Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
SINDICATURA DE CUENTAS
Núm. 2520
Resolución del Síndico Mayor de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears, de 7 de marzo de 2017, por la cual se publica el resultado de la fiscalización y las recomendaciones del Informe 112/2016 sobre los convenios de colaboración firmados entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears 2008/2014 en el marco de las llamadas inversiones estatutarias
Resolución del Síndico Mayor de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears, de 7 de marzo de 2017, por la cual se publica el resultado de la fiscalización y las recomendaciones del Informe 112/2016 sobre los convenios de colaboración firmados entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears 2008/2014 en el marco de las llamadas inversiones estatutarias
Hechos
Fundamentos de derecho
Por todo ello, en uso de las competencias atribuidas por dicha Ley 4/2004 y el Reglamento de régimen interior de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears,
Resuelve
Publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears los resultados de la fiscalización y las recomendaciones del Informe 112/2016 sobre los convenios de colaboración firmados entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears 2008/2014 en el marco de las llamadas inversiones estatutarias, que se adjunta como anexo I.
Palma, 7 de marzo de 2017
Síndico Mayor
Joan Rosselló Villalonga
ANEXO I
INFORME 112/2016 SOBRE LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN FIRMADOS ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARES 2008/2014 EN EL MARCO DE LAS LLAMADAS INVERSIONES ESTATUTARIAS
I. INTRODUCCIÓN
1. PRESENTACIÓN
De conformidad con lo que establecido en el artículo 82 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, la Sindicatura de Cuentas es el órgano al que corresponde la fiscalización externa de la actividad económica, financiera y contable del sector público de las Illes Balears.
La Ley 4/2004, de 2 de abril, de la SCIB, regula esta institución y, en su artículo 12, especifica que el resultado de la fiscalización se expondrá mediante informes o memorias que se elevarán al Parlamento y se publicarán en el Boletín Oficial de las Illes Balears, y hace referencia a su contenido fundamental.
En los programas de actuaciones de la SCIB para los ejercicios 2015 y 2016 se ha previsto la elaboración y la aprobación del Informe sobre los convenios de colaboración firmados entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears 2008-2014 en el marco de las llamadas inversiones estatutarias.
Se trata de un informe de carácter específico, relativo al examen y a la comprobación de una cuenta de rendición periódica obligatoria, cuyo ámbito temporal comprende un ejercicio completo, realizado por el Área de Auditoría de la Comunidad Autónoma.
Se trata de una fiscalización de carácter específico, referente a los convenios de colaboración firmados entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears durante los ejercicios 2009 y 2010 para financiar determinadas actuaciones inversoras, y se enmarca en el contenido de la función fiscalizadora de la SCIB establecida en el artículo 7 de la Ley 4/2004 y en el artículo 5.1.a del Reglamento de Régimen Interior de la SCIB.
Los estados que se incluyen en el texto del Informe son, salvo que se indique lo contrario, el resultado del análisis de la fiscalización, coincidentes o no con los datos aportados.
Además de las incidencias que se indican al final de cada apartado del Informe, contiene un apartado de conclusiones generales y uno de recomendaciones, que se reproducen en este Resumen. Se han adjuntado al Informe, en un tomo aparte, las alegaciones formuladas.
2. MARCO NORMATIVO
En el marco general de la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, la firma y la ejecución posterior de los convenios de colaboración firmados entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para financiar determinadas actuaciones llamadas inversiones estatutarias, están sometidas a las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, 2010 y 2011; en las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014; a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector público; a la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la CAIB; al Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de las Illes Balears; al Decreto 137/2007, de 9 de noviembre, de creación de la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estatutarias del Estado en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y al Decreto 103/2011, de 7 de octubre, de modificación del Decreto 137/2007, de 9 de noviembre, de creación de la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estatutarias de las Illes Balears.
3. OBJETIVOS
Los objetivos generales para fiscalizar los convenios de colaboración firmados entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears durante los ejercicios 2008, 2009 y 2010 son los siguientes: determinar el nivel de administración territorial responsable de la ejecución de las inversiones; la situación de cada proyecto de inversión y la comparación con el calendario previamente establecido para llevarlos a cabo, con un análisis completo y detallado de los ingresos recibidos y de los gastos realmente ejecutados; el análisis del riesgo relativo derivado de la posibilidad de reintegro al Estado de los fondos recibidos y no ejecutados, en virtud de las fechas límite fijadas en los convenios para realizar las inversiones, incluidas las posibles prórrogas, y, finalmente, los controles llevados a cabo desde la Comunidad Autónoma, tanto de las inversiones estatutarias ejecutadas por la misma Comunidad Autónoma como de las que corresponde ejecutar a otros niveles de administración territorial (consejos insulares, UIB o ayuntamientos).
4. ALCANCE Y LIMITACIONES
El ámbito de la fiscalización son los 22 convenios que financian las inversiones estatutarias, mediante el fondo finalista «31201. Inversiones estatutarias». En concreto, se trata de analizar los convenios de inversiones derivados de la disposición adicional novena del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, y verificar que la administración territorial de la cual depende la realización la ejecute correctamente. La fiscalización no incluye las inversiones ejecutadas por la Administración General del Estado (AGE) directamente, ni las subscritas a través de los convenios firmados entre la AGE y los consejos insulares directamente, para llevar a cabo inversiones en materia de carreteras y otras materias con competencias transferidas a los consejos insulares.
No es objeto de este Informe valorar si la cifra global de 2.800 miles de euros en el período 2008-2014 que figura en los convenios para dar cumplimiento a la disposición transitoria novena de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, que regula los fondos para recibir en el período transitorio del REB, es correcta o no.
La CAIB ha llevado a cabo, directamente o mediante sus entes instrumentales, la ejecución de 14 de los 22 convenios firmados con la AGE. Para ejecutar los 8 restantes, la Comunidad Autónoma ha formalizado 13 convenios de desarrollo con los diferentes consejos insulares, la UIB y el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación y el Embellecimiento de la Playa de Palma. La financiación inherente a estas inversiones se ha transferido a las otras administraciones territoriales a medida que se justificaba la ejecución de las actuaciones de inversión, motivo por el cual también se incluyen en el ámbito de actuaciones de este Informe.
Desde el punto de vista presupuestario, el Informe refleja la situación a 31 de diciembre de 2014, último ejercicio del que se dispone de datos contables. Sin embargo, se analiza de forma retrospectiva la vigencia de los convenios, desde el momento de su firma, de los ejercicios 2008, 2009 o 2010, según corresponda.
Por otro lado, el Informe se ha cerrado en el mes de mayo 2015. Si hasta esa fecha se han producido hechos significativos que afecten a la evolución y a la situación de los convenios, se ha considerado oportuno incluirlos en el Informe, de manera que la situación descrita sea un reflejo, lo más realista posible, de la situación de las inversiones en el momento de aprobar este Informe.
5. TRÁMITE DE ALEGACIONES
El resultado de las actuaciones practicadas se comunicó a la Presidenta de la Comunidad Autónoma, y también a la persona que ocupó este cargo durante una parte del período fiscalizado, para que se pudieran formular las alegaciones y presentar los documentos y los justificantes que consideraran oportunos, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 del Reglamento de Régimen Interior de la SCIB.
El día 12 de enero de 2016, se recibieron las alegaciones formuladas por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y forman parte de este Informe.
Las alegaciones han sido analizadas y evaluadas, y se ha suprimido o modificado el texto del Informe cuando la Sindicatura ha aceptado su contenido. Cuando no se ha alterado el Informe ni se ha emitido una opinión sobre el contenido de las alegaciones, es que éstas o son explicaciones que confirman las valoraciones y los hechos expuestos, o las afirmaciones o los criterios mantenidos en la alegación no se han justificado de forma adecuada, o se trata de supuestos en que se manifiesta la voluntad de corregir la deficiencia en el futuro.
II. CONSIDERACIONES GENERALES
1. ORIGEN Y ASPECTOS GENERALES DE LOS CONVENIOS
El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears establece en su artículo 3 que la insularidad, como hecho diferencial, merece especial protección y que corresponde a los poderes públicos garantizar la realización efectiva de todas las medidas necesarias para evitar que del hecho diferencial insular se puedan derivar desequilibrios económicos o de cualquier tipo que vulneren el principio de solidaridad entre las comunidades autónomas.
