Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 2621
Aprobación Plan Estrategico de Subvencions del Ayuntamiento de Alcudia y el Patronato Municipal de Deportes de Alcudia
En la reunión realizada el 15 de Febrero de 2017, el Ayuntamiento Pleno aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento y del Patronato Municipal de Deportes de Alcudia, con los textos siguientes:
PLAN ESTRATEGICO DE SUBVENCIONES 2017
PREAMBULO
El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, tiene carácter básico, por lo que todos los Ayuntamientos que pretendan otorgar subvenciones deben aprobar su Plan Estratégico de Subvenciones correspondiente.
Hay que tener en cuenta la disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que establece que los planes y los programas relativos a políticas públicas sectoriales que estén previstos en normas legales o reglamentarias tienen la consideración de planes estratégicos de subvenciones siempre que recojan el contenido previsto en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición final tercera de la Ley, el Gobierno ha aprobado el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y en el plazo de seis meses a partir de su entrada en vigor del mismo (25 de octubre de 2006), los planes estratégicos de subvenciones o de los planes y programas sectoriales vigentes se adaptarán a lo establecido en el mismo.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la transparencia que, junto con la gran variedad de instrumentos que se articulan en la Ley, afecta de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto pública subvencional.
En este aspecto, una mayor información sobre las subvenciones hará posible eliminar las distorsiones e interferencias que puedan afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las diferentes Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento.
Para mejorar la eficacia, en la Legislación se prevé que se proceda a elaborar un Plan Estratégico de Subvenciones - instrumento de organización de las políticas públicas que tiene como finalidad el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública - con carácter previo al nacimiento de las subvenciones.
Por ello, este Ayuntamiento aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del articulado que figura a continuación:
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 1.
El establecimiento de subvenciones por parte de este Ayuntamiento durante el periodo de 2017 se ajustará a lo previsto en este Plan.
Artículo 2.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada año y la aprobación de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión.
Artículo 3.
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a estos objetivos.
Artículo 4.
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derechos en favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS Y MATERIAS en que se establece SUBVENCIONES
Artículo 5.
El Ayuntamiento concederá subvenciones a favor de personas o entidades privadas con el fin de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.
Artículo 6.
El Ayuntamiento establece para el año 2017 los siguientes objetivos estratégicos:
1.- Fomento de la cultura: Música, cultura popular, mantenimiento y conservación del patrimonio marítimo y cultural del municipio, fomento de la lengua catalana.
2.- Mejorar la calidad educativa.
3.- Ayudar a las familias para cubrir los gastos de material escolar y libros de texto.
4.- Fomento del deporte: Prácticas deportivas, asociacionismo deportivo.
5.- Acción social: Apoyo económico a personas necesitadas, a familias con menores en situación de riesgo, asociacionismo y participación ciudadana.
6.- Fomento del turismo: Programa TUO, inserción en el mundo laboral de la juventud universitaria y fomento de la calidad turística de las empresas del municipio de Alcúdia.
7.- Rehabilitación fachadas: Rehabilitación de fachadas en el ámbito del conjunto histórico e inmuebles incluidos en el catálogo municipal de la Ciudad de Alcúdia.
8.- Fomento del comercio: Incentivar el desarrollo económico local a través de los pequeños comercios.
9.- Recuperación de la memoria democrática: Sufragar los gastos derivados de la identificación de las víctimas del municipio de Alcúdia en la Fosa de Porreres desaparecidas durante la Guerra Civil y el franquismo.
El anexo I recoge de forma detallada las distintas líneas de actuación de los objetivos estratégicos.
CAPÍTULO III. CONTROL Y EVALUACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO
Artículo 7.
El concejal de cada área gestora efectuará el control del cumplimiento de este Plan durante su período de vigencia.
Una vez al año como mínimo, el concejal de cada área gestora debe presentar ante el Pleno una actualización de los planos en una Memoria en la que se contemple, al menos, el grado de cumplimiento del Plan, la eficacia y la eficiencia del otorgamiento de subvenciones en consecución de los objetivos y los efectos pretendidos y conclusiones, con propuesta de sugerencias para la elaboración del siguiente Plan Estratégico de subvenciones.
ANEXO I AYUNTAMIENTO PLAN ESTRATÈGICO DE SUBVENCIONES AÑO 2017
(Artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones)
1.- Objetivo estratégico: FOMENTO DE LA CULTURA
2.- .- Objetivo estratégico: MEJORAR LA CALIDAD EDUCATIVA
3.- Objetivo estratégico: AYUDAR A LAS FAMILIAS PARA CUBRIR LOS GASTOS DE MATERIAL ESCOLAR Y LIBROS DE TEXTO.
4.- Objetivo estratégico: FOMENTO DEL DEPORTE
5.- .- Objetivo estratégico: ACCIÓN SOCIAL
6.- .- Objetivo estratégico: FOMENTO DEL TURISMO
7.- Objetivo estratégico: REHABILITACIÓN FACHADAS
8.- .- Objetivo estratégico: FOMENTO DEL COMERCIO
9.- Objetivo estratégico: RECUPERACIÓN DE LA MEMÒRIA DEMOCRÀTICA
PARTIDA |
AREA |
BENEFICIARIO |
OBJETIVO |
FINALIDAD |
OBJETO |
IMPORTE |
FUENTE |
MODALIDAD |
|||||
CU |
334 |
489001 |
CULTURA |
Apimas i Centros |
1 |
Ley 7/1985, de 2 de Abril , Reguladora de Bases de Régimen Local. Texto modificado 30 de Diciembre de 2013. Articulo 25 m) |
FOMENTO DEL TEATRO ESCOLAR El objeto de esta convocatoria es la regulación de las subvenciones para el Fomento del Teatro escolar en función de los siguientes objetivos: * Fomentar el teatro escolar a través de talleres y cursos como disciplina con un alto valor educativo y cultural.
* Captar nuevos públicos de teatro. * Apoyar las APIMAS y centros escolares para que puedan ofrecer teatro escolar dentro de la programación de actividades extraescolares así como dentro del horario escolar. |
5.400,00 € |
1 |
Concurrencia competitiva |
|||
CU |
334 |
489005 |
CULTURA |
Associació cultural Geganters d'Alcúdia |
1 |
Ley 7/1985, de 2 de Abril , Reguladora de Bases de Régimen Local. Texto modificado 30 de Diciembre de 2013. Articulo 25 m) |
El objeto del Convenio es establecer el régimen regulador de los derechos y obligaciones derivados de la concesión de la subvención nominativa a favor de la COLLA DE GEGANTERS DE ALCUDIA, para fomentar la cultura popular: baile, música, fiestas, lengua .. . |
1.352,00 € |
1 |
Nominativas |
|||
CU |
334 |
489008 |
CULTURA |
Associación cultural Sarau Alcudienc |
1 |
Ley 7/1985, de 2 de Abril , Reguladora de Bases de Régimen Local. Texto modificado 30 de Diciembre de 2013. Articulo 25 m) |
El objeto del Convenio, es establecer el régimen regulador de los derechos y obligaciones derivados de la concesión de la subvención nominativa a favor de la Asociación Cultural Sarau Alcudienc, para fomentar la cultura popular de Alcudia: baile, música, fiestas, lengua, intercambios |
2.975,00 € |
1 |
Nominativas |
|||
CU |
334 |
489009 |
CULTURA |
Confraria de Sant Pere |
1 |
Ley 7/1985, de 2 de Abril , Reguladora de Bases de Régimen Local. Texto modificado 30 de Diciembre de 2013. Articulo 25 m) |
El objeto del Convenio es establecer el régimen regulador de los derechos y obligaciones, derivados de la concesión de la subvención nominativa a favor de la CONFRARIA DE SANT PERE, para que se puedan llevar a cabo los tradicionales actos y procesiones de Semana. |
1.352,00 € |
1 |
Nominativas |
|||
CU |
334 |
489010 |
CULTURA |
Confraria del Sant Crist |
1 |
Ley 7/1985, de 2 de Abril , Reguladora de Bases de Régimen Local. Texto modificado 30 de Diciembre de 2013. Articulo 25 m) |
El objeto del Convenio es establecer el régimen regulador de los derechos y obligaciones derivadas de la concesión de la subvención nominativa a favor de la CONFRARIA DEL SANT CRIST D'ALCÚDIA, para que puedan llevar a término los tradicionales actos y procesiones de Semana Santa. |
1.352,00 € |
1 |
Nominativas |
|||
CU |
334 |
489011 |
CULTURA |
Confraria Nostra Sra de la Llum |
1 |
Ley 7/1985, de 2 de Abril , Reguladora de Bases de Régimen Local. Texto modificado 30 de Diciembre de 2013. Articulo 25 m) |
El objeto del Convenio es establecer el régimen regulador de los derechos y obligaciones derivadas de la concesión de la subvención nominativa a favor de la CONFRARIA NOSTRA SENYORA DE LA LLUM, para que puedan llevar a cabo los tradicionales actos y procesiones de Semana Santa. |
1.352,00 € |
1 |
Nominativas |
|||
CU |
334 |
489013 |
CULTURA |
Associació cultural Amics de n'Agustina |
1 |
Ley 7/1985, de 2 de Abril , Reguladora de Bases de Régimen Local. Texto modificado 30 de Diciembre de 2013. Articulo 25 m) |
El objeto del Convenio es establecer el régimen regulador de los derechos y obligaciones derivadas de la concesión de la subvención nominativa a favor de la Associació Cultural AMICS DE N'AGUSTINA, para fomentar la conservación del patrimonio marítimo y cultural de Alcudia. |
1.352,00 € |
1 |
Nominativas |
|||
EN |
326 |
489000 |
EDUCACIÓN |
CENTROS ESCOLARES |
2 |
Decreto Ley 2/2014, del 21 de Noviembre, de medidas urgentes para aplicar a les Illes Balears la Ley 27/2013, de 27 de Diciembre de racionalización y sostenibilidad de la Administración local. Art. 3. punt 4 |
FOMENTO DE PROGRAMAS EDUCATIVOS El objeto de esta convocatoria es la regulación de las subvenciones para el Fomento de Programas Educativos que tengan como finalidad: * Programas educativos en general (medio ambiente, de apoyo, de convivencia, intercambios, fomento de las tradiciones ...) * Programas destinados a favorecer el deporte escolar (natación escolar en horario lectivo, bautizos náuticos ...) * Dotación de recursos de aula (biblioteca, ludoteca, material de música, material de plástica, etc ...) * Mejora de las instalaciones del centro educativo (inversión) * Proyectos de innovación educativa (juegos de patio, rincones, centros de interés, etc ...) * Programas de reutilización de libros de texto. * Equipamiento y adquisición de material informático y audiovisual: nuevas tecnologías. * Material didáctico en general. |
43.800,00 € |
1 |
Concurrencia competitiva |
|||
EN |
326 |
481001 |
EDUCACIÓN |
Familias de escolares |
3 |
Decreto Ley 2/2014, de 21 de Noviembre, de medidas urgentes para aplicar las Islas Baleares la ley 27/2013, de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la administración local. Art. 3. punto 4 |
BECAS LIBROS DE TEXTO El objeto de esta convocatoria es la concesión, por parte del Ayuntamiento de Alcúdia, de becas para la adquisición de libros de texto y excepcionalmente material escolar lectivo, para el curso 2017-2018, a las familias del municipio de Alcudia con hijos hasta 18 años que cursan enseñanza obligatoria, es decir, Educación Primaria y Educación Secundaria. |
15.000,00 € |
1 |
Concurrencia competitiva |
|||
FE |
338 |
481004 |
FIESTAS |
Personas interesadas en participar en los concursos que organiza el Área de Fiestas con motivo del Carnaval, Fiestas Patronales ...) |
1 |
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local. Texto modificado 30 de diciembre de 2013. Artículo 25 m) |
El objeto de esta convocatoria es la regulación de los premios para los diferentes concursos que organiza el área de Fiestas del Ayuntamiento de Alcúdia, con motivo del Carnaval y Fiestas Patronales. |
4.000,00 € |
1 |
Concurrencia competitiva |
|||
BS |
231 |
480000 |
BIENESTAR SOCIAL |
PERSONAS CON CARENCIAS ECONÓMICAS
|
5 |
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local. Texto modificado 30 de diciembre de 2013. Artículo 25 e). Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares |
Ayudas municipales destinadas a la atención de necesidades sociales .. Entendiendo -las como un conjunto de ayudas y prestaciones económicas de carácter no periódico destinadas a paliar o resolver, por sí mismas o en conjunto con otros recursos, situaciones de emergencia social ya favorecer la plena integración de las personas |
15.000,00 € |
1 |
Informe previo de los Servicios Sociales municipales |
|||
BS |
231 |
480009 |
BIENESTAR SOCIAL |
FAMILIAS CON MENORES EN RIESGO |
5 |
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local. Texto modificado 30 de diciembre de 2013. Artículo 25 e). Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares |
ayudas económicas destinadas a familias con menores en riesgo, con el objetivo de paliar o prevenir situaciones de emergencia social derivadas de la falta de recursos económicos para atender las situaciones de cobertura de necesidades |
40.000,00 € |
1 |
Informe previo de los Servicios sociales municipales |
|||
BS |
231 |
480010 |
BIENESTAR SOCIAL |
PERSONAS MAYORES Y CON DISCAPACIDAD |
5 |
Herencia Sra. Gilbert Antoinette Garrouste. 50% destinado a personas mayores sin recursos. 25% menores con deficiencias y minusvalías. 25% personas discapacitadas. ayudas municipales destinadas a la atención de necesidades sociales .. Entendiendo -las como un conjunto de ayudas y prestaciones económicas de carácter no periódico destinadas a paliar o resolver, por sí mismas o en conjunto con otros recursos, situaciones de emergencia social ya favorecer la plena integración de las personas |
ayudas económicas destinadas a personas en situación de exclusión social y personas adultas y menores en discapacitados y en situación de pobreza |
10.000,00 € |
1 |
informe previo de los Servicios Sociales municipales |
|||
BS |
231 |
480004 |
BIENESTAR SOCIAL |
PROJECTE HOME |
5 |
Decreto ley 2/2014, de 21 de noviembre, de medidas urgentes para aplicar las Islas Baleares la ley 27/2013, de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la administración local. Art. 3. punto 4 |
el objeto del convenio es establecer el régimen regulador de los derechos y deberes derivados de la concesión de la ayuda otorgada a la entidad fundación hombre Libre- Proyecto Hombre Baleares, para los usuarios atendidos de Alcudia de cualquiera de los programas que ofrece la entidad |
3.100,00 € |
1 |
Nominativas |
|||
BS |
231 |
480007 |
BIENESTAR SOCIAL |
FONDO MALLORQUÍN DE SOLIDARIDAD |
5 |
Decreto ley 2/2014, de 21 de noviembre, de medidas urgentes para aplicar las Islas Baleares la ley 27/2013, de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la administración local. Art. 3. punto 4 |
el objeto del convenio es establecer las condiciones de la concesión de la subvención a la Asociación Fondo Mallorquín de Solidaridad y Cooperación, para contribuir a los fines del la asociación de la que el Ayuntamiento es socio |
10.000,00 € |
1 |
Nominatives |
|||
BS |
231 |
480002 |
BIENESTAR SOCIAL |
Associació Tercera Edat d'Alcúdia |
5 |
Decreto ley 2/2014, de 21 de noviembre, de medidas urgentes para aplicar las Islas Baleares la ley 27/2013, de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la administración local. Art. 3. punto 4 |
Aportación a la Asociación de la Tercera Edad de Alcudia para la elaboración, gestión y desarrollo de proyectos y actividades dirigidas a la tercera edad |
5.472,00 € |
1 |
Nominativas |
|||
BS |
231 |
480003 |
BIENESTAR SOCIAL |
Associació Tercera Edat del Port d'Alcúdia |
5 |
Decreto ley 2/2014, de 21 de noviembre, de medidas urgentes para aplicar las Islas Baleares la ley 27/2013, de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la administración local. Art. 3. punto 4 |
Aportación a la Asociación de la Tercera Edad del Puerto de Alcudia para la elaboración, gestión y desarrollo de proyectos y actividades dirigidas a la tercera edad |
4.100,00 € |
1 |
Nominativas |
|||
BS |
231 |
480013 |
BIENESTAR SOCIAL |
ASPANOB |
5 |
Decreto ley 2/2014, de 21 de noviembre, de medidas urgentes para aplicar las Islas Baleares la ley 27/2013, de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la administración local. Art. 3. punto 4. Mejora de la calidad de vida de los niños y niñas enfermos de cáncer y apoyo a sus familias
|
el objeto del convenio es establecer el régimen regulador de los derechos y deberes derivados de la concesión de la ayuda otorgada a la entidad ASPANOB, con el programa de Atención Integral |
1.200,00 € |
1 |
Nominativas |
|||
BS |
231 |
480015 |
BIENESTAR SOCIAL |
ABDEM |
5 |
Decreto ley 2/2014, de 21 de noviembre, de medidas urgentes para aplicar las Islas Baleares la ley 27/2013, de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la administración local. Art. 3. punto 4. Sensibilización y mejora calidad de vida de los enfermos de esclerosis múltiple
|
el objeto del convenio es establecer el régimen regulador de los derechos y deberes derivados de la concesión de la ayuda otorgada a la entidad ABDEM con la campaña Mójate por la esclerosis múltiple, mediante merchandasing |
1.200,00 € |
1 |
Nominativas |
|||
BS |
231 |
480012 |
BIENESTAR SOCIAL |
FUNDACIÓ ES GARROVER |
5 |
Decreto ley 2/2014, de 21 de noviembre, de medidas urgentes para aplicar las Islas Baleares la ley 27/2013, de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la administración local. Art. 3. punto 4. Inserción Sociolaboral de personas con enfermedad mental |
el objeto del convenio es establecer el régimen regulador de los derechos y deberes derivados de la concesión de la ayuda otorgada a la entidad fundación Es Garrover, con el proyecto "Inserción laboral de personas con discapacidad por enfermedad mental del municipio de Alcúdia. |
3.000,00 € |
1 |
Nominativas |
|||
BS |
231 |
480014 |
BIENESTAR SOCIAL |
FUNDACIÓ DEIXALLES |
5 |
Decreto ley 2/2014, de 21 de noviembre, de medidas urgentes para aplicar las Islas Baleares la ley 27/2013, de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la administración local. Art. 3. punto 4. Inserción Sociolaboral de personas con riesgo de exclusión social |
el objeto del convenio es establecer el régimen regulador de los derechos y deberes derivados de la concesión de la ayuda otorgada a la entidad Fundación Desechos, con el programa Procesos de capacitación sociolaboral de los usuarios de Alcudia. |
1.200,00 € |
1 |
Nominativas |
|||
BS |
231 |
480011 |
BIENESTAR SOCIAL |
LA SONRISA MÉDICA |
5 |
Decreto ley 2/2014, de 21 de noviembre, de medidas urgentes para aplicar las Islas Baleares la ley 27/2013, de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la administración local. Art. 3. punto 4. Actuaciones de Payasos de Hospital en el Hospital Comarcal de Inca |
el objeto del convenio es establecer el régimen regulador de los derechos y deberes derivados de la concesión de la ayuda otorgada a la entidad fundación La Sonrisa Médica, con el proyecto "Programa de Actuaciones de Payasos de hospital en el Hospital comarcal de Inca " |
1.200,00 € |
1 |
Nominativas |
|||
BS |
231 |
48016 |
BIENESTAR SOCIAL |
PRODIS |
5 |
el objeto del convenio es establecer el régimen regulador de los derechos y deberes derivados de la concesión de la ayuda otorgada a la entidad fundación La Sonrisa Médica, con el proyecto "Programa de Actuaciones de Payasos de hospital en el Hospital comarcal de Inca " |
el objeto del convenio es establecer el régimen regulador de los derechos y deberes derivados de la concesión de la ayuda otorgada a la entidad fundación La Sonrisa Médica, con el proyecto "Programa de Actuaciones de Payasos de hospital en el Hospital comarcal de Inca " |
1.200,00 € |
1 |
Nominativas |
|||
AG |
912 |
480006 |
ORGANOS DE GOBIERNO |
IDENTIFICACIÓN ALCUDIENSES FOSA DE PORRERES |
9 |
Ley 10/2016, de 13 de junio, para la recuperación de personas desaparecidas durante la guerra civil y el franquismo
|
Sufragar los gastos derivados de la identificación de las víctimas del municipio de Alcúdia en la Fosa de Porreres desaparecidas durante la Guerra Civil y el franquismo. |
3.000,00 € |
1 |
concurrencia competitiva/nominativas |
|||
FI |
4312 |
479002 |
COMERCIO |
COMERCIOS |
8 |
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local. Texto modificado 30 de diciembre de 2013. Artículo 25 e). Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares. Artículo 29.2.t) |
