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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 2533
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears sobre el Examen y desestimación del recurso potestativo de reposición interpuesto por Red Eléctrica de España, SAU, contra la resolución del Presidente de la CMAIB de fecha 31 de marzo de 2016, sobre el proyecto de línea a 66 kV Bessons-Portocolom TM Manacor. (19818B/08).

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Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.3 de la Llei 21/2013, de 9 de diciembre de evaluación ambiental, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 23 de febrero de 2017,

"ACUERDA

Primero.- Desestimar el recurso potestativo de reposición interpuesto por el señor Juan José Prieto Maestro, en representación de Red Eléctrica de España, SAU, contra el acuerdo del Presidente de la CMAIB por delegación del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears, de 31 de marzo de 2016, que declara la caducidad del procedimiento de evaluación ambiental del proyecto de línea a 66 kV Bessons-Porto Colom, TM de Manacor, por imposibilidad material de continuarlo.

Segundo.- Declarar Red Eléctrica de España SAU desistida de su petición sobre el procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto de la línea a 66 kV Bessons-Porto Colom, TM de Manacor por falta de subsanación de deficiencias (presentación de documentos preceptivos) en el plazo concedido, de acuerdo con los artículos 25, 26 y 27 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, en concordancia con el artículo básico 71 de la Ley 30/1992.

Tercero.- Notificar el acuerdo a la interesada, adjuntando el informe del Servicio Jurídico de fecha 27 de enero de 2017, significándole que contra éste, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa."

 

Palma, 6 de marzo de 2017

El presidente de la CMAIB

Antoni Alorda Vilarrubias