La disposición transitoria novena del Estatuto de Autonomía establece que, mientras las Cortes Generales, en aplicación de lo que previsto en la disposición adicional sexta, no aprueben la modificación de la Ley 30/1998, de 29 de julio, del Régimen Especial de las Illes Balears y, en todo caso, en un plazo no superior a siete años, la inversión del Estado en las Illes Balears debe establecerse en función de la inversión media per cápita realizada a las comunidades autónomas de régimen común, determinada según la normativa estatal.
Para llevar a cabo estas inversiones, el Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears debe proponer al Ministerio de Economía y Hacienda los convenios oportunos para ejecutar los programas y las acciones estatales correspondientes a las siguientes materias: R+D+I, transportes, puertos, medio ambiente, ferrocarriles, carreteras, obras hidráulicas, protección del litoral, costas y playas, parques naturales e infraestructuras turísticas.
En aplicación de la disposición transitoria novena ya mencionada, tal como figura en la parte expositiva de la mayoría de los convenios firmados, se ha acordado que la inversión para ejecutar en las Illes Balears a lo largo del período 2008-2014 no debe ser inferiores a 2.800 millones de euros. La materialización de las inversiones que debe realizar la Administración general del Estado puede tener una composición mixta, que incluya tanto la inversión directa efectuada por la AGE mediante sus presupuestos como aportaciones financieras, tanto en la CAIB como en los consejos insulares, mediante los convenios que puedan suscribirse entre ambas administraciones.
Para materializar esta inversión del Estado a través de la CAIB, durante los ejercicios 2008, 2009 y 2010, se firmaron una serie de convenios de colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para financiar determinadas actuaciones inversoras en las Illes.
Para cumplir la disposición transitoria novena del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, el Estado debería haber firmado convenios con la Comunidad Autónoma y los consejos insulares (o ejecutado directamente) por un importe de 2.800 millones de euros para todo el período 2008-2014, con el objeto de invertir en las áreas determinadas en la mencionada disposición transitoria. A pesar de que ésta es la cifra que figura en la parte expositiva de los diferentes convenios, a 31 de diciembre de 2014 la cantidad realmente utilizada en convenios es de 859.516 miles de euros, y se transfieren efectivamente fondos a la CAIB por valor de 359.766 miles de euros.
Debemos señalar que la sentencia del Tribunal Constitucional de 28 de junio de 2010 determina como potestad del Estado decidir sobre los instrumentos para la financiación de las comunidades autónomas en virtud de las necesidades de cada una y, en ningún caso, pueden tener efecto las disposiciones adicionales que figuran en los estatutos de autonomía, directamente vinculantes para el Estado, dada la competencia exclusiva que sobre la materia le atribuye el artículo 149.1.14 de la Constitución Española.
Vista la documentación remitida desde la Dirección General de Coordinación del Gobierno, los convenios firmados entre el Estado y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para cumplir la disposición transitoria novena, con la numeración que figura en la documentación rendida por la Dirección General mencionada y el importe firmado (en miles de euros), son los siguientes:
3. Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la CAIB para el desarrollo del proyecto Servicios X Eivissa (29.600 miles de euros);
4. Convenio de colaboración entre Turespaña y la CAIB para la remodelación integral de la Playa de Palma (83.500 miles de euros);
5.Convenio de colaboración entre Turespaña y la CAIB en materia de turismo (30.000 miles de euros);
6. Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la CAIB para la financiación de determinadas inversiones en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) en el ámbito de las Illes Balears (38.000 miles de euros);
8. Convenio de colaboración entre Turespaña y la CAIB para el desarrollo de determinadas actuaciones en materia de turismo en Menorca (Patio de Sa Lluna) (2.300 miles de euros);
9. Convenio de colaboración entre Turespaña y la CAIB para el desarrollo de determinadas actuaciones en materia de turismo en Formentera (1.700 miles de euros);
10. Protocolo general entre la Administración General del Estado y la CAIB para la adquisición de la finca denominada Planícia (Banyalbufar) (10.000 miles de euros);
11. Convenio entre la Administración General del Estado y la CAIB por el que se realiza una transferencia a la CAIB para la financiación del Complejo Balear de la Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (9.500 miles de euros);
12. Convenio entre la Administración General del Estado y la CAIB por el que se regula la transferencia para la financiación de la Unidad de Investigación en el Hospital Universitario de Son Espases (3.000 miles de euros);
13. Convenio entre la Administración General del Estado y la CAIB por el que se regula la transferencia para la financiación de un laboratorio de tecnologías audiovisuales (600 miles de euros);
14. Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la CAIB para la financiación de determinadas inversiones en una red de fibra óptica en la isla de Menorca para servicios de autoprestación (7.000 miles de euros);
15. Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino y la Administración de la CAIB para la financiación de determinadas inversiones en materia de aguas y torrentes en el ámbito de las Illes Balears (primera fase) (7.866 miles de euros);
16. Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino y la Administración de la CAIB para la financiación de determinadas inversiones en materia de aguas y torrentes en el ámbito de las Illes Balears (segunda fase) (1.700 miles de euros);
17. Convenio entre el Ministerio de Fomento y la CAIB para la ejecución de diversas actuaciones en materia de infraestructuras a las IB (tren ligero Bahía de Palma) (45.000 miles de euros);
18. Convenio entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Administración de la CAIB por el que se realiza una transferencia a la CAIB para la financiación de inversiones en materia de investigación científica y técnica (7.500 miles de euros);
19. Convenio de colaboración entre Turespaña y la CAIB para la financiación de diversas infraestructuras turísticas (20.000 miles de euros);
20. Convenio de colaboración entre Turespaña y la CAIB para la construcción del Palacio de Congresos de Palma (20.000 miles de euros);
21. Convenio de colaboración entre Turespaña y la CAIB para la financiación de la plataforma logística de distribución turística (4.000 miles de euros);
22. Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino y la Administración de la CAIB para la financiación de determinadas inversiones en materia de trabajos forestales y de prevención y extinción de incendios forestales en el ámbito de las Illes Balears (1.000 miles de euros);
23. Convenio entre la CAIB y el Ministerio de Fomento para la ejecución de diversas actuaciones en materia de infraestructuras en las Illes Balears (tren en Mallorca, puerto de Ciutadella en Menorca y autopistas en Eivissa) (87.500 miles de euros);
24. Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la CAIB en materia de ferrocarril (443.750 miles de euros);
25. Convenio de colaboración con la CAIB, para la financiación de determinadas inversiones en materia de aguas y torrentes, año 2010 (6.000 miles de euros).
