Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 2154
Aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida y traslado de animales vivos o muertos
El Pleno del Ayuntamiento de Andratx en sesión extraordinaria celebrada el 14 de diciembre de 2016, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal siguiente:
Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida y traslado de animales vivos o muertos.
En conformidad con la regulación del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), el citado acuerdo ha sido expuesto al público para información pública por un plazo de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares Nº 2, de fecha 5 de enero de 2017 sin que se haya presentado ninguna reclamación, y por lo tanto, el expediente se considera aprobado definitivamente.
A continuación, y de acuerdo con el artículo 17.4 del TRLRHL, se publica el acuerdo y el texto íntegro de las modificaciones:
ACUERDO Y TEXTO INTEGRO
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRASLADO DE ANIMALES VIVOS O MUERTOS.
1º ) Aprobar la modificación del artículo 5.- Cuota Tributaria de la Ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de animales vivos o muertos, quedando tal y como figura a continuación:
“Articulo 5
Cuota tributaria
1. La cuota tributaria se determinará por la aplicación de las tarifas contenidas en el anexo de esta ordenanza
Concepto |
Importe |
Recogida de animal suelto |
30,00 |
Traslado animal vivo |
20,00 € |
Traslado animales muertos (siempre con certificado veterinario) Por desplazamiento Por el tratamiento |
20,00 € 10,00 € |
Traslado animales muertos desde la clínica veterinaria Por desplazamiento Por el tratamiento de cada cadáver recogido en cada servicio |
20,00 € 10,00 € |
Estancia en dependencia municipales, por día |
3,00 € |
Por cada perro entregado por el propietario para adoptar |
63,00 € |
2.- En el caso que el propietario notifique la pérdida antes de que el animal haya sido recogido o trasladado a la perrera municipal y no haya reincidencia, no se liquidará la tasa”
Andratx, 23 de febrero de 2017
El Alcalde
Jaume Porsell Alemany