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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE CAMPOS

Núm. 2363
Anuncio bajas padrón de habitantes

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

DECRETO DE ALCALDIA

Visto el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial, que literalmente dice: “Los ayuntamientos darán de baja de oficicio, por inscripción indebida, a las personas que figuren empadronadas incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 de ese reglamento, una vez comprobada esta circunstancia con el correspondiente expediente, en el que se dará audiencia al interesado. Ese deberá comunicar el municipio o país en el que vive habitualmente y solicitar, por escrito, el alta en el padrón municipal o registro de Matrícula de la oficina o Sección Consular correspondiente. Dicha solicitud será tramitada per el ayuntamiento que acuerde la baja de oficio. Si el interesado no manifiesta expresamente su conformidad con la baja, esta sólo podrá llevarse a término con el informe favorable del Consejo de Empadronamiento”.

Visto el artículo 54 del que dice: “Toda persona que viva en España, está obligada a inscribirse en el padró municipal donde reside habitualmente, si vive en más de un municipio deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo del año”.

Dado que, en los casos de referencia se ha dado audiencia a los interesados, tal y como queda reflejado en el correspondiente expediente de baja.

Dado que el Consejo de Empadronamiento ha informado favorablemente el referido expediente en fecha 15/02/2017.

Visto el artículo 2.1 1º de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que otorga al alcalde una competencia residual cuando establece: “las demás atribuciones que expresamente le atribuyen las leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas asignen al municipio y no atribuyen a otros órganos municipales”.

Por todo ello, RESUELVO:

1. Declarar la baja de oficio, por inscripción indebida,  a las siguientes personas:

TANIA GARCIA FLORES

ALEJANDRO GUTIERREZ MARTINEZ

STEFANIE FELLENZER

 

Campos, 17 de febrero de 2017

El batle,

Sebastiàn Sagreras Ballester