La situación de los convenios a 30/04/2015, que es la última vez de la cual se tienen datos, era la siguiente:
RESUMEN CONVENIOS INVERSIONES ESTATUTARIAS (EN MILES DE EUROS) |
|||||||
Núm. |
Título Abreviado |
AÑO FIRMA convenio |
Inversión convenio |
Pendiente de addenda |
Importe transferido |
Importe ejecutado (**) |
Situación |
3 |
Servicios X Eivissa |
2009 |
29.600 |
0 |
29.600 |
29.600 |
Liquidación |
4 |
Playa de Palma |
2009 |
83.500 |
63.500 |
20.000 |
4.390 |
Ejecución ordinaria |
5 |
Diversas actuaciones turísticas 2009 |
2009 |
30.000 |
0 |
30.000 |
17.175 |
Prórroga |
6 |
TIC |
2009 |
38.000 |
0 |
38.000 |
38.000 |
En liquidación |
8 |
Patio de Sa Lluna |
2009 |
2.300 |
0 |
2.300 |
2.300 |
Justificado |
9 |
Revitalización de la plaza de Europa |
2009 |
1.700 |
0 |
1.700 |
1.700 |
En liquidación |
10 |
Finca Planícia |
2009 |
10.000 |
0 |
10.000 |
10.000 |
Liquidación |
11 |
Complejo Balear de la Investigación |
2009 |
9.500 |
0 |
9.500 |
4.253 |
Prórroga |
12 |
Unidad de Investigación Son Espases |
2009 |
3.000 |
0 |
3.000 |
3.000 |
Liquidación |
13 |
Laboratorio de Tecnologías Audiovisuales |
2009 |
600 |
0 |
600 |
597 |
Liquidación |
14 |
Red de fibra óptica |
2009 |
7.000 |
0 |
7.000 |
230 |
Prórroga |
15 |
Aguas y torrentes (primera fase) |
2009 |
7.866 |
0 |
7.866 |
7.866 |
Liquidación |
16 |
Aguas y torrentes (segunda fase) |
2009 |
1.700 |
0 |
1.700 |
1.700 |
Liquidación |
17 |
Actuaciones infraestructuras 2010 |
2009 |
45.000 |
0 |
45.000 |
45.000 |
Liquidación |
18 |
LUE; Centro BIT Menorca |
2010 |
7.500 |
0 |
7.500 |
0 |
Prórroga |
19 |
Diversas actuaciones turísticas 2010 |
2010 |
20.000 |
0 |
20.000 |
2.935 |
Prórroga |
20 |
Palacio de Congresos de Palma |
2010 |
20.000 |
0 |
20.000 |
20.000 |
Liquidación |
21 |
Plataforma logística de distribución turística |
2010 |
4.000 |
0 |
4.000 |
332 |
Prórroga |
22 |
Trabajos forestales, prevención extinción incendios |
2010 |
1.000 |
0 |
1.000 |
1.000 |
Liquidación |
23 |
Actuaciones infraestructuras 2010 |
2010 |
87.500 |
50.000 |
37.500 |
37.500 |
Ejecución ordinaria |
24 |
Ferrocarril (*) |
2008 |
443.750 |
386.250 |
57.501 |
57.501 |
Liquidación (y parte suspendida) |
25 |
Aguas y torrentes 2010 |
2010 |
6.000 |
0 |
6.000 |
6.000 |
Liquidación |
TOTAL |
859.516 |
499.750 |
359.767 |
291.079 |
|||
(*) Adenda suspendida (**) datos comunicados por la DGCG. No se detallan los gastos que superan la inversión que figura en el convenio. |
Para llevar a cabo las actuaciones que figuran en los convenios firmados en materia de inversiones estatutarias entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, ésta recurrió a la colaboración de los consejos insulares, la Universidad de las Illes Balears y el Consorcio Urbanístico para la Mejora y el Embellecimiento de la Playa de Palma, para ejecutar determinadas actuaciones previstas en los convenios firmados con el Estado, motivo por el que se firmaron de forma individualizada convenios de desarrollo para cada una de las inversiones que se debían efectuar; se encargó la ejecución de las actuaciones previstas en los convenios firmados con el Estado a entidades del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma, y se ejecutaron directamente las actuaciones previstas en los convenios firmados con el Estado.
Las características de estos convenios de desarrollo firmados con los consejos insulares, la UIB y el Consorcio Urbanístico para la Mejora y el Embellecimiento de la Playa de Palma se fundamentan, además del ámbito territorial y competencial de las administraciones involucradas, en la transferencia de la financiación y en la ejecución y la justificación de las actuaciones llevadas a cabo. En concreto: las aportaciones que debe realizar la Administración de la CAIB se hacen con la justificación previa del gasto ejecutado por la administración correspondiente, aunque la Administración de la CAIB, previamente, haya recibido la financiación del Estado; la ejecución de las actuaciones, la llevan a cabo los consejos insulares, la UIB y el Consorcio Urbanístico para la Mejora y el Embellecimiento de la Playa de Palma, de acuerdo con su ámbito competencial, y la justificación de los gastos debe presentarse mediante certificado a la Administración de la CAIB, que es la responsable de preparar la justificación global del convenio, tal como debe enviarse a la AGE.
Entre 2009 y 2011 se han formalizado 13 convenios de colaboración con las administraciones correspondientes, con un importe máximo de inversión de 156.300 miles de euros y con el siguiente desglose:
DETALLE DE LOS CONVENIOS DE DESARROLLO (en miles de euros) |
|||||
---|---|---|---|---|---|
Núm. |
Nombre Abreviado |
Entidad |
Inversión convenio |
Situación |
Prorrogado |
4A |
Playa de Palma |
Consorcio Playa de Palma |
83.500 |
Ejecución |
No |
5A |
Can Weyler; Toni Catany |
CIMA |
7.400 |
Ejecución |
Sí |
5B |
Sa Comandància |
CIEI |
9.100 |
Liquidado |
Sí |
5C |
La Enclusa, Sant Lluís y Ferreries |
CIME |
12.000 |
Ejecución |
Sí |
5D |
Plaza de Europa |
CIFO |
1.500 |
Liquidado |
Sí |
9A |
Revitalización de la plaza de Europa |
CIFO |
1.700 |
Liquidado |
Sí |
11A |
Complejo Balear de la Investigación |
UIB |
1.600 |
Ejecución |
Sí |
14A |
Red de fibra óptica |
CIME |
7.000 |
Ejecución |
Sí |
17A |
Rehabilitaciones en carreteras de Mallorca |
CIMA |
10.000 |
Liquidado |
No |
18A |
Laboratorio Universidad - Empresa |
UIB |
2.500 |
Ejecución |
Sí |
19A |
Calle de la Roca Plana y adyacentes |
CIFO |
3.000 |
Ejecución |
Sí |
19B |
Tramuntana, Raixa, Santueri, Bellpuig... |
CIMA |
8.000 |
Ejecución |
Sí |
19C |
Escuela de Idiomas, Ses Feixes, Talamanca… |
CIEI |
9.000 |
Ejecución |
Sí |
|
TOTAL |
|
156.300 |
|
|
Incidencias
A 31 de diciembre de 2014 el importe amparado en convenios es de 859.516 miles de euros, de los que se han transferido efectivamente 359.766 miles de euros, y se ha suspendido un convenio por valor de 386.250 miles de euros. En consecuencia, quedan pendientes de recibir 113.500 miles de euros correspondientes a convenios ya firmados pero pendientes de tramitar su adenda para que el Estado los dote en su presupuesto.
A pesar de que la AGE ha entregado a la CAIB los fondos en el momento de la firma de cada uno de los convenios, los convenios de desarrollo firmados con los consejos insulares, la UIB y el Consorcio Urbanístico para la Mejora y el Embellecimiento de la Playa de Palma determinan que los fondos se transferirán con la justificación previa del gasto. Este hecho, junto con la falta de liquidez que ha sufrido la CAIB en los últimos años, es una de las principales razones que han llevado a una baja ejecución, dado que la CAIB no ha transferido los fondos de forma puntual a las administraciones ejecutoras a pesar de las justificaciones presentadas, hecho que ha comportado el retraso de las inversiones por falta de fondos para financiarlas.
Dado que en todos los convenios en que, el objeto, lo ejecuta una entidad del sector público instrumental de la CAIB, los certificados de conformidad de la inversión con las estipulaciones del convenio y de no existencia de financiación concurrente, los firma el mismo gerente de la entidad ejecutora y no la Intervención General, tal como lo solicita la AGE en las diferentes comisiones de seguimiento, y no se produce la segregación entre las funciones de ejecución y control, ya que es el mismo ente que ejecuta, lo que certifica, la adecuación tanto en la ejecución como en la financiación. En consecuencia, en ninguno de los convenios ejecutados por entidades del sector público instrumental de la CAIB se han remitido los certificados emitidos por la Intervención de conformidad con la inversión que se ha llevado a cabo ni los certificados en los que se hace contar que no existe sobrefinanciación.
2. DESCRIPCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN, EJECUCIÓN Y CONTROL
Al nivel administrativo, los procedimientos de gestión, ejecución y control de las inversiones estatutarias no se diferencian de los procedimientos del resto de convenios de colaboración que firma la Administración de la CAIB y que son competencia de las diferentes secretarías generales.
