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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA - PALMAACTIVA-

Núm. 2302
PalmaActiva.- Bases reguladoras y convocatoria del V Concurso de premios a los mejores proyectos empresariales de estudiantes. (Publicado extracto en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ID334370)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Consejo Rector de PalmaActiva, en sesión de día 28 de febrero de 20017, aprobó la convocatoria y las bases reguladoras del V Concurso de premios a los mejores proyectos empresariales de estudiantes. Se publican las citadas bases para general conocimiento.

Contra el presente Acuerdo, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde su aprobación, y en este caso no se puede interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo tendrá que presentarse en el Registro de este Organismo o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes citada. Se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, puede interponerse directamente recurso contencioso administrativo, según lo que establece el artículo 123 antes citado y lo que dispone la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de su aprobación, todo esto sin perjuicio de cualquiera otro recurso o acción que se considere conveniente

 

Palma, 6 de marzo de 2017

La gerente

Susana Rincón Otero

Bases V concurso de premios a los mejores proyectos empresariales de estudiantes

1.– Objetivo general

El V concurso de proyectos empresariales “Mejores proyectos empresariales de estudiantes”, se tramitará por el procedimiento de concurrencia competitiva, y tiene como objetivos:

-Dar apoyo y difundir la cultura emprendedora entre los estudiantes y los miembros de los centros educativos y estimular el espíritu emprendedor de los alumnos.

-Fomentar y promover iniciativas innovadoras en el ámbito educativo, creando instrumentos que estimulen la cultura emprendedora entre los alumnos.

-Promover el interés de los alumnos hacia la autoocupación, la cultura emprendedora y la creación de empresas.

-Mejorar la capacitación de los jóvenes emprendedores/as reforzando sus conocimientos en los aspectos de gestión y administración de empresa, dándoles apoyo en la fase de implementación y redacción del plan de empresa.

-Que los alumnos conozcan su entorno y sean capaces de desarrollar proyectos reales o potenciales que den respuesta a las demandas y necesidades del mercado de la sociedad en la que viven.

-Reconocer y premiar el esfuerzo y la iniciativa de los alumnos en la planificación de proyectos de empresa viables en el mercado.

2.- Aplicaciones presupuestarias

El crédito total máximo asignado a la presente convocatoria es de 5.298 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 40.43310.48900/00 del vigente presupuesto de gastos de PalmaActiva, con la siguiente distribución:

- 4.500 euros como coste del valor de adquisición de los vales regalo

- 798 euros, como valor de la retención a ingresar a Hacienda a nombre de los beneficiarios. Dicha cuantía podrá modificarse al alza o a la baja para acomodarla a las normas fiscales vigentes en el momento de su ingreso, incrementando -en su caso- el presupuesto destinado a la actividad.

Los premios, si procede, estarán sujetos a la normativa fiscal vigente.

3.- Premios

La convocatoria tiene dos categorías de premios.

a.- Premios destinados a los grupos de alumnos participantes. Los premios se otorgaran a los mejores proyectos y son:

-Primer premio: Vales por valor total de 2.000 euros

-Segundo premio: Vales por valor total de 1.000 euros

-Tercer premio: Vales por valor total de 500 euros

b.- Premio destinado a los centros educativos. Un único premio:

-Premio especial para el centro educativo del primer premio: Vale por valor de 1.000 euros

La concesión de los premios es compatible con cualquier otro tipo de ayuda o premio.

4.- Participantes y tipos de proyectos

4.1- Participantes

La presente convocatoria va dirigida a los centros educativos públicos, concertados y  privados de Palma que impartan estudios de segundo de Bachillerato y cualquier estudio de los Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior, y los alumnos matriculados en dichos centros y estudios del curso 2016-2017.

4.2- Tipos de proyectos

Los alumnos tendrán que elaborar un proyecto de empresa que puede versar sobre cualquier actividad económica lícita, ya sea, social, cultural, tecnológica, comercial o de servicios, sin limitación de ningún tipo, con especial atención a los proyectos dentro de los nuevos yacimientos de ocupación y economía creativa.

