Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 2754
Resolución del Vicepresidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de traslado de créditos previstos en la Resolución del Presidente del FOGAIBA de 13 de noviembre de 2015, por la que se convocan subvenciones para las inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima, correspondientes al año 2015 a 2019
En fecha 17 de noviembre de 2015, se publicó en el BOIB Núm. 169 la convocatoria de subvenciones para las inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima, correspondientes al año 2015 a 2019. Esta Resolución prevé un total de nueve convocatorias y se realizan dos convocatorias para cada ejercicio, excepto para el primero, en 2015, en el que se realiza una única convocatoria.
El apartado segundo de esta Resolución establece el crédito destinado a la primera convocatoria, mientras que el resto de convocatorias quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.
También establece que si, una vez se ha finalizado cualquiera de los períodos, no se ha agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de estos, la cantidad no aplicada debe trasladarse al siguiente periodo mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, es decir, del vicepresidente del FOGAIBA, que debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Por Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 22 de julio de 2016, publicada en el BOIB nº 95, de 28 de julio, se modificaron los créditos y el cofinanciamiento, entre otros, de esta convocatoria y se destinaron para la convocatoria de 2015 un total de 6.778.048,79 euros.
Una vez resuelta la primera convocatoria, se determina que existe un crédito sobrante de un importe total de 3.740.363,03 euros, según el informe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural, de fecha 24 de febrero de 2017.
Por todo esto, a propuesta del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural y en virtud de las competencias que me han sido otorgadas, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
PRIMERO.- Trasladar a la segunda convocatoria de subvenciones prevista en la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 13 de noviembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015-2019, subvenciones para las inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima, los créditos restantes una vez resuelta la primera convocatoria.
SEGUNDO.- El importe destinado a la segunda convocatoria es de tres millones setecientos cuarenta mil trescientos sesenta y tres euros con tres céntimos (3.740.363,03 €), de acuerdo con la siguiente distribución anual:
Año 2017 |
1.161.999,39 € |
Año 2018 |
1.161.999,39 € |
Año 2019 |
1.161.999,44 € |
Año 2020 |
254.364,81€ |
total |
3.740.363,03 € |
TERCERO. Las subvenciones mencionadas serán cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un 41,00%, por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) en un 4,10% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB) en un 54,90%.
CUARTO. Esta Resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 13 de marzo de 2017
El vicepresidente del FOGAIBA
Mateu Ginard i Sampol