Además de los procedimientos mencionados en el párrafo anterior, el control de la gestión y la ejecución de los convenios de colaboración en materia de inversiones estatutarias se lleva a cabo en un triple nivel: el primer nivel es la Comisión Mixta de Economía y Hacienda Estado - Comunidad Autónoma de las Illes Balears, como órgano bilateral de relación entre las dos administraciones en materia fiscal y financiera. El segundo nivel es la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estatutarias, como órgano de asesoramiento y de apoyo a la representación de las Illes Balears en la Comisión Mixta de Economía y Hacienda, mencionada en el apartado anterior, en todo lo relativo a la formulación de propuestas, la coordinación y el seguimiento de las inversiones del Estado en la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria novena del mencionado texto estatutario. Y el tercer nivel incluye cada una de las comisiones de seguimiento de los convenios de colaboración. Cada convenio establece la constitución de una comisión de composición paritaria entre las administraciones firmantes de los convenios.
Con el objeto de determinar el seguimiento que estos órganos han efectuado sobre las inversiones estatutarias, se indican en el Informe las actuaciones que cada uno de estos órganos ha llevado a cabo.
Incidencias
Las inversiones llamadas estatutarias comprenden tanto las ejecutadas directamente por el Estado como las derivadas de los convenios bilaterales Estado – consejos insulares y, finalmente, las que ha tramitado el Estado con la CAIB mediante la firma de convenios. No se tiene constancia de que la CAIB haya llevado a cabo ningún tipo de control ni de recuento respecto de las dos primeras, que también deben estar previstas en el cálculo de la cifra total de inversiones garantizadas en las Illes Balears. La Comisión Mixta de Economía y Hacienda Estado - CAIB, como órgano bilateral responsable del control y el seguimiento de estas inversiones, tampoco ha cumplido su función, dado que solamente se ha llevado a cabo una sesión, el 22 de diciembre de 2009, sin que en ella se tratase ningún asunto relacionado con las inversiones estatutarias, aunque la Vicepresidencia Económica de la CAIB ha solicitado, como mínimo en dos ocasiones, la convocatoria de esta Comisión.
III. ANÁLISIS DE LOS CONVENIOS
El análisis de los convenios objeto de este Informe se ha efectuado a partir de la documentación remitida por la Dirección General de Coordinación del Gobierno (DGCG), que es el órgano responsable, desde el año 2012, de velar por una ejecución y una justificación adecuada y en plazo de los convenios estatutarios. De forma más concreta, es responsable de efectuar el seguimiento de las actuaciones comprometidas y apoyar a las consejerías o a las entidades dependientes ejecutoras, mediante la asistencia de representantes de la DGCG a todas las comisiones de seguimiento; de impulsar la tramitación de prórrogas o adendas cuando así se acuerde en las mencionadas comisiones de seguimiento; de coordinar la ejecución de las actuaciones entre las diferentes consejerías y los entes dependientes de la CAIB; de llevar a cabo la intermediación entre la CAIB y la AGE, y de impulsar el proceso de justificación de las inversiones.
Con relación a la ejecución de las inversiones, la SCIB ha revisado los datos remitidos por la DGCG y los ha analizado comparativamente con la ejecución presupuestaria extraída de los libros mayores de ingresos y gastos incluidos en el fondo finalista «31201. Inversiones estatutarias» desde 2008 a 2014.
El resultado de este análisis comparativo, así como las incidencias detectadas durante el trabajo de fiscalización, figura en los epígrafes correspondientes de cada uno de los 22 convenios objeto del Informe.
El análisis de cada convenio está desarrollado en el Informe 112/2016 y se estructura en los siguientes apartados: antecedentes, formalización, ejecución, justificación y vigencia.
A continuación, se exponen las incidencias detectadas durante el trabajo de fiscalización de cada uno:
1. CONVENIO NÚM. 3: SERVICIOS X EIVISSA
Se trata del convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para desarrollar el proyecto Servicios X Eivissa, por importe de 29.600 miles de euros. El objeto del convenio es la financiación de la adquisición, por parte del Consejo Insular de Eivissa, de inmuebles propiedad del Ministerio de Defensa para acoger diversas tipologías de servicios públicos de titularidad tanto estatal o autonómica como local.
Incidencias
En la documentación aportada por la CAIB no figuraba el convenio de desarrollo relativo al convenio núm. 3. Este convenio se detectó mediante el cuadro de datos incluido en la documentación conservada en el Área de Consejos Insulares de la SCIB.
2. CONVENIO NÚM. 4: MEJORA Y EMBELLECIMIENTO PLAYA DE PALMA
Se trata del convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la remodelación integral de la Playa de Palma, por un importe de 83.500 miles de euros, destinados a proyectos de infraestructura urbana (28.100 miles de euros), proyectos de sostenibilidad y protección del territorio (54.500 miles de euros) y redacción de proyectos (900 miles de euros).
Incidencias
Dado que el plazo de ejecución de este convenio ha finalizado el día 13 de agosto de 2015 sin que estuviera firmada la segunda adenda, existe un riesgo cierto de reintegro de 15.610 miles de euros, correspondientes a los fondos recibidos y no ejecutados.
Se han detectado 330 miles de euros y -557 miles de euros, correspondientes a los certificados 8 y 9, respectivamente, no reconocidos contablemente en la ejecución del presupuesto de gastos de la CAIB, a pesar de que figuren como ejecutados entre los ejercicios 2010 y 2011.
La cantidad ejecutada, 4.389 miles de euros, figura como justificada ante la AGE, sin que el Estado haya dado el visto bueno. Visto que la Secretaría de Estado de Turismo no acepta justificaciones parciales de los convenios, y las actuaciones ejecutadas no se incluyen en el borrador del nuevo proyecto de adenda de modificación de plazos y reprogramación de actuaciones, se pueden producir problemas en el reconocimiento y la aceptación de estos gastos como integrantes del convenio.
3. CONVENIO NÚM. 5: DIVERSAS ACTUACIONES TURÍSTICAS 2009
Se trata del convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de turismo, año 2009, por un importe de 30.000 miles de euros, con el objeto de llevar a cabo actuaciones diversas en las Illes de Mallorca (7.400 miles de euros), Menorca (12.000 miles de euros), Eivissa (9.100 miles de euros) y Formentera (1.500 miles de euros).
Para llevar a cabo las diferentes actuaciones, se firmaron cuatro convenios de desarrollo, denominados 5A, 5B, 5C y 5D, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y los respectivos consejos insulares.
Incidencias
Las principales incidencias detectadas en la fiscalización de este convenio (y en los convenios de desarrollo correspondientes, firmados con los diferentes consejos insulares) han sido:
En cuanto al proyecto de la Enclusa, únicamente se han ejecutado 71 miles de euros, de un total comprometido de 7.000 miles de euros. Dado que el plazo de ejecución ya ha finalizado (prórroga incluida) y que la AGE ha emitido un informe jurídico para denegar la aprobación de nuevas prórrogas, la CAIB debería efectuar el reintegro de los 6.929 miles de euros no ejecutados.
En cuanto al proyecto de salas multifuncionales de Sant Lluís y Ferreries, dado que la fecha límite que figura en la prórroga para ejecutar actuaciones era el 13 de febrero de 2014, se han ejecutado extemporáneamente 151 miles de euros el 10 de abril de 2014 i 219 miles de euros en el 2015. Por otro lado, 37 miles de euros deben reintegrarse de forma directa dado que el total de la inversión ha sido de 4.963 miles de euros, sin llegar a los 5.000 miles de euros transferidos por el Estado. Por último, la CAIB no ha contabilizado, hasta el año 2015, 6 OP por importe de 2.426 miles de euros, a pesar de que la fecha de la factura es anterior a febrero de 2014, fecha límite prorrogada para ejecutar gastos relativos a este convenio.
En relación con la adquisición y la rehabilitación de Can Weyler, la única actuación llevada a cabo es la adquisición del inmueble, sin que se haya iniciado, en el momento de redactar el Informe, la rehabilitación. Dado que la fecha de ejecución de las actuaciones que figura en la prórroga es el 31/12/16, y que en el caso de la Enclusa la Abogacía del Estado no ha aceptado la tramitación de segundas prórrogas, empieza a haber el riesgo de no poder ejecutar este proyecto dentro del plazo y, por lo tanto, tener que reintegrar los 1.560 miles de euros restantes.