Los trabajos deberán ser originales, inéditos y realizados directamente por los propios participantes, no pueden haber sido presentados o premiados en otras actividades, concursos o certámenes iguales o similares. Deberán estar contextualizados en el entorno socioeconómico de las Islas Baleares. No podrán presentarse proyectos sobre franquicias y actividades franquiciadas.

5.- Inscripción. Presentación de solicitudes y documentación

El concurso se articula sobre una doble participación, la de los centros educativos y la de los alumnos matriculados en los mismos. 

a.- Centros educativos. Los centros educativos interesados en que sus alumnos participen en la presente convocatoria presentaran instancia modelo, anexo I, en el plazo de 15 días naturales desde la publicación de la presente convocatoria en el BOIB, en el que harán constar los datos del profesor/es participante/s que realizaran las funciones descritas en el punto 6.1 de la presente convocatoria. La participación de un centro educativo es requisito para la participación de sus alumnos.

b.- Alumnos. La participación será por grupos, cada grupo deberá estar integrado por un mínimo de 2 y un máximo de 5 miembros. Todos los miembros integrantes de un grupo deberán ser del mismo centro educativo, pudiendo participar en un mismo proyecto alumnos de diferentes especialidades. No hay límite en el número de grupos participantes por centro educativo. Un mismo alumno no podrá participar en más de un proyecto.

Los grupos interesados en participar presentaran instancia modelo, anexo II, donde constarán los compromisos de participación y que será firmada conjuntamente con el profesor o tutor del centro educativo del grupo.

Podrán presentarse solicitudes durante los 30 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOIB.

Las solicitudes de participación en formato impreso se entregarán en el registro de PalmaActiva ubicado en la calle Socors 22 de Palma, dentro del horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes. También podrán presentarse en formato electrónico o al correo electrónico sae@palmaactiva.com.

El órgano instructor es el Área de Promoción Económica y Emprendedores de PalmaActiva, instruye el expediente el Jefe del Área de Promoción Económica y Emprendedores. Resuelve el expediente la Gerencia de Palmaactiva, que ostenta facultades para resolución de dudas, incidencias y emisión de instrucciones, previo informe del órgano instructor.

Una vez finalizado el período de inscripción, si el órgano competente observara alguna deficiencia podrá requerir a los solicitantes, ya sean centros educativos o alumnos, para que en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles las subsane, con apercibimiento que en caso contrario se les tendrá por desistidos de la solicitud presentada. Las enmiendas se resolverán en el plazo de 5 días hábiles siguientes.

6.- Fases del concurso

El concurso consta de dos fases. Recibidas todas las instancias de participación, de los Centros Educativos y de los alumnos, el órgano instructor en el plazo máximo de 15 días informará de las solicitudes y alumnos admitidos y excluidos. Los admitidos pasarán a la fase formativa donde contarán con el asesoramiento de PalmaActiva y la participación del profesor del centro educativo indicado en la instancia.

6.1- Fase formativa:

Se inicia una vez determinado los proyectos admitidos y finaliza con la última sesión de asesoramiento de los técnicos de Palmaactiva. En esta fase se acordará con cada centro educativo la realización de 3 talleres formativos de una duración de entre 90 y 120 minutos. Los talleres versarán sobre la siguiente temática de creación de empresas y combinarán formación presencial y actividades prácticas:

- Generación de ideas

- Genera tu modelo de negocio CANVAS

- Plan de empresa práctico

- Sesión de asesoramiento

En los diferentes talleres formativos se introducirán aspectos y contenidos referentes a la relación de las empresas con su entorno, tipos de acciones y políticas que pueden desarrollar para poder conseguir una mejora social, económica o ambiental.

Los talleres formativos y las sesiones de asesoramiento se harán en coordinación con el profesor responsable de cada centro educativo, con el cual se determinará la fecha, horarios y lugar de impartición de las materias formativas. Desde la organización del concurso se planificarán acciones formativas opcionales de manera que puedan asistir diferentes centros a la misma charla.

El profesor ejercerá de tutor de los diferentes proyectos del Plan de Empresa presentados por su correspondiente centro educativo y contará con el apoyo permanente de los técnicos de PalmaActiva.

