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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE LLUBÍ

Núm. 2307
Rectificación errores bases bolsín Arquitecto

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Texto

Mediante Decreto de Alcaldía núm. 75, de fecha 6 de marzo 2017, se ha resuelto rectificar los errores materiales advertidos en el anuncio de las “BASES CONVOCATORIA SELECCIÓN MEDIANTE SISTEMA CONCURSO PARA LA PROVISIÓN INTERINA De UNA PLAZA De ARQUITECTO Y CREACIÓN De UNA BOLSA DE SUSTITUCIONES”.

  

Llubí, 6 de marzo de 2017

La Alcaldesa

Magdalena Perelló Frontera

    

Se publica a continuación el mencionado Decreto:

“DECRETO DE ALCALDIA

Rectificación de errores materiales observados a las bases del concurso para la selección interina de un arquitecto municipal a tiempo parcial y creación de una bolsa de sustituciones

Antecedentes:

1. En fecha 2 de diciembre de 2016 la secretaría-interventora emitió un informe en el cual proponía la incoación de un proceso selectivo para selección interina de un arquitecto municipal, a tiempo parcial, y creación de una bolsa de sustituciones, al amparo del previsto al artículo 10.1.c) del Real decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refús de la Ley del estatuto básico del empleado público (TREBEP), que prevé la posibilidad de nombramiento de funcionarios interinos, para el ejercicio de funciones propias de los funcionarios de carrera, cuando se dé la circunstancia de ejecución de un programa de carácter temporal el cual no podrá tener una duración superior a tres años, ampliable hasta doce meses más por las leyes de función publica de las comunidades autónomas respectivas cómo es el caso de las Islas Baleares.

2. La Junta de Gobierno Local, en sesión de día 19 de diciembre de 2016, aprobó las bases que tienen que regir el mencionado proceso selectivo, si bien se ha observado un error de trascripción material dado que en estas se justifica la convocatoria del proceso selectivo en el apartado “a” del artículo 10.1 del TREBEP, el cual está previsto por la circunstancia de interinidad derivada de existencia de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera, cuando tendría que haber estar citado la apartado “c” del mismo precepto, que es precisamente el supuesto explicado en el informe de la secretaria-interventora de fecha 2 de diciembre de 2016 que fundamenta el acuerdo adoptado de aprobación de las bases por la Junta de Gobierno Local.

3. La secretaria-interventora, en fecha 2 de marzo, ha emitido un nuevo informe donde se constata el error material observado y propone su rectificación mediante el acuerdo oportuno de la Junta de Gobierno Local.

Fundamentos de derecho:

- Artículo 10.1., apartados a) y c) del Real decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley del estatuto básico del empleado público (TREBEP).

- Artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Por todo esto, esta Alcaldía, de acuerdo con las atribuciones que le confieren las disposiciones vigentes, por el presente RESUELVE:

Primero.- Rectificar el error material de las bases para la selección del concurso para la selección interina de un arquitecto municipal a tiempo parcial y creación de una bolsa de sustituciones, en el sentido que la convocatoria del proceso selectivo se deriva del artículo 10.1., apartado “c”) del Real decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refús de la ley del estatuto básico del empleado público, y no del apartado “a”) cómo erróneamente se había mencionado.

Esta rectificación se extiende, consecuentemente, a las referencias explicativas del supuesto que se corresponde con la letra del precepto adecuadamente corregida.

Segundo.- Publicar este acuerdo de rectificación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Llubí y en su web corporativa, a efectos de su conocimiento.

  

Llubí, 6 de marzo de 2017    

                                                                      Ante mí,

La Alcaldesa                                                    La Secretaría

Magdalena Perelló Frontera                                María José Escánez González