En el caso del Centro Internacional de Fotografía Toni Catany, con la misma fecha de ejecución prorrogada que la que figura en el párrafo anterior, no se ha ejecutado cantidad alguna, por lo que el riesgo de reintegro es para los 4.300 miles de euros. Se ha elaborado el proyecto básico y de ejecución de las obras, con su exposición pública durante primera quincena de abril de 2015.
En resumen, en el convenio núm. 5 figuran 6.965 miles de euros por reintegrar; 371 miles de euros que se encuentran en discusión, dado que se han ejecutado de forma extemporánea, y 5.860 miles de euros que, a pesar de estar dentro del plazo, comienzan a estar en riesgo de reintegro ya que la parte mayoritaria de las actuaciones está pendiente.
4. CONVENIO NÚM. 6: TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y DE LAS COMUNICACIONES (TIC)
Se trata del convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para financiar determinadas inversiones en materia de tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) en el ámbito de las Illes Balears, por un importe máximo de 38.000 miles de euros.
Algunas de las actuaciones objeto de este convenio han sido ejecutadas por el IBSALUT y por entidades del sector público instrumental de la CAIB, como son ParcBit Desarrollo y Multimedia de las Illes Balears, SAU.
Incidencias
Una parte significativa de este convenio no tiene reflejo contable, dado que la cantidad ejecutada en el fondo finalista 31201 relacionada con estas actuaciones es de 32.644 miles de euros, ante los 38.000 miles de euros que la DGCG remitió como ejecutados.
A pesar de que se han presentado, de todos los proyectos que integran este convenio, memorias y cuenta justificativa, en ninguno de ellos figuran los certificados emitidos por la Intervención para garantizar la adecuación de la inversión en el convenio y la no existencia de sobrefinanciación.
5. CONVENIO NÚM. 8: PATIO DE SA LLUNA
Se trata del convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el desarrollo de determinadas actuaciones en materia de turismo en Menorca por un importe de 2.300 miles de euros. El objeto del convenio, incardinado en un objetivo global de mejora de la competitividad turística y la sostenibilidad económica, social y medioambiental, es la rehabilitación integral del Patio de Sa Lluna, en el término municipal de Alaior (Menorca), con la finalidad de recuperar el edificio para el uso cultural y dinamizador del municipio.
Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio, se ha encargado la ejecución a la ATB en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.
Incidencias
La CAIB no ha remitido parte de la documentación solicitada para corregir las deficiencias en la justificación, dado que el certificado emitido por la Intervención General de la CAIB de 13 de marzo de 2015 concluye que no puede emitir el certificado sobre la veracidad y la regularidad de los gastos de la ATB que la Secretaría de Estado de Turismo había solicitado.
El informe justificativo para acreditar que la actuación financiada no lo ha sido con cargo a otros fondos, lo ha firmado el gerente de la ATB y no el interventor de la entidad ejecutante. Este aspecto se ha considerado especialmente significativo en este convenio, dado que existe una financiación concurrente con fondos FEDER por un importe máximo de 1.000 miles de euros.
6. CONVENIO NÚM. 9: REVITALIZACIÓN PLAZA DE EUROPA
Se trata del convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para desarrollar determinadas actuaciones en materia de turismo en Formentera, cuyo objeto corresponde a la revitalización de la plaza de Europa para permitir el uso de este espacio público para celebrar actividades culturales de interés turístico y revitalizar comercialmente la zona, por un importe de 1.700 miles de euros, sin perjuicio del convenio núm. 5, de 13 de agosto de 2009, firmado con Turespaña, que prevé una financiación adicional para esta misma actuación.
Para llevar a cabo la actuación objeto del convenio se le ha asignado uno de desarrollo, denominado 9A, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el Consejo Insular de Formentera, en materia de actuaciones para el desarrollo de las inversiones del Estado en las Illes Balears.
Incidencias
No tiene.
7. CONVENIO NÚM. 10: ADQUISICIÓN FINCA DE PLANÍCIA
Se trata del Protocolo general entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para adquirir la finca denominada Planícia (termino municipal de Banyalbufar, Mallorca). El objeto del protocolo es establecer un marco para que la Administración de la CAIB traspase parte de la finca de Planícia a la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar para incorporarla al dominio público marítimo-terrestre.
Incidencias
La operación incluida en el protocolo es el ejercicio del derecho de retracto, por parte de la CAIB, de la finca de Planícia, que posteriormente ha vendido su mayoría a la AGE para que forme parte del dominio público marítimo-terrestre. Por lo tanto, este protocolo corresponde a una operación de compraventa, sin que en ningún caso tenga carácter de inversión estatutaria, aunque se podría considerar una inversión directa del Estado en las Illes Balears.
A pesar de que la CAIB haya tratado la adquisición de la finca de Planícia como una inversión estatutaria, ni el ingreso procedente del Estado ni el gasto para ejecutar la actuación se han recogido contablemente mediante el fondo finalista 31201, que es el que la CAIB utiliza para identificar y diferenciar este tipo de inversiones.
No figura en el expediente remitido ninguno de los dos certificados emitidos por la Intervención que se reclamaban, tanto el que acredita la veracidad y la regularidad de la documentación presentada, como el que acredita que la actuación no ha sido financiada también con cargo a otros fondos.
8. CONVENIO NÚM. 11: COMPLEJO BALEAR DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN
Se trata del convenio entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears por el que se realiza una transferencia a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la financiación del complejo balear de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, por un importe de 9.500 miles de euros, de los que 7.900 miles d euros van destinados al proyecto de creación del complejo balear de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, y 1.600 miles de euros a equipamiento científico, tecnológico, informático y de comunicaciones del complejo balear de la investigación.
Para llevar a cabo la última actuación, se ha firmado un convenio de desarrollo, el núm. 11A, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la UIB.
Incidencias
Dado que la segunda adenda al convenio núm.11, para aprobar la redistribución de fondos entre las dos actuaciones que la integraban, así como la ampliación del ámbito de aplicación de una de ellas, no está firmada en el momento de la emisión de este informe, se mantiene la sobrefinanciación del edificio entre los fondos FEDER y los fondos estatutarios recibidos, por lo que existe un riesgo de reintegro de los 1.268 miles de euros sobrantes que se propone redistribuir.
En la documentación incluida en el expediente figura un informe de la situación económica del convenio de inversiones estatutarias núm. 11, en el cual se afirma que, de un coste total de 10.106 miles de euros, 4.343 miles de euros van a cargo de los fondos FEDER (un 42,9%), mientras que en el resto de documentos el porcentaje de financiación entre fondos FEDER y fondos estatutarios es de un 50% cada uno.
La ejecución de la parte de esta actuación correspondiente al edificio R+D+I en el presupuesto de gastos hasta el 31 de diciembre de 2013 se incluye totalmente en el fondo finalista 31108, correspondiente a las inversiones que se deben efectuar con cargo a los fondos FEDER, por un importe total de 4.074 miles de euros. Hasta el año 2014 únicamente se ha contabilizado un importe de 887 miles de euros en el fondo finalista correspondiente a las inversiones estatutarias, cantidad muy alejada de los 3.033 miles de euros que la DGCG informa como ejecutados.
El convenio de desarrollo núm. 11A ha caducado sin que se haya ejecutado íntegramente el objeto. De acuerdo con la documentación que ha rendido la DGCG, se han ejecutado 1.220 miles de euros, 81 miles de los cuales se han justificado fuera de plazo, y quedan sin justificar 380 miles de euros. Los 81 miles de euros justificados fuera de plazo no figuran contabilizados a 31 de diciembre de 2014.
9. CONVENIO NÚM. 12: UNIDAD DE INVESTIGACIÓN EN SON ESPASES
Se trata del convenio entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por el que se regula la transferencia para la financiación de la Unidad de Investigación en el Hospital Universitario de Son Espases, cuyo objeto es adaptar espacios destinados a investigación al nuevo hospital de referencia de las Illes Balears y dotarlos de equipamiento científico, por un importe máximo de 3.000 miles de euros.
Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio se ha encargado la ejecución al IBSALUT, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.
