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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TERRITORIO, ENERGÍA Y MOVILIDAD

Núm. 2289
Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 2 de marzo de 2017 por la que se somete a información pública el Anteproyecto de la ley de urbanismo de las Islas Baleares

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El 1 de septiembre de 2016 el consejero de Territorio, Energía y Movilidad ordenó el inicio del procedimiento de elaboración del proyecto de la nueva ley de ordenación y uso del suelo de las Islas Baleares, y designó a la Dirección General de Ordenación del Territorio como órgano responsable de su tramitación. 

Por todo ello, una vez redactada la propuesta del Anteproyecto de ley de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad por el que se regula el urbanismo de las Islas Baleares, dicto la siguiente

Resolución

1. Someter a información pública el Anteproyecto de la ley de urbanismo de las Islas Baleares, por un plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOIB.

2. Poner una copia del texto del Anteproyecto de ley, durante el plazo previsto, a disposición de las personas interesadas en la sede de la Dirección General de Ordenación del Territorio, situada en la c/ del Gremi de Corredors, 10, 3ª planta, en la web de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad ‹http://tem.caib.es›, i en el Portal de Participación Ciudadana ‹http://participaciociutadana.caib.es› del Gobierno de las Islas Baleares.

3. Informar que las alegaciones se deberán presentar en la sede de la Dirección General de Ordenación del Territorio, situada en la c/ del Gremi de Corredors, 10, 3ª planta, o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y deben ir dirigidas a la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad (Dirección General de Ordenación del Territorio).

4. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos mediante el apartado “Participación en la elaboración de normativa” de la página web Participación Ciudadana <http://participaciociutadana.caib.es> del Govern de les Illes Balears, en el plazo que se establece en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o entidad que hace las alegaciones, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, a pesar de que no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A este efecto, el funcionario o funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente emitirá una diligencia de las alegaciones presentadas.

5. Ordenar que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 2 de marzo de 2017

El consejero de Territorio, Energía y Movilidad

Marc Pons i Pons