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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS

Núm. 1963
Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa para el servicio de inspección técnica de vehículos que presta el Consell de Mallorca (revisión según el IPC para el año 2017)

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Texto

En fecha 12 de diciembre de 2016, el Pleno del Consell Insular de Mallorca aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa parael servicio de inspección técnica de vehículos que presta el Consell de Mallorca (revisión según el IPC para el año 2017), publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, nº. 2, de fecha 5 de enero de 2017, durante un plazo de 30 días hábiles.

Tracurrido el plazo de treinta días de exposición pública previsto en el acuerdo de aprobación inicial, en cumplimiento del punto 17.1 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y visto que no se han presentado reclamaciones, este acuerdo queda elevado a definitivo de acuerdo a los dispuesto en el artículo17.3 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

 

Palma, 21 de febrero de 2017

El secretario general

Jeroni Miquel Mas Rigo

 

TEXTO ÍNTEGRO DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL

«Artículo único. Modificación del artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para el servicio de inspección técnica de vehículos, que queda redactado de la siguiente forma:

Artículo 4º- TARIFA

La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:

SERVICIOS

COSTE UNITARIO (€)

18

Emisión de duplicado de hoja de inspección periódica y/o adhesivo

4,33 €

19

Inspección periódica tractores agrícolas

21,64 €

20

Inspección periódica remolques agrícolas

13,00 €

21

Inspección previa a matriculación vehículos de tráfico comunitario o de importación

125,68 €

22

Inspección previa a matriculación vehículos exentos de homologación y vehículos históricos

101,85 €

23

Inspección previa matriculación vehículos españoles o importados por representante oficial y por cambio de matricula española

44,00 €

24

Reformas con proyecto

26,96 €

25

Reformas sin proyecto

13,47 €

26

Duplicados de Tarjeta de ITV

8,91 €

27

Verificación y precintaje de aparatos taxímetros

14,08 €

29

Anotación Tarjeta de ITV

6,30 €

30

Carpeta e impresos

1,24 €

31

Emisión certificado sin inspección previa

4,46 €

32

Emisión certificado con inspección previa

13,47 €

33

Desplazamiento por inspección de vehículos agrícolas con un importe máximo de 7,87€

         [p = 54,24€+ (n-1) x 5,44€]

7,87 €

54,24 €

5,44 €

34

Certificados ATP y ADR

44,99 €

* n = número de vehículos a inspeccionar en un mismo desplazamiento

· Para la segunda inspección de comprobación de la corrección de los defectos observados a la inspección periódica de vehículos agrícolas con resultado desfavorable, se efectuará una inspección parcial de los defectos.

· A las inspecciones periódicas en tractores y remolques agrícolas se aplicará la tasa de desplazamiento [p = 54,24€+ (n-1) x 5,44€,] cuando sea necesario, limitando su importe a 7,87€ como máximo por vehículo.

· Las tasas caducarán al año de la fecha de apertura de los expedientes que las motivan.

Disposición final Entrada en vigor

La presente Ordenanza, que se aprobó provisionalmente por el Consell Insular de Mallorca, en sesión de día 12 de diciembre de 2016, entrará en vigor el día de su publicación íntegra en el BOIB, será de aplicación a partir del día 1 de enero de 2017 y permanecerá en vigor hasta su modificación o derogación expresa.»