Incidencias
Dado que la primera adenda del convenio se ha firmado el 20 de diciembre de 2013, y la ejecución de las actuaciones finaliza el 7 de diciembre de 2012, esta inversión ha permanecido un año sin cobertura. No obstante, en el 2013 se han ejecutado inversiones por valor de 570 miles de euros, fuera del plazo establecido en el convenio inicial y antes de tener la adenda firmada.
No consta el certificado del interventor en el que manifiesta que no hay exceso de financiación con otras ayudas recibidas. Sin embargo, en la documentación justificativa aportada sí que figura una financiación complementaria en concepto de préstamo procedente del Instituto Carlos III con el nombre del proyecto «Desarrollo de las condiciones para la constitución del Instituto Balear de Investigación Sanitaria» por un importe de 3.168 miles de euros, sin que en ningún documento se detalle el total del proyecto y las cantidades financiadas procedentes de cada uno de estos dos fondos finalistas.
10. CONVENIO NÚM. 13: LABORATORIO DE TECNOLOGÍAS AUDIOVISUALES
Se trata del convenio entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears por el que se realiza una transferencia para financiar un laboratorio de tecnologías audiovisuales, para dar continuidad a determinadas actividades de animación y posibilite la ampliación a las áreas de efectos visuales y de cinematografía digital, por un importe de 600 miles de euros.
Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio, se ha encargado la ejecución a ParcBit Desarrollo, SA, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.
Incidencias
En la documentación justificativa remitida no figura el certificado de la Intervención por el que la inversión se ha ejecutado en su totalidad y tampoco consta el certificado de no concurrencia con otras ayudas.
11. CONVENIO NÚM. 14: RED DE FIBRA ÓPTICA
Se trata del convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para financiar determinadas inversiones en una red de fibra óptica en la isla de Menorca para servicios de auto prestación, por un importe de 7.000 miles de euros.
Para llevar a cabo las diferentes actuaciones, se ha firmado el convenio de desarrollo núm. 14A, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el Consejo Insular de Menorca, en materia de actuaciones para el desarrollo de las inversiones del Estado en las Illes Balears.
Incidencias
A pesar de que en la documentación remitida por la DGCG figuren como justificados 230 miles de euros, únicamente figuran contabilizados en el presupuesto de la CAIB 199 miles de euros. En el momento de redactar el Informe, los 31 miles de euros ejecutados por el CIME en el 2012 no tienen reflejo contable en la CAIB.
12. CONVENIO NÚM. 15: AGUAS Y TORRENTES 1A FASE AÑO 2009
Se trata del convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para financiar determinadas inversiones en materia de aguas y torrentes en el ámbito de las Illes Balears para la mejora de la calidad de las aguas y torrentes, por un importe máximo de 7.866 miles de euros.
Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio, se ha encargado la ejecución a ABAQUA, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.
Incidencias
Dado que el reflejo presupuestario del gasto amparado por este convenio no se ha registrado con cargo al fondo finalista que recoge las inversiones estatutarias, no se ha podido efectuar un seguimiento contable de la ejecución de las actuaciones amparadas por el mencionado convenio.
A pesar de la existencia de un correo electrónico procedente del Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente que confirma el cierre del convenio, en el expediente no consta ni la memoria de actuaciones ni la cuenta justificativa que amparen la ejecución de las actuaciones pactadas.
13. CONVENIO NÚM. 16: AGUAS Y TORRENTES 2A FASE AÑO 2009
Se trata del convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para financiar determinadas inversiones en materia de aguas y torrentes en el ámbito de las Illes Balears (segunda fase), para la mejora de la calidad de las aguas y torrentes en el ámbito de la Comunidad Autónoma, por un importe máximo de 1.700 miles de euros.
Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio, se ha encargado la ejecución a ABAQUA, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.
Incidencias
Dado que el reflejo presupuestario del gasto amparado por este convenio no se ha registrado con cargo al fondo finalista que recoge las inversiones estatutarias, no se ha podido efectuar un seguimiento contable de la ejecución de las actuaciones amparadas por el mencionado convenio.
A pesar de la existencia de un correo electrónico procedente del Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente que confirma el cierre del convenio, en el expediente no consta ni la memoria de actuaciones ni la cuenta justificativa que ampare la ejecución de las actuaciones pactadas.
14. CONVENIO NÚM. 17: ACTUACIONES INFRAESTRUCTURAS 2010
Se trata del convenio entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por un importe de 45.000 miles de euros, para ejecutar diversas actuaciones en materia de infraestructuras en las Illes Balears, para unir la ciudad de Palma con el aeropuerto (35.000 miles de euros) y para efectuar rehabilitaciones en carreteras de Mallorca (10.000 miles de euros).
Para llevar a cabo la última actuación, se ha firmado un convenio de desarrollo, núm. 17A, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el Consejo Insular de Mallorca. Las actuaciones no incluidas en el convenio de desarrollo se han encargado a Trambadia, SA, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.
Incidencias
En la documentación justificativa de este convenio no consta el certificado emitido por la Intervención por el que no existe concurrencia con otras fuentes de financiación por encima del total de la inversión. Parte de las actuaciones que se han añadido a la adenda de 16 de diciembre de 2013 sí que tienen esta doble financiación, por lo que es necesario presentar el mencionado certificado.
El último pago efectuado al CIMA, por importe de 2.726 miles de euros, se ha liquidado mediante el FLA. Este hecho pone de manifiesto un control insuficiente de los gastos con financiación afectada, dado que la CAIB ha recibido unos fondos finalistas antes de la ejecución del gasto y ha tenido problemas de liquidez para poder satisfacer el pago.
15. CONVENIO NÚM. 18: LABORATORIO UNIVERSIDAD – EMPRESA. CENTRO BIT MENORCA
Se trata del convenio entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears por el que se realizó una transferencia a la Comunidad Autónoma para financiar inversiones en materia de investigación científica y técnica, por importe de 7.500 miles de euros. Concretamente, por el Centro BIT Menorca (5.000 miles de euros) y por el Laboratorio Universidad - Empresa (2.500 miles de euros)
Para llevar a cabo la última actuación, se ha firmado un convenio de desarrollo, con el núm. 18A, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la UIB.
Las actuaciones objeto de este convenio no incluidas en el convenio de desarrollo se han encargado a ParcBit Desarrollo, SA, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.
Incidencias
Dado que la adenda del convenio se ha firmado el 29 de octubre de 2014 y que la ejecución de las actuaciones aprobada en el convenio original finalizaba el 31 de diciembre de 2013, esta inversión ha estado 10 meses sin cobertura.
En el convenio núm. 18 figuran 2.500 miles de euros que se han instrumentalizado mediante un convenio de desarrollo con la UIB. El mencionado convenio de desarrollo ha caducado sin que la CAIB haya recogido presupuestariamente ni justificado la ejecución del gasto, a pesar de que en las actas de la comisión de seguimiento los representantes de la UIB comunicaran la ejecución de la mayoría de la inversión.
La CAIB, a pesar de haber recibido los fondos de forma anticipada, ha determinado el pago a la UIB contra justificación del gasto. En el momento de cerrar este Informe, dado que el convenio de desarrollo ha caducado, la CAIB utiliza la figura de la subvención directa y tramita un plurianual de 500 miles de euros anuales para pagar entre 2015 y 2019.
Dado que, a 30 de junio de 2015, en la actuación relativa a la puesta en marcha del centro Bit Menorca, no figura ningún importe como ejecutado, puede existir un riesgo de reintegro significativo per importe de 5.000 miles de euros.
16. CONVENIO NÚM. 19: DIVERSAS ACTUACIONES TURÍSTICAS 2010
Se trata del convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para financiar diversas infraestructuras turísticas en Mallorca, Eivissa y Formentera, por un importe total de 20.000 miles de euros (8.000 miles de euros, para Mallorca; 9.000 milers de euros para Eivissa; y 3.000 miles de euros para Formentera).
Para llevar a cabo las diferentes actuaciones, se han firmado tres convenios de desarrollo, denominados 19A, 19B y 19C, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y los consejos insulares de Formentera, Mallorca e Eivissa, respectivamente.