El objeto de esta convocatoria es la regulación de los premios para los diferentes concursos que organiza el área de Comercio del Ayuntamiento de Alcúdia para dinamizar y fomentar el comercio en nuestra localidad. |
2.000,00 € |
1 |
concurrencia competitiva |
|||
TU |
432 |
479000 |
TURISMO |
SICTEC |
6 |
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local. Texto modificado 30 de diciembre de 2013. Artículo 25 h)
|
Implantar o mantener la implantación del Sistema Integral de Calidad Turística por empresas del municipio de Alcúdia. ¿Qué es el Sistema Integral de Calidad Turística? Es un proyecto de mejora de la calidad de los destinos turísticos promovidas por TURESPAÑA y por la FEMP, que trabajan con empresas y servicios turísticos de hasta 32 oficios diferentes, con el objetivo de mejorar la experiencia y satisfacción del y de la turista . Los principales objetivos de la convocatoria son: - Mejorar la competitividad de las empresas de Alcudia a la vez que se mejora el destino. - Mejorar la gestión interna, especialmente en los procesos relacionados con la satisfacción de la clientela. - Participar en el mayor proyecto de calidad turística desarrollado en España, junto con más de 5.000 empresas distinguidas. - Recibir asistencia técnica que ofrece apoyo para la mejora. - Optar a un distintivo de calidad turística. |
2.000,00 € |
1 |
concurrencia competitiva |
|||
JO |
327 |
481002 |
JUVENTUD |
Estudiantes universitarios y de ciclos superiores de Alcúdia |
2 |
Decreto ley 2/2014, de 21 de noviembre, de medidas urgentes para aplicar las Islas Baleares la ley 27/2013, de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la administración local. Art. 3. punto 4 |
Convocatoria becas de formación práctica dirigidos a estudiantes de ciclos superiores -Practicum / TUOa- (Fomento estudios superiores). |
6.500,00 € |
1 |
concurrencia competitiva |
|||
JO |
327 |
481003 |
JUVENTUD |
Estudiantes universitarios y de ciclos superiores de Alcúdia |
2 |
Decreto ley 2/2014, de 21 de noviembre, de medidas urgentes para aplicar las Islas Baleares la ley 27/2013, de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la administración local. Art. 3. punto 4 |
Convocatoria de ayudas económicas dirigidas a estudiantes de ciclos superiores. (Fomento estudios superiores) |
23.500,00 € |
1 |
concurrencia competitiva |
|||
BS |
231 |
781003 |
BIENESTAR SOCIAL |
GESTORA PROJECTE HOME SON MORRO SL |
5 |
Decreto ley 2/2014, de 21 de noviembre, de medidas urgentes para aplicar las Islas Baleares la ley 27/2013, de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la administración local. Art. 3. punto 4 |
Convenio regulador de las condiciones para la contribución, en forma de ayuda económica, el equipamiento de la nueva sede del Proyecto Hombre en la gestora proyecto Hombre Son Morro |
6.700,00 € |
1 |
Nominativas |
|||
PA |
336 |
781000 |
PATRIMONIO |
Plan de fomento de rehabilitación fachadas
|
7 |
Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares. Artículo 29.2.e) |
Fomento de actuaciones de adecuación, mejora, rehabilitación o conservación de las fachadas de los inmuebles emplazados en el ámbito del Conjunto Histórico de la Ciudad de Alcudia, así como los incluidos en el Catálogo Municipal de esta; todo con el fin de garantizar la colaboración entre la administración pública y los particulares para la recuperación del Patrimonio Arquitectónico de Alcúdia. |
20.000,00 € |
1 |
concurrencia competitiva |
|||
|
|
|
|
|
|
|
|
238.307,00 € |
|
|
** FUENTES DE FINANCIACION:
1 Fondos propios
2 Otros: A determinar
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PATRONATO DE DEPORTES 2.017
PREÁMBULO
El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, tiene carácter básico, por lo que todos los Ayuntamientos que pretendan otorgar subvenciones deben aprobar su Plan Estratégico de Subvenciones correspondiente.
