas de evaluación de diagnóstico en la muestra de contraste

Mallorca (35 centros)

18 profesores1

-     4 o 5 aplicadores-correctores en competencia comunicativa en inglés.

-     4 o 5 aplicadores-correctores en competencia comunicativa en castellano.

-     4 o 5 aplicadores-correctores en competencia comunicativa en catalán.

-     4 o 5 aplicadores-correctores en competencia matemática.

Menorca (6 centros)

4 profesores

-     1 aplicador-corrector en competencia comunicativa en anglés.

-     1 aplicador-corrector en competencia comunicativa en castellano.

-     1 aplicador-corrector en competencia comunicativa en catalán.

-     1 aplicador-corrector en competencia matemática.

Eivissa (8 centros)

4 profesores

-          1 aplicador-corrector en competencia comunicativa en inglés.

-          1 aplicador-corrector en competencia comunicativa en castellano.

-          1 aplicador-corrector en competencia comunicativa en catalán.

-          1 aplicador-corrector en competencia matemática.

Formentera (1 centro)

1 profesor

-          1 aplicador-corrector de cualquier competencia evaluada.

Todos los profesores seleccionados como aplicadores-correctores corregirán un mínimo de pruebas de su especialidad, independientemente de la isla donde se ubique el centro de aplicación.

1 La especialidad del profesor seleccionado como aplicador-corrector en la isla de Formentera determinará el número definitivo (4 o 5) de aplicadores-correctores en la isla de Mallorca en cada competencia.

 

ANEXO III

Solicitud para participar en el procedimiento selectivo de aplicadores-correctores de la prueba muestral de la evaluación de diagnóstico del curso 2016-2017 de 2º de ESO, convocada por Resolución del consejero de Educación y Universidad de 16 de enero de 2017 (BOIB de 26 de enero).  

DATOS DEL SOLICITANTE / DE LA SOLICITANTE

Nombre y Apellidos

NIF

NRP

Dirección

Localidad

Código postal

Teléfono de contacto

Correo electrónico

Situación administrativa

Cargo

Cuerpo

Especialidad/Habilitación

Centro de destino

Localidad del centro de destino

CP del centro de destino

Teléfono del centro de destino

Observaciones:

Fecha:

Firma

Instituto de Evaluación y Calidad del Sistema Educativo (IAQSE)