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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 1823
Bajas de oficio

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Texto

El Ayuntamiento de Andratx ha tramitado el expediente para dar de baja de oficio a los señores Amalia Elisabeth SILVA AGUIRRE, Pablo Emiliano SILVA, Elisabeth Sienna Maxima SNAPE SILVA, Thalia Amalia SNAPE SILVA, Linda Denise Petra FRANK, Mia Jolyn KILIAN, Jean Luc VAUTRIN, Jeanne ROUARCH, Juan Manuel MONTERO PORTILLO y Joaquin MONTERO SEVILLA al amparo del artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (modificado por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, BOE núm. 14, de 16 de enero de 1997) que establece que:

“Los ayuntamientos darán de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el art. 54 de este Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al interesado. Este deberá comunicar el municipio o país, en el que vive habitualmente y solicitar, por escrito el alta en el padrón municipal o en el Registro de Matrícula de la Oficina o Sección consular correspondiente. Dicha solicitud será tramitada por el Ayuntamiento que acuerde la baja de oficio.

Si el interesado no manifiesta expresamente su conformidad con la baja, ésta sólo podrá llevarse a cabo con el informe favorable del Consejo de Empadronamiento.”

Habiéndose comprobado su no residencia habitual en el municipio de Andratx.

No habiendo resultado posible practicar la notificación al interesado en el último domicilio conocido por este Ayuntamiento.

Por la presente se le concede un plazo de diez días, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente edicto en el BOIB para que se pueda examinar el expediente y formular las alegaciones que estime oportunas.

Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera manifestado expresamente su conformidad con la baja, se dará traslado del expediente al Consejo de Empadronamiento para la emisión del preceptivo informe con carácter previo a la resolución municipal de este asunto. En el caso de que se resolviera la baja de oficio en el Padrón Municipal, se comunica a los interesados que ello provocará también la baja en el censo electoral.

 

Andratx, 2 de febrero de 2017

El Alcalde-Presidente,

Jaume PORSELL ALEMANY