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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 1938
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 10 de febrero de 2017 por la que se autoriza la apertura y el funcionamiento del centro privado incompleto de educación infantil de primer ciclo CEI Natural Kids Space, de Palmanova, Calvià

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Texto

Hechos

1. En fecha de 11 de mayo de 2015 (NRE 28232/2015), la señora Ana Belén Martín Martín-Luengo, como representante de Natural Kids Space, presentó una solicitud de autorización de la apertura y el funcionamiento de este centro como centro incompleto de educación infantil de primer ciclo, con 2 unidades (1 unidad de 1 a 2 años y 1 unidad de 2 a 3 años).

2. En fecha de 2 de junio de 2015, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del IBISEC emitió un informe condicionado a la enmienda de las condiciones de seguridad señaladas por la legislación vigente.

3. En fecha de 17 de julio de 2015 (NRE 51548/2015), la representante del centro aportó nueva documentación para enmendar las deficiencias indicadas en el informe de 2 de junio de 2015 emitido por el IBISEC.

4. En fecha de 25 de agosto de 2015 (NRS 7648/2015), la jefa de la Sección de Autorizaciones y Registro de Centros comunicó a la representante del centro que, según el informe de 27 de julio de 2015 emitido por el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del IBISEC, la documentación presentada seguía sin justificar el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de las condiciones de seguridad señaladas por la legislación vigente.

5. En fecha de 2 de octubre de 2015 (NRE 60546/2015), la representante del centro presentó un certificado de solidez estructural.

6. En fecha de 26 de octubre de 2015, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del IBISEC emitió un informe condicionado, ya que la documentación presentada seguía sin justificar el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de las condiciones de seguridad establecidas por la legislación vigente.

7. En fecha de 12 de noviembre de 2015 (NRE 68895/2015), la representante del centro presentó nueva documentación, con la que amplió la documentación presentada, con el fin de enmendar las deficiencias indicadas en el informe de 26 de octubre de 2015 emitido por el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del IBISEC.

8. En fecha de 27 de noviembre de 2015, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del IBISEC emitió otro informe condicionado.

9. En fecha de 16 de febrero de 2016 (NRE 7722/2016), la representante del centro presentó nueva documentación con el fin de enmendar las deficiencias del informe emitido por el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del IBISEC con fecha de 27 de noviembre de 2015.

10. En fecha de 26 de febrero de 2016, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión emitió un informe favorable del proyecto presentado.

11. En fecha de 22 de marzo de 2016, la representante del centro solicitó la visita a las instalaciones para supervisar las obras realizadas.

12. En fecha de 12 de abril de 2016, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del IBISEC emitió un informe favorable de la visita realizada al centro el día 11 de abril de 2016, en la que pudo comprobar que los espacios se ajustaban a los planos respecto de los cuales había emitido un informe favorable en fecha de 26 de febrero de 2016.

13. En fecha 2 de mayo de 2016 (NRE L13E28503/2016) la representante del centro presentó las titulaciones del personal docente.

14. En fecha de 20 de diciembre de 2016, la Comisión de Valoración de la Calificación del Profesorado, una vez estudiada la documentación presentada por la interesada, emitió un informe favorable provisional condicionado al cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de los requisitos de catalán exigibles de conformidad con el apartado f del artículo 11 del Decreto 60/2008, de 2 de mayo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil.

15. En fecha  8 de febrero de 2017, el jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre el expediente que autoriza la apertura y el funcionamiento del centro privado incompleto de educación infantil de primer ciclo CEI Natural Kids Space, de Palmanova, Calvià

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE n.º 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán n.º 7 de 1985).

2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE n.º 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán n.º 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE n.º 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 44, de 3 de abril).

4. El Decreto 60/2008, de 2 de mayo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB n.º 63, de 8 de mayo).

5. El Decreto 78/2008, de 11 de julio, por el que se modifica el Decreto 60/2008, de 2 de mayo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB n.º 100, de 19 de julio).

6. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE n.º 51, de 1 de marzo, y suplemento en catalán n.º 5 de 1983), y reformado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE n.º 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán n.º 9, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

7. El Decreto 12/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 97, de 2 de julio), según la redacción fijada por el Decreto 1/2016, de 16 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 23, de 18 de febrero).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha de 9 de febrero de 2017, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar con efectos desde el inicio del curso 2016-2017 la apertura y el funcionamiento del centro de educación infantil privado de primer ciclo CEI Natural Kids Space.

2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07015574

Denominación genérica: centro privado de educación infantil de primer ciclo

Denominación específica: Natural Kids Space

Titular: Ana Belén Martín Martín-Luengo

Dirección: paseo del Mar, n.º 58, locales 6-7

Localidad: Palmanova

Municipio: Calvià

CP: 07181

Enseñanzas autorizadas:

Educación infantil de 1er ciclo: 2 unidades

 

-  1-2 años: 1 unidad 12 PE

-  2-3 años: 1 unidad 18 PE

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 10 de febrero de 2017

El consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà