Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO DEL DEPORTE HÍPICO DE MALLORCA
Núm. 2459
Decreto de la Presidència del Instituto Hípico de Mallorca relativo a la delegación de la orden de publicación de las normas, acuerdos y resoluciones de la Junta Rectora y del Presidente en el Boletín Oficial de las Islas Baleares
El señor Presidente del Instituto del Deporte Hípico de Mallorca, el dia 7 de febrero de 2017, ha resuelto:
"1. Día 2 de agosto de 2012, se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el que se regula el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
2. El mismo día, también se publicó la Orden del consejero de Presidencia del Gobierno de las Islas Baleares, de 30 de julio de 2012, por el que se regula el procedimiento de tramitación telemática de los documentos que se tienen que insertar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Fundamentos
1. En el articulo 17, letra c), de los Estatutos del Instituto del Deporte Hípico de Mallorca, se establece que corresponde al presidente del Instituto cumplir i hacer cumplir los acuerdos y resoluciones adoptados por los órganos de gobierno.
2. En el ámbito de la nueva regulación del Boletín Oficial de las Islas Baleares, y en vista de la próxima implantación del procedimiento de envío telemático de los documentos que deben publicarse, se crea el registro automatizado de autoridades y personal facultado para ordenar la inserción de textos mediante la firma electrónica en el marco de la nueva aplicación informática Edictos.
3. Para agilizar el envío de los anuncios que se deben de publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
RESUELVO:
1. Delegar la atribución de la orden de publicación de las normas y de los acuerdos de la Junta Rectora de este Instituto, así como de los decretos y de los edictos en relación con la materia que me es propia, en la persona que ejerza la Secretaria del Instituto, así como en las personas que le sustituyan para los supuestos de enfermedad o ausencia legal o reglamentaria.
2. Notificar este Decreto a las personas interesadas.
3. Establecer que este Decreto entrará en vigor el mismo día que se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
4. Dar cuenta a la Junta Rectora en la primera sesión que celebre."
Palma, 7 de febrero de 2017
El secretario delegado de l'IEHM
(Por delegación del Secretario General del Consell
de Mallorca, BOIB núm. 140 de 5/11/2016)
Nicolau Conti Fuster