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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA BALEAR DEL AGUA Y LA CALIDAD AMBIENTAL

Núm. 2163
Resolución de la cesión del uso gratuita y temporal de los terrenos de la desaladora de Son Ferrer (Calvià), propiedad de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental, a favor de la entidad Calvià 2000, S.A.

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Texto

Hechos.

1.- En fecha 29 de abril de 2016, y registro de entrada en la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental con el nº 782/16, la entidad Calvià 2000, S.A., solicitó  a la Agencia, la posibilidad de la cesión del uso de los terrenos de la antigua planta desaladora de Son Ferrer, con el fin de instalar  un local de limpieza viaria.

2.- En fecha 14 de julio de 2016 el Jefe del Área de Construcción y Gestión de Abastecimiento de Desaladoras de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental informó sobre el uso temporal de los terrenos donde se ubica la desaladora de agua de mar de Son Ferrer, en los siguientes términos:

La desaladora de Son Ferrer no se encuentra en funcionamiento en la actualidad, presentando un total estado de abandono en relación a su mantenimiento y conservación.

Según las datos que se encuentran en este organismo la desaladora de Son Ferrer dejó de funcionar en el año 2010, no siendo previsible su uso ni los de los terrenos que ocupa por parte del Área de Construcción y Gestión del Abastecimiento y Desaladoras de ABAQUA .

 3.- En fecha 19 de julio de 2016, el servicio jurídico de la Agencia informó favorablemente sobre el inicio y la autorización del expediente de cesión del uso gratuito y temporal de los terrenos donde se encuentra ubicada la desaladora de Son Ferrer (Calvià), propiedad de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental, a favor de la entidad Calvià 2000, S.A.

4.- En fecha 27 de julio de 2016, el Consejo de Administración de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental aprobó, entre otros, los siguientes acuerdos:

Primero.- El inicio del expediente de la cesión del uso gratuita y por el plazo de diez años (prorrogables hasta veinte años), de los terrenos de la desaladora de Son Ferrer (Calvià), propiedad de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental, a favor de Calvià 2000, S.A.

Segundo.- Delegar la firma al director gerente de la Agencia para la prosecución del expediente hasta poder hacer efectiva la mencionada resolución de cesión del uso gratuita y temporal.

Normativa de aplicación.

1.- El artículo 25.1 de la Ley 7/2010, de fecha 21 de julio del sector público instrumental de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, señala, que el régimen patrimonial es, para las entidades con personificación pública, lo previsto en la legislación sobre patrimonio de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

2.- Los artículos 6 y 23 de la Ley 6/2011, de fecha 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, clasifica los bienes en demaniales y patrimoniales y señala los requisitos necesarios para poder hacer efectiva la cesión del  uso gratuita y temporal los bienes demaniales.

3.- Los artículos 27 y 125 del Decreto 127/2005, de fecha 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de fecha 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares , que establecen el contenido de la autorización de dicha cesión del uso gratuita y temporal, el procedimiento para poder llevarla a cabo, y la formalización de la mencionada cesión del uso.

4.- El artículo 14.1. e) del Decreto 100/2015, de fecha 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental, señala que el órgano competente para autorizar la cesión del uso gratuita y temporal de los terrenos de la desaladora de Son Ferrer (Calvià), es el Consejo de Administración.

Por todo lo anteriormente expuesto y en virtud de lo acordado en el Consejo de Administración de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental de fecha 27 de julio de 2016, dicta la siguiente:

RESOLUCIÓN

Ceder el uso gratuito y temporal de los terrenos de la desaladora de Son Ferrer (Calvià), propiedad de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental, a favor de Calvià 2000, S.A., con las siguientes condiciones:

Primera.- Los terrenos de la desaladora de Son Ferrer (Calvià) se destinarán para ubicar las instalaciones adscritas a los servicios de limpieza viaria y gestión de residuos sólidos urbanos para los núcleos de Son Ferrer, El Toro, Magaluf, Palma Nova, Son Caliu y por el paseo de Calvià.

Segunda.- El plazo de dicha cesión del uso será de diez años, prorrogables hasta un máximo de veinte años, de acuerdo con lo previsto con el artículo 23.1 de la Ley 6/2001, de fecha 11 de abril, del Patrimonio de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

Este plazo empezará a contar desde la aceptación de la cesión del uso gratuita y temporal de los terrenos de la desaladora de Son Ferrer (Calvià.)

Tercera.- Calvià 2000, S.A., asume todos los gastos de mantenimiento y conservación de los terrenos de la desaladora de Son Ferrer (Calvià.)

Cuarta.- Calvià 2000, S.A.,  asume cualquier obligación que se pueda generar del uso de los terrenos de la desaladora de Son Ferrer (Calvià), asumiendo el pago del impuesto sobre los bienes inmuebles, de acuerdo con lo previsto en la letra f) el aparte 3 del artículo 27 del Decreto 127/2005, de fecha 16 de diciembre de desarrollo de la Ley 6/2001, de fecha 11 de abril del Patrimonio de la CAIB.

Quinta.- Calvià 2000, S.A., no puede realizar ningún acto que restrinja las facultades de libre disposición que tiene la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental sobre los terrenos de la desaladora de Son Ferrer (Calvià.)

Sexta.- Los servicios técnicos de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental podrán inspeccionar en cualquier momento los terrenos de la desaladora de Son Ferrer (Calvià.)

Séptima.- Firmada y aceptada la resolución de la cesión del uso de los terrenos de la desaladora de Son Ferrer (Calvià), se formalizará un acta de entrega entre la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental y Calvià 2000, S.A.

Octava.- La cesión del uso gratuita y temporal de los terrenos de la desaladora de Son Ferrer no se formalizará en escritura pública.

Novena.- La referencia registral de parte del terreno objeto de cesión es la siguiente:

Inscrita en el Registro de la propiedad Calvià 1 al tomo 4.420, libro 1.581, hoja 35 y finca 65.629. inscripción nº1.

Décima.- El incumplimiento de las condiciones señaladas en la presente resolución determinará la revocación de dicha cesión del uso temporal con la tramitación del expediente contradictorio oportuno.

Undécima.- A la fecha de finalización de la cesión del uso Calvià 2000, S.A., entregará los terrenos de la desaladora de Son Ferrer (Calvià), a la Agencia mediante el levantamiento de la correspondiente acta de recepción, previa conformidad de los servicios técnicos de la Agencia, en las mismas condiciones en que fueron entregados. Cualquier deterioro de los terrenos de la desaladora de Son Ferrer y de las instalaciones que se produzca a lo largo de la duración de la cesión será a cargo de Calvià 2000, S.A.

Interposición de recurso.

Contra esta Resolución - que no agota la vía administrativa - se puede interponer recurso de alzada ante el Consejo de Administración de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental.

  

Palma, 11 de octubre de 2016

El Director gerente de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental,

Antoni Garcias Coll