Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 1918
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de febrero de 2017 por el que se determina el abono de la cuantía correspondiente susceptible de recuperación, en el ejercicio de 2017, de la paga extraordinaria y la adicional, o las pagas equivalentes, del mes de diciembre de 2012 para el personal incluido en el ámbito de aplicación de la Mesa Sectorial de Sanidad

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La disposición adicional duodécima de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, relativa a la recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012, prevé que cada administración pública puede aprobar en su ámbito una retribución de carácter extraordinario para recuperar los importes dejados de percibir en razón de la supresión de la paga extraordinaria y de la paga adicional de complemento específico, o las pagas adicionales equivalentes, correspondientes al mes de diciembre de 2012, por la aplicación del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, con el alcance y los límites establecidos expresamente.

En cuanto a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de las entidades instrumentales que integran el sector público autonómico, la disposición adicional quinta de la Ley 12/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2016, establece que la recuperación del resto de dicha paga que no se haya podido recuperar en 2016 por aplicación de lo que establece el artículo 16 debe hacerse en el ejercicio de 2017 o, como máximo, en el de 2018, de acuerdo con los créditos presupuestarios y los estados numéricos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de los ejercicios respectivos que se aprueben en el marco del plan económico-financiero vigente, con el acuerdo del Consejo de Gobierno y la negociación previa con los diferentes colectivos de empleados públicos que corresponda, y teniendo en cuenta las mismas normas procedimentales que contiene el artículo 16 de la Ley 12/2015.

Por otra parte, el punto 9 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de noviembre de 2015 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 28 de octubre de 2015 por el que se aprueban las bases para reactivar la carrera profesional del personal estatutario del Servicio de Salud de las Illes Balears, relativo al aplazamiento de la recuperación de la parte de la paga extraordinaria que se perdió durante el año 2012, dispone que se establecerá el calendario de abono de dicha paga extraordinaria por medio de un acuerdo de la Mesa del Empleado Público. Seguidamente establece que la Mesa Sectorial de Sanidad propondrá que la distribución sea así: enero de 2017, el 25 % del importe correspondiente a 2016, y enero de 2018, el 25 % restante.

Dado que la situación financiera, económica y presupuestaria de 2016 lo permitió, fue posible recuperar la parte correspondiente a dicho ejercicio. En cuanto a la parte correspondiente al ejercicio de 2017, se ha llevado a cabo la negociación previa pertinente en la sesión de la Mesa Sectorial de Sanidad de 16 de febrero de 2017, en la que se ha negociado y acordado por unanimidad que la parte correspondiente a 2017 se hará finalmente efectiva en febrero de 2017 (la cuantía equivalente a 46 días), con el fin de cumplir el calendario previsto en los acuerdos de la Mesa Sectorial de Sanidad y la normativa vigente.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Salud, en la sesión del día 24 de febrero de 2017 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

   

Primero. Determinar que la cuantía susceptible de recuperación durante el ejercicio de 2017 de la paga extraordinaria y la adicional —o las pagas equivalentes— del mes de diciembre de 2012 para los empleados públicos incluidos en el ámbito de aplicación de la Mesa Sectorial de Sanidad sea la parte correspondiente a 46 días de la paga (25,14 %).

    

Segundo. Disponer que el abono de la cuantía correspondiente al ejercicio de 2017 se haga efectivo en febrero de 2017.

   

Tercero. Determinar que el abono de las cuantías correspondientes se efectúe teniendo en cuenta las normas procedimentales que contiene el artículo 16 de la Ley 12/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2016.

   

Cuarto. Disponer que este acuerdo tenga efectos desde el día 1 de febrero de 2017.

    

Quinto. Ordenar que este acuerdo se publique íntegramente en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 24 de febrero de 2017

La secretaria del Consejo de Gobierno

Pilar Costa i Serra