La formación se llevará a cabo a partir del inicio de la actividad y hasta el mes de abril de 2017. No será necesaria para aquellos alumnos y centros en que ya se haya impartido formación por PalmaActiva con el contenido de la base 6.1.

6.2- Fase de entrega de proyectos finales y selección de ganadores

Finalizada la fase anterior, con la formación recibida cada grupo participante presentará un proyecto que estará formado por el plan de empresa de su idea de negocio y una presentación audiovisual del mismo. La extensión máxima recomendad del plan de empresa en formato libre no tiene que superar las 40 hojas, DinA4 tamaño máximo de letra Arial 12, incluido el apartado de presentación o “resumen ejecutivo” que tendrá una extensión máxima de 2 hojas, y una presentación de su idea de negocio, mediante la metodología Canvas.

La presentación audiovisual tendrá una duración no superior a noventa segundos.

Dicho proyecto se entregará en el plazo de 15 días naturales desde la finalización de la fase formativa y la deberán presentar en el registro de Palmaactiva ubicado en la calle Socors 22 de Palma, dentro del horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, que deberán presentarlo en formato impreso y en soporte electrónico, en CD o USB.

Para evaluar los planes de empresa se formará una Comisión Evaluadora, que estará integrada por:

- Dos técnicos de Promoción Económica y Emprendedores.

- El Jefe de Área de Promoción Económica y Emprendedores.

- La Gerencia de PalmaActiva, que ostentará la presidenta de la Comisión.

Determinada su composición, se publicará en la web de Palmaactiva. Realizará las funciones de secretario de la comisión y levantará acta el Jefe de Área de Promoción Económica y Emprendedores.

La evaluación de los proyectos se hará según los siguientes criterios, con un total máximo de 100 puntos, resultando ganador aquel proyecto que obtenga mayor puntuación.

Criterio 1. Viabilidad económica financiera y comercial (Plan de inversiones, cuenta de resultados, conocimiento y estudio de mercado). Hasta 30 puntos.

El análisis de la viabilidad económica y financiera se realizará en función de los siguientes criterios:

- Grado de desarrollo y coherencia técnica del Plan de Inversiones inicial. Hasta 5 puntos.

- El análisis y coherencia técnica de la Cuenta de Resultados, se valorará según la concordancia entre los ingresos previstos y los medios de producción contemplados para desarrollar la actividad, el análisis de los gastos previstos en el plan económico y la liquidez prevista para mantener la actividad de la empresa. Hasta 5 puntos.

El análisis de la actividad comercial de la actividad se realizará según los siguientes criterios:

- Desarrollo del estudio de mercado: Análisis de factores externos que pueden influir en el proyecto, fuentes de información consultadas y explicación y comprensión de los datos analizados. Hasta 5 puntos.

- Grado de conocimiento del producto o servicios que se ofrecerá al mercado: Explicación del sistema productivo o de prestación del servicio. Hasta 5 puntos.

- Justificación del mercado potencial dentro del ámbito local. Hasta 5 puntos.

- Desarrollo de las acciones contempladas en el plan de marketing. Hasta 5 puntos.

Criterio 2. Coherencia global del proyecto Hasta 45 puntos.

Para analizar la coherencia global del proyecto se valorarán los siguientes criterios:

- La presentación, redacción y estructura del proyecto. Hasta 5 puntos.

- Resumen Ejecutivo. Presentación y capacidad de síntesis del proyecto en el resumen ejecutivo. Hasta 5 puntos.

- Posibilidad real de desarrollar la actividad. Hasta 5 puntos.

- Desarrollo, coherencia y explicación de la presentación del proyecto mediante la metodología Canvas. Hasta 5 puntos.

- Desarrollo, uso y explicación de la herramienta Mapa de empatía. Hasta 5 puntos.

- Desarrollo, uso y explicación de la herramienta Curva de valor. Hasta 5 puntos.

- Actuaciones de integración social en su entorno, medidas de Responsabilidad Social Corporativa hacia la mejora social, económica y ambiental. Hasta 15 puntos.

Criterio 3. Grado de innovación tecnológica y creatividad (utilización de las nuevas tecnologías y/o utilización de nuevas ideas de gestión en el proceso productivo). Hasta 15 puntos.