Incidencias
A 31 de diciembre de 2014, la ejecución contable de la CAIB no refleja la situación en que se encuentran las actuaciones correspondientes al CIFO y al CIEI, y se detectan gastos ejecutados y pendientes de reflejar en la contabilidad CAIB por valor de 1.152 miles de euros y 1.005 miles de euros, respectivamente.
Dado que la fecha límite para ejecutar las actuaciones de Mallorca es el 31 de marzo de 2016 y que no consta ningún importe ejecutado de un total de 8.000 miles de euros, se detecta un riesgo de reintegro significativo porque, en el momento de redactar este Informe, la totalidad de las actuaciones quedan pendientes.
17. CONVENIO NÚM. 20: PALACIO DE CONGRESOS DE PALMA
Se trata del convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para construir el Palacio de Congresos de Palma, cuyo objeto son las acciones de fomento y desarrollo turístico mediante la contribución a la financiación de la construcción del Palacio de Congresos en Palma por un importe máximo de 20.000 miles de euros.
Las actuaciones objeto de este convenio se han encargado a Palacio de Congresos de Palma, SA, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.
Incidencias
A pesar de que la Secretaría de Estado de Turismo ha comunicado, el 12 de mayo de 2014, el cierre del convenio, no se ha remitido a la SCIB una copia del certificado que confirme la comprobación material de las inversiones efectuadas.
18. CONVENIO NÚM. 21: PLATAFORMA LOGÍSTICA DE DISTRIBUCIÓN TURÍSTICA
Se trata del convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para financiar la plataforma logística de distribución turística, que incluye la adquisición de un edificio para su explotación, por importe de 4.000 miles de euros.
Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio, se ha encargado su ejecución a la ATB, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.
Incidencias
A pesar de que en las comisiones de seguimiento de 14 de diciembre de 2012 y de 14 de junio de 2013 los representantes de la CAIB han comunicado la voluntad de solicitar una redefinición de actuaciones, y en el 23 de marzo de 2013 han informado que esta solicitud se transmitiría tan pronto como fuera posible y, además, que en la ejecución del convenio se pone de manifiesto que esta redefinición se ha producido en la práctica (no se ha adquirido el edificio), no se ha tramitado ninguna adenda para formalizar el cambio de objeto del convenio, sino que únicamente se han prorrogado los plazos inicialmente establecidos.
Este convenio no incluye las actuaciones que deben llevarse a cabo y en ningún documento de los que acreditan esta inversión figura este detalle. Hasta el 31 de diciembre de 2014 la única inversión ejecutada es de 332 miles de euros, correspondientes a una parte del proyecto de escaparate virtual, proyecto que asciende a 2.430 miles de euros, según la documentación transmitida en el 2015, del total de 4.000 miles de euros pactados. Visto que no consta en ningún documento el desglose de inversiones concretas que supone la plataforma, no se ha podido comprobar que les actuaciones llevadas a cabo se corresponden con el objeto del convenio original.
En el 2013, la CAIB ha transferido crédito a la ATB por un importe de 1.923 miles de euros, mediante los capítulos 4 y 7, con el objeto de financiar el Proyecto de escaparate virtual, pero sin incluir el fondo finalista 31201. Dicho proyecto forma parte del convenio núm. 21 firmado con el Estado, y el crédito de este convenio ya se ha transferido íntegramente a dicha entidad en el ejercicio 2011.
A pesar de que se haya presentado ante la Secretaría de Estado de Turismo documentación justificativa por un importe de 332 miles de euros de este convenio, falta transmitir la documentación siguiente:
Memoria justificativa
Certificado del interventor mediante el cual acredita, o no, concurrencia con otros fondos de financiación
Certificado del interventor mediante el cual acredita la veracidad y la regularidad de la documentación justificativa
19. CONVENIO NÚM. 22: TRABAJOS FORESTALES, PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS
Se trata del convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para financiar determinadas inversiones en materia de trabajos forestales y de prevención y extinción de incendios forestales en el ámbito de las Illes Balears, por un importe de 1.000 miles de euros.
Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio, se ha encargado su ejecución al IBANAT, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.
Incidencias
En la sesión de la comisión de seguimiento de 18 de octubre de 2012 se ha presentado el estado de ejecución del convenio. Respecto de los plazos de justificación, en la misma sesión la comisión ha acordado interpretar que las actuaciones se consideren ejecutadas desde el momento en que se adjudica el contrato, a pesar de que la cláusula 5.6 del convenio determina de forma clara que: «La justificación del gasto se realizará mediante la aportación de los contratos, las facturas, las certificaciones de obras y otros documentos justificativos de la realización de los gastos y de su vinculación a las actuaciones financiadas, en los 2 años siguientes a la firma del presente convenio y, en todo caso, antes del 3 de diciembre de 2012.»
A pesar de que la ejecución y la justificación han finalizado el 31 de diciembre de 2012, y la comisión de seguimiento las ha aceptado, se han adjudicado 358.832,94 euros en el ejercicio 2013, fuera del plazo de ejecución del convenio con la aplicación de cualquiera de las dos interpretaciones, y sin la existencia de la resolución de la prórroga. El detalle es el siguiente:
Fecha adjudicación |
Acreedor |
Importe adjudicación (IVA incluido) |
---|---|---|
20/02/13 |
Empresa núm. 1 |
14.692,23 |
22/03/13 |
Empresa núm. 2 |
7.465,70 |
03/04/13 |
Empresa núm. 3 |
155.200,01 |
03/04/13 |
Empresa núm. 4 |
81.675,00 |
10/05/13 |
Empresa núm. 5 |
99.800,00 |
|
TOTAL |
358.832,94 |
(importe en euros)
En la documentación remitida no consta el informe de la Intervención que acredite la regularidad y la veracidad de la documentación presentada y tampoco figura el informe emitido por el mismo órgano para acreditar que la actuación financiada no lo ha sido con cargo a otros fondos.
20. CONVENIO NÚM. 23: ACTUACIONES INFRAESTRUCTURAS 2010
Se trata del convenio entre la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el Ministerio de Fomento para ejecutar diversas actuaciones en materia de infraestructuras en las Illes Balears, por un importe total de 87.500 miles de euros, de los que 55.000 miles de euros corresponde a Mallorca (Tren); 30.000 miles de euros a Menorca (Puerto de Ciutadella), y 2.500 miles de euros en Eivissa (Drenaje autopistas).
Para llevar a cabo las actuaciones derivadas de este convenio, se ha encargado la ejecución a SFM y Puertos de las Islas Balears, de acuerdo con los respectivos objetos, en calidad de entidades del sector público instrumental de la CAIB. La inversión relativa al drenaje de las autopistas de Eivissa se ha llevado a cabo directamente desde la Consejería de Administraciones Públicas.
Incidencias
Tanto el informe de la Abogacía de la CAIB como el informe de la Abogacía del Estado consideran que las obligaciones asumidas por el Ministerio y, por tanto, la vigencia del convenio, no se extinguen hasta que no se subscriba la adenda para completar la financiación del convenio. A pesar de ambos informes, en el momento de redactar este Informe la adenda al convenio continúa sin estar aprobada.
La cuenta justificativa de la inversión correspondiente a la ampliación del puerto de Ciutadella está integrada por 17 facturas con un importe agregado de 14.859 miles de euros, todas con fechas comprendidas entre el 30 de mayo de 2007 y el 30 de setiembre de 2008, anteriores a la firma del convenio, a pesar de que la cláusula 4.3 estipula que «las obras y actuaciones objeto del presente convenio se realizarán en todo caso en un plazo de 3 años desde de la firma de este convenio».
La cuenta justificativa de la inversión correspondiente a los trenes en Mallorca está integrada por 43 facturas, con un importe agregado de 28.651 miles de euros, de los cuales 4, por un importe total de 3.206 miles de euros, son anteriores a la firma del convenio, a pesar de que la cláusula 4.3 estipula que «las obras y actuaciones objeto del presente convenio se realizarán en todo caso en un plazo de 3 años desde la firma de este convenio».
La cuenta justificativa de los drenajes en la carretera de acceso al aeropuerto de Eivissa únicamente incluye la relación de las 7 facturas, por un importe agregado de 671 miles de euros, y una copia de cada una, sin adjuntar memoria descriptiva de las obras.
