Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 1997
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 24 de febrero de 2017 por la que se anula la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio de Urgencias del Hospital Comarcal de Inca
Hechos
1. Por medio de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 16 de febrero de 2017 (BOIB núm. 22/2017, de 21 de febrero) se convocó la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio de Urgencias del Hospital Comarcal de Inca (exp. HCIN-PA-2/17).
2. Se ha observado que la provisión de dicho puesto de trabajo no debe regirse por el procedimiento establecido en la convocatoria, sino por el procedimiento que se regula en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2013 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de diciembre de 2012 por el que se modifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 por el que se regula el sistema de provisión de los cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 11/2013, de 22 de gener), cuyo punto 2.4 establece que “asimismo, deben ser cubiertos igualmente por el sistema de libre designación, dado que requieren una responsabilidad y una confianza especiales, los cargos correspondientes a coordinador o jefe de unidad de admisión o de urgencias, que se caracterizan por el hecho de que pueden ser ocupados tanto por personal estatutario sanitario como por personal estatutario de gestión y servicios del subgrupo A1”.
Por todo ello dicto la siguiente
Resolución
1. Anular la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio de Urgencias del Hospital Comarcal de Inca.
2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Servicio de Salud y del Hospital Comarcal de Inca, de conformidad con el artículo 23 del Real decreto ley 1/1999, de 8 de enero, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social.
Interposición de recursos
Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. También puede interponerse cualquier otro recurso que se considere procedente.
No obstante, los interesados pueden optar por interponer contra esta resolución un recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución. En este caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya dictado una resolución expresa o presunta sobre el recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, 24 de febrero de 2017
El director general
Julio Miguel Fuster Culebras
Por delegación de la consejera de Salud
(BOIB 10/2016 y BOIB 72/2016)