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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO DEL DEPORTE HÍPICO DE MALLORCA

Núm. 2459
Decreto de la Presidència del Instituto Hípico de Mallorca relativo a la delegación de la orden de publicación de las normas, acuerdos y resoluciones de la Junta Rectora y del Presidente en el Boletín Oficial de las Islas Baleares

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El señor Presidente del Instituto del Deporte  Hípico de Mallorca, el dia 7 de febrero  de 2017, ha resuelto:

"1. Día 2 de agosto de 2012, se  publicó  en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el que se regula el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

2. El mismo día,  también se publicó la Orden  del consejero  de Presidencia del Gobierno de las Islas Baleares,  de 30 de julio de 2012, por el que se regula el procedimiento de tramitación telemática de los documentos que se tienen que insertar en el Boletín  Oficial de las Islas  Baleares.

Fundamentos

1. En el articulo 17, letra c), de los Estatutos del Instituto del Deporte  Hípico de Mallorca, se establece que  corresponde  al presidente del Instituto cumplir i hacer cumplir los acuerdos y resoluciones adoptados por los órganos de gobierno.

2. En el ámbito de la nueva regulación  del Boletín Oficial de las Islas Baleares, y en vista de la próxima implantación del procedimiento de envío telemático  de los documentos que deben publicarse, se crea el registro automatizado de autoridades y personal facultado para ordenar la inserción de textos mediante la firma electrónica en el marco de la nueva aplicación  informática Edictos.

3. Para  agilizar  el envío de los anuncios que se deben de publicar en el Boletín Oficial de las Islas  Baleares.

RESUELVO:

1. Delegar la atribución de la  orden de publicación  de las normas y de los acuerdos de la Junta Rectora de este Instituto, así como de los decretos y de los edictos en relación con la materia que me es propia, en la persona que ejerza la Secretaria del Instituto, así como en las personas que le sustituyan para los supuestos de enfermedad o ausencia legal o reglamentaria.

2. Notificar este  Decreto a las personas  interesadas.  

3. Establecer que este  Decreto entrará en vigor el mismo día que se publique en el Boletín Oficial de las Islas  Baleares.  

4. Dar cuenta a la Junta  Rectora en la primera sesión que  celebre."

 

Palma, 7 de febrero de 2017

 

El secretario delegado de l'IEHM

(Por delegación del Secretario General del Consell

de Mallorca, BOIB núm. 140 de 5/11/2016)

Nicolau Conti Fuster