En las cuentas justificativas no se adjunta el certificado de la Intervención que acredite la veracidad y la regularidad de la documentación justificativa en relación con la actividad objeto del convenio, ni tampoco el certificado del interventor que acredite la no existencia de financiaciones concurrentes.
Tanto la actuación relativa al tren de Mallorca, 23.000 miles de euros, como la de los drenajes de Eivissa, por valor de 500 miles de euros, han sido liquidadas mediante los mecanismos extraordinarios de financiación aprobados en el 2012 y en los ejercicios posteriores; este hecho pone de manifiesto que existe un control insuficiente de los gastos con financiación afectada, dado que la CAIB ha recibido unos fondos finalistas antes de ejecutar el gasto y ha tenido problemas de liquidez para atender el pago.
21. CONVENIO NÚM. 24: FERROCARRIL
Se trata del convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de ferrocarril por un importe de 443.750 miles de euros, que debían ser transferidos a la CAIB mediante la firma de adendas y en función de los créditos que se tenían que implementar en los Presupuestos Generales del Estado.
Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio, se ha encargado su ejecución a SFM, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.
Incidencias
El convenio ha finalizado su vigencia el 31 de diciembre de 2011 sin que se haya recibido la mayor parte de la financiación procedente de la Administración General del Estado que se estipula. La CAIB únicamente ha recibido 57.501 miles de euros de un total pactado de 443.750 miles de euros, es decir, un 12,96 %.
A pesar de que existe una financiación de parte de las actuaciones con fondos FEDER, no figura en el expediente el certificado de la Intervención por el que se haga constar que la concurrencia con otras ayudas no supera en ningún caso el 100 % de la inversión.
A pesar de que el convenio consta como caducado, en toda la documentación remitida por la DGCG no figura ningún oficio ni informe procedente de la AGE que certifique la situación. Además, en el convenio original, cláusula décimoquinta, figura que «las funciones de la Comisión Mixta de Programación, Seguimiento y Control del presente convenio se extenderán hasta la finalización de la ejecución de los proyectos», ejecución que no se ha producido dada la falta de financiación.
22. CONVENIO NÚM. 25: AGUAS Y TORRENTES 2010
Se trata del convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para financiar determinadas inversiones en materia de aguas y torrentes en el año 2010, cuyo objeto es mejorar la calidad de las aguas y los torrentes en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por un importe máximo de 6.000 miles de euros. En el anexo del convenio se cuantifica cada una de las actuaciones que la CAIB debe llevar a cabo con los fondos procedentes del Estado.
Para llevar a cabo las actuaciones objeto de este convenio, se ha encargado su ejecución a ABAQUA, en calidad de entidad del sector público instrumental de la CAIB.
Incidencias
Dado que el reflejo presupuestario del gasto amparado por este convenio no se ha registrado con cargo al fondo finalista que recoge las inversiones estatutarias, no se ha podido efectuar un seguimiento contable de la ejecución de las actuaciones que se amparan en él.
En el anexo del convenio figura un presupuesto de cada una de las obras y las actuaciones. Dado lo que figura en la cláusula cuarta del convenio, el presupuesto es indicativo, ya que se trata de gastos estimados y pueden variar más o menos sobre los gastos previstos. La única actuación ejecutada que no figura en el anexo del convenio es el acondicionamiento y la mejora de los torrentes de Andratx, S’Arracó y Sant Elm, por un importe de 168 miles de euros.
IV. CONCLUSIONES GENERALES
1. La falta de reuniones de la Comisión Mixta de Economía Estado - CAIB impide efectuar el seguimiento de las inversiones previstas en la disposición transitoria novena, de forma global, con la inclusión de las inversiones efectuadas directamente por la AGE y las pactadas directamente con los consejos insulares.
2. A pesar de la cifra de 2.800 millones de euros que figura en la parte expositiva de los diferentes convenios, a 31 de diciembre de 2014, la cantidad realmente emparada en convenios es de 859.516 miles de euros, de los que se han transferido efectivamente a la CAIB fondos por valor de 359.767 miles de euros.
De los 499.749 miles de euros pendientes de transferir, 386.250 miles de euros corresponden al convenio núm. 24, que está caducado dado que acaba su vigencia el 29 de diciembre de 2014, sin que se haya subscrito ninguna adenda adicional posterior a la Adenda II de 12 de enero de 2011, que establece los compromisos de financiación de la Administración General del Estado para ejecutar las actuaciones previstas.
Los 113.500 miles de euros restantes corresponden a los convenios núm. 4 y núm. 23 por valor de 63.500 miles de euros y 50.000 miles de euros, respectivamente, por lo que se continúa reclamando la firma de las adendas correspondientes. En el caso del convenio núm. 23, la CAIB estaría en disposición de justificar el 100 % de las actuaciones.
3. A causa de la crisis, y en virtud del principio de caja única, se han utilizado los fondos finalistas recibidos ex ante para atender el pago de gastos diversos. La falta de liquidez que ha sufrido la CAIB en los últimos años ha dificultado la realización de las inversiones.
4. De forma agregada, se considera que existe un riesgo de reintegro significativo por valor de 45.370 miles de euros, a pesar de que esta cantidad se puede ver minorada significativamente como consecuencia de la firma del Protocolo de Intenciones AGE-CAIB para el impulso financiero de actuaciones inversoras, firmado el 3 de diciembre de 2015. La situación a 31 de diciembre de 2014 es la siguiente:
INVERSIONES ESTATUTARIAS. RIESGO DE REINTEGRO (en miles de euros) |
|||
Núm. |
TÍTULO ABREVIADO |
Importe transferido |
Importe con riesgo de reintegro |
4 |
Playa de Palma |
20.000 |
15.610 |
5 |
Diversas actuaciones turísticas 2009 |
30.000 |
12.825 |
11 |
Complejo Balear de la Investigación |
9.500 |
1.268 |
18 |
LUE; Centro BIT Menorca |
7.500 |
5.000 |
19 |
Diversas actuaciones turísticas 2010 |
20.000 |
8.000 |
21 |
Plataforma logística de distribución turística |
4.000 |
2.667 |
|
TOTAL |
91.000 |
45.370 |
Las diferencias detectadas entre los datos remitidos por los diferentes órganos gestores mediante la DGCG y las reflejadas contablemente ponen de manifiesto una falta de coordinación en el control y el seguimiento del proceso de ejecución estos convenios.
6. La veracidad y la regularidad de las actuaciones que han llevado a cabo entes del sector instrumental de la CAIB han sido certificadas por el mismo gerente de la entidad respetiva y no por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, como ha solicitado en diversas ocasiones la AGE en las comisiones de seguimiento, a pesar de que esta exigencia no figura en los convenios correspondientes. Lo mismo ocurre con el certificado por el que se acredita que la financiación de la inversión no lo ha sido también con cargo a otros fondos.
7. El seguimiento de los proyectos ejecutados en el marco de las inversiones estatutarias es difícil, ya que, a pesar de que los ingresos se han consignado mayoritariamente a través del fondo finalista 31201, no ha sido así con los gastos de determinados convenios que o se han realizado a través de otros fondos finalistas, o bien se han justificado con gastos de partidas no finalistas, aunque ligadas a los mencionados convenios.
V. RECOMENDACIONES
Instrumentar los convenios, las adendas y las actuaciones necesarias para desarrollar el contenido de los Acuerdos previstos en el Protocolo de intenciones entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el impulso financiero de actuaciones inversoras, de 3 de diciembre de 2015.
Centralizar el control y el seguimiento de las inversiones en un único órgano que impulse la tramitación de los convenios, la ejecución y la justificación de las inversiones dentro de los plazos establecidos.
Reclamar al Estado la existencia de un interlocutor único que permita una aplicación homogénea en cuanto a los criterios de justificación de las inversiones efectuadas, las prórrogas o las adendas de financiación.
Efectuar un seguimiento contable exhaustivo de los gastos y de los ingresos afectados para la financiación de la disposición transitoria novena, calcular las desviaciones de financiación acumuladas y del ejercicio y tenerlas en cuenta en el resultado presupuestario y el remanente de tesorería de la CAIB.