Hay que tener en cuenta la disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que establece que los planes y los programas relativos a políticas públicas sectoriales que estén previstos en normas legales o reglamentarias tienen la consideración de planes estratégicos de subvenciones siempre que recojan el contenido previsto en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición final tercera de la Ley, el Gobierno ha aprobado el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y en el plazo de seis meses a partir de su entrada en vigor del mismo (25 de octubre de 2006), los planes estratégicos de subvenciones o de los planes y programas sectoriales vigentes adaptarán a lo establecido en el mismo.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la transparencia que, junto con la gran variedad de instrumentos que se articulan en la Ley, afecta de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto pública subvencional.
En este aspecto, una mayor información sobre las subvenciones hará posible eliminar las distorsiones e interferencias que puedan afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las diferentes Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento.
Para mejorar la eficacia, en la Legislación se prevé que se proceda a elaborar un Plan Estratégico de Subvenciones - instrumento de organización de las políticas públicas que tiene como finalidad el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública - con carácter previo al nacimiento de las subvenciones.
Por ello, este Ayuntamiento aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del articulado figura a continuación.
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 1.
El establecimiento de subvenciones por parte de este Patronato durante el período de 2017 se ajustará a lo previsto en este Plan.
Artículo 2.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada año y la aprobación de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión.
Artículo 3.
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a estos objetivos.
Artículo 4.
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derechos en favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS Y MATERIAS en que se establece SUBVENCIONES
Artículo 5.
El Patronato concederá subvenciones a favor de personas o entidades privadas con el fin de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.
Artículo 6.
El Patronato Municipal de Deportes establece para el año 2017 los siguientes objetivos estratégicos:
4.- Fomento del deporte: Prácticas deportivas, asociacionismo deportivo.
El anexo II recoge de forma detallada las distintas líneas de actuación de los objetivos estratégicos.
CAPÍTULO III. CONTROL Y EVALUACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO
Artículo 7.
El Presidente del Patronato efectuará el control del cumplimiento de este Plan durante su período de vigencia.
Una vez al año como mínimo, el Presidente debe presentar ante la Junta Rectora una actualización de los planos en una Memoria en la que se contemple, al menos, el grado de cumplimiento del Plan, la eficacia y la eficiencia del otorgamiento de subvenciones en consecución de los objetivos y los efectos pretendidos y conclusiones, con propuesta de sugerencias para la elaboración del siguiente Plan Estratégico de subvenciones.
ANEXO II PATRONATO DE DEPORTES. PLAN ESTRATEGICO DE SUBVENCIONES AÑO 2017
(Artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones)
4.- Objetivo estratégico: FOMENTO DEL DEPORTE
PARTIDA |
AREA |
BENEFICIARIO |
OBJETIVO |
FINALIDAD |
OBJETO |
IMPORTE |
FUENTE |
MODALIDAD |
||
ES |
341 |
489002 |
DEPORTES |
IRONMAN |
4 |
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local. Texto modificado 30 de diciembre de 2013. Artículo 25 l). Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares |
Fomento del deporte: El objeto de esta convocatoria es incentivar y fomentar la participación en el Ironman 70.3 entre los ciudadanos de Alcudia para cumplir con los principios de promoción del deporte, junto con los de igualdad, mérito y capacidad. |
2.000,00 € |
1 |
participantes |
ES |
341 |
489000 |
DEPORTES |
ENTIDADES DEPORTIVAS |
4 |
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local. Texto modificado 30 de diciembre de 2013. Artículo 25 l). Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares |
Fomento del deporte: El objeto de esta convocatoria es incentivar y fomentar la participación en el Ironman 70.3 entre los ciudadanos de Alcúdia para cumplir con los principios de promoción del deporte, junto con los de igualdad, mérito y capacidad. |
52.000,00 € |
1 |
Entitats esportives (concurrència competitiva) |
ES |
341 |
489001 |
DEPORTES |
PREMIOS DEPORTISTAS DESTACADOS |
4 |
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local. Texto modificado 30 de diciembre de 2013. Artículo 25 l). Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares |
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local. Texto modificado 30 de diciembre de 2013. Artículo 25 l). Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares |
7.000,00 € |
1 |
Deportistas destacados naturales y empadronados en el municipio (concurrencia competitiva) |
|
|
|
|
|
|
|
|
61.000,00 |
|
|
** FUENTES DE FINANCIACIÓN:
1 Fondos propios
2 Otros: A determinar
Alcudia, 16 de febrero de 2017.
El alcalde,
Antoni Mir Llabrés.