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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 2040
Resolución de la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la cual se ordena iniciar el expediente para la cesión gratuita de la finca Es Cos (Costa Nord) a favor del Ayuntamiento de Valldemossa para destinarla a actividades culturales, turísticas y de competencia municipal i se autoriza la ocupación temporal (Exp. DGTPFP 065/2017 PATRIM)

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Texto

Antecedentes

1.El 16 de febrero de 2017, tuvo entrada en el registro de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, oficina de Patrimonio (núm. de registro L15E3604/2017), un oficio de la Directora adjunta de la Agencia de Turismo de las Illes Balears (ATB) en el cual se daba traslado de la solicitud de cesión gratuita de Costa Nord por parte del Ayuntamiento de Valldemossa.

2.Se incorpora al expediente la comunicación de 17 de febrero de 2017 del Director Gerente de la ATB que forma parte del expediente DGTPFP 66/2017 PATRIM de desafectación del dominio público y desadscripción de la finca Es Cos (Costa Nord) mediante la cual se solicita que se tramite la cesión gratuita de la finca mencionada a favor del Ayuntamiento de Valldemossa. 

3.La finca sobre la que se solicita la cesión gratuita es la siguiente: 

Finca Es Cos (Costa Nord), ubicada en la avenida de Palma, núm. 6 de Valldemossa Parcela F, urbana de uso residencial. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Palma número 8 en el tomo 5540, libro 71, folio 25, finca registral 1806.

IDUFIR: 07028000013175

Referencia catastral: 7659701DD6975N0001WO

Activo fijo: 100000011758-0 

4.El 21 de febrero de 2017, el Ayuntamiento de Valldemossa ha solicitado una cesión temporal del bien de referencia mientras se tramita la cesión gratuita 

5.El Ayuntamiento de Valldemossa expone que necesita urgentemente trasladar las oficinas situadas en la casa consistorial por el inicio de unas obras de reforma por un período de tres meses. 

6.El artículo 56.3.i de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, permite adoptar medidas provisionales. 

7.El artículo 56.2 de la misma Ley establece que, en cualquier caso, las medidas provisionales se extinguirán cuando la resolución administrativa que pone fin al procedimiento correspondiente surta efectos. En todo caso, esta medida se extinguirá en el transcurso del plazo de tres meses.

Fundamentos de Derecho 

1.Los artículos 61 de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 24 de abril de 2001).

2.El artículo 58.2, 124, 125, 126, 127 y concordantes del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre,  por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre de 2005).

3.El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 97, de 2 de julio).

4.El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears por la cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 97, de 2 de julio).

5.El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la Presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 120, de 8 de agosto).

6.El Decreto 49/2016, de 22 de julio, por el cual se nombra Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 93, de 23 de julio).

7.El artículo 56.3.i) y 56.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas  (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).

 Propuesta de Resolución

Propongo a la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas que dicte una resolución en los siguientes términos: 

1.Ordenar el inicio del expediente para autorizar la cesión gratuita de la finca de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a favor del Ayuntamiento de Valldemossa, para destinarla a actividades culturales, turísticas y de competencia municipal. La finca sobre la que se solicita la cesión gratuita es la siguiente:  

Finca Es Cos (Costa Nord), ubicada en la avenida de Palma, nº 6 de Valldemossa.

Parcela F, urbana de uso residencial. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Palma número 8 en el tomo 5540, libro 71, folio 25, finca registral 1806.

IDUFIR: 07028000013175

Referencia catastral: 7659701DD6975N0001WO

Activo fijo: 100000011758-0 

2.Autorizar la ocupación temporal del bien que se describe en el apartado anterior, por un período de tres meses, a favor del Ayuntamiento de Valldemossa.

3.El Ayuntamiento de Valldemossa deberá constituir un seguro para cubrir los posibles desperfectos que se puedan producir durante la ocupación temporal.

4.Si el procedimiento de cesión gratuita no finaliza con la cesión gratuita del bien a favor del Ayuntamiento de Valldemossa, éste deberá devolver el bien en las mismas condiciones en las que lo recibió.

5.Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

6.Notificar la Resolución al Ayuntamiento de Valldemossa.

7.Anotar las características de esta Resolución en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, 28 de febrero de 2017 

El Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

  José Luis Gil Martín

 

    Conforme con la propuesta. Dicto resolución. 

La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas 

 Catalina Cladera i Crespí