El análisis del grado de innovación tecnológica se analizará con los siguientes criterios:

- Inversión inicial en tecnología. Hasta 5 puntos.

- Relación del proyecto con las tecnologías de la información y conocimiento. Hasta 5 puntos.

- Grado de creatividad del proyecto.

-Hibridación de productos o servicios ya existentes ofreciendo un nuevo producto o servicio. Hasta 5 puntos.

Criterio 4. Presentación audiovisual del proyecto. Hasta 10 puntos.

Para analizar el proyecto audiovisual se valorarán los siguientes criterios:

- Se valorará la claridad en la explicación del producto o servicio presentado. Hasta 5 puntos.

- Se valorará el grado de dificultad, las técnicas utilizadas y el esfuerzo necesario para realizar el proyecto audiovisual. Hasta 5 puntos.

Los proyectos se ordenarán por orden de puntuación obtenida, a los efectos de renuncia o cancelación de los premios otorgados a los ganadores.

6.3- Premios

Los premios, tanto los de la categoría de grupos de alumnos participantes como el de centro educativo no se abonarán en efectivo sino en forma de vales por un importe determinado, que se pueden intercambiar por la adquisición de productos en un establecimiento adherido al concurso, en las condiciones que se establezcan.

En la convocatoria se recoge la cuantía destinada a cada categoría de los premios con cargo a los presupuestos de PalmaActiva. El organismo autónomo buscará la colaboración y participación de entidades interesadas en el presente concurso.

El importe total máximo de cada premio es el indicado en la base tercera más las aportaciones que se puedan hacer conforme al párrafo anterior. Los importes de los premios se dividirán en partes alícuotas entre todos los miembros integrantes del proyecto. Los abonos se realizarán individualmente y directamente a cada miembro.

Los premios estarán sujetos a la retención fiscal vigente en el momento de su abono.

Los beneficiarios de los premios no tienen que hallarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la ordenanza municipal de subvenciones y el artículo 13.2 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones.

La Gerencia de PalmaActiva es el órgano administrativo competente para resolver el concurso, conforme al artículo XXI de los estatutos, agota la vía administrativa. Contra la misma podrán presentarse alegaciones en el plazo de 10 días, recurso potestativo de reposición o reclamación contenciosa administrativa.

7.- Acto de clausura y entrega de premios

El acto de clausura es un reconocimiento público a los alumnos y centros educativos participantes como futuros motores de nuestra economía local.

Los nombres de los proyectos ganadores y la entrega de premios se hará en el acto público de clausura con los integrantes del concurso “Mejores proyectos empresariales”.

8.- Obligaciones

El centro educativo ganador del premio especial del primer premio deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

- Hacer publicidad de su otorgamiento en sus medios de comunicación habituales (web, redes Internet, etc.) en la forma en que se acuerde por PalmaActiva.

- Dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 11 de la ordenanza municipal de subvenciones, del Ayuntamiento de Palma en todo lo que le sea de aplicación.

-Si se encuentra en alguna causa de reintegro, reintegrar la cuantía recibida.

Los alumnos tienen las siguientes obligaciones:

-Aceptar la concesión del premio otorgado.

9.- Incumplimientos

Se considera incumplimiento de la finalidad establecida en la presente convocatoria:

1.- La falsedad en los datos aportados.

2.- La obtención del premio falseando las condiciones requeridas.

3.- El incumplimiento de lo dispuesto en el art. 11 de la ordenanza municipal de subvenciones del Ayuntamiento de Palma en todo el que sea de aplicación

Los reintegros se realizarán en la forma establecida en el capítulo II del Título IV de la ordenanza municipal de subvenciones del Ayuntamiento de Palma y artículos 36 a 43 y 3.3 del Real Decreto 887/2006, reglamento de subvenciones, con derecho de audiencia de las personas interesadas.

10.- Normativa complementaria

Para todo lo no previsto en la presente convocatoria son de aplicación la ordenanza municipal  de subvenciones, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de fecha, 26 de febrero de 2015, BOIB núm. 35 de 12 de marzo de 2015, -bases reguladoras de la presente convocatoria- la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, i el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio que aprueba el reglamento de la ley de subvenciones.