Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
PUERTOS DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 2612
Acuerdo de delegación a favor del Vicepresidente para resolver el expediente disciplinario 2/20163-ED
El Consejo de Administración de Ports de les Illes Balears en fecha 03/03/2017 ha adoptado el acuerdo que literalmente se transcribe a continuación:
“1.- Delegar en el Vicepresidente de Puertos de las Illes Balears el ejercicio de la competencia para proceder a la resolución del citado expediente disciplinario número 2/2016-ED, así como para dictar cuantos actos sean fueran precisos e la tramitación de dicho expediente competencia del Consejo de Administración.
2.- En todas las Resoluciones que se dicten en virtud de la delegación establecida en este Acuerdo, deberá hacerse constar expresamente tal circunstancia, el órgano que delega y la publicación oficial de esta delegación, y se considerarán dictadas por el órgano delegante a todos los efectos.
3- La resolución de los recursos de reposición contra actos o resoluciones dictados en virtud de esta delegación de competencias serán resueltos, en todo caso, por el Consejo de Administración, quedando por tanto excluidos de la presente delegación.
4.- De todos los actos y resoluciones dictados en virtud de esta delegación, se dará cuenta al Consejo de Administración, a la sesión siguiente.
5.- La delegación de competencias a que se refiere el presente Acuerdo está sujeta al régimen jurídico previsto en el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma y el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
6.- Publicar el presente acuerdo en el BOIB.”
Palma, 8 de marzo de 2017
El Director General de Puertos Y Aeropuertos
Xavier Ramis Otazua