Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 1851
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 16 de febrero de 2017 per la cual se autoriza el cambio de titularidad de 6 unidades de educación infantil de segundo ciclo del Centro Privado de Educación Infantil de primer y segundo ciclo Xipell, al Centro Privado Concertado Nostra Senyora de la Consolació y al Centro Privado Concertado Sant Francesc de Sales, del municipio de Ciutadella

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. Mediante la Orden de 20 de diciembre de 1996 (BOE nº. 30, de 4 de febrero de 2017), se autorizó la apertura y el funcionamiento del centro privado de educación infantil de primer y segundo ciclo, Xipell, con la siguiente configuración:

Educación infantil de primer ciclo: 8 unidades

Educación infantil de segundo ciclo: 6 unidades y 150 plazas escolares

2. Mediante la Resolución de la consejera de Educación y Cultura de día 27 de agosto de 2007 (BOIB nº. 136, de 8 de septiembre), se autorizó el cambio de titularidad del centre privado de educación infantil de primer y segundo ciclo ‘Xipell’, de Ciutadella de Menorca, a favor de la Fundació Pia Autònoma Xipell.

3. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 19 de mayo de 2016 (BOIB nº. 68, de 31 de mayo), se autorizó la modificación de la configuración del Centro Privado Concertado Nostra Senyora de la Consolació, de Ciutadella, con código 07000807 y titularidad Congregación de Hermanas de Nuestra Señora de la Consolación, con la ampliación con dos unidades de educación secundaria (PMAR), quedando la configuración de la siguiente manera:

Educación primaria: 12 unidades y 300 plazas escolares

Educación secundaria obligatoria: 8 unidades y 240 plazas escolares

Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR): 2 unidades y 30 plazas escolares

4. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 30 de marzo de 2016 (BOIB nº. 48, de 16 de abril), se autorizó la modificación de la configuración del Centro Privado Concertado Sant Francesc de Sales, de Ciutadella, con código 07000731 y titularidad Congregación Salesiana de San Francisco de Sales, con la ampliación con dos unidades de educación secundaria (PMAR), quedando la configuración de la siguiente manera:

Educación primaria: 12 unidades y 300 plazas escolares

Educación secundaria obligatoria: 8 unidades y 240 plazas escolares

Programa de mejora del aprendizaje i del rendimiento (PMAR): 2 unidades y 30 plazas escolares

5. El 11 de noviembre de 2016 (NRE 68275/2019), la señora Ana Edo Bretó, en representación del Centro Privado Concertado Nostra Senyora de la Consolació, de Ciutadella, solicitó el cambio de titularidad de 3 unidades de educación infantil de segundo ciclo, del Centro Privado de Educación Infantil de primer y segundo ciclo Xipell, que hasta ahora eran de titularidad Fundació Pia Autònoma Xipell, de Ciutadella, a favor de la Congregación de Hermanas de Nuestra Señora de la Consolación con nº. de CIF Q4300012D, aportando la documentación pertinente.

6. El 11 de noviembre de 2016 (NRE 68274/2019), el señor Ramon Vera Peralta, en representación del Centro Privado Concertado Sant Francesc de Sales, de Ciutadella, solicitó el cambio de titularidad de 3 unidades de educación infantil de segundo ciclo del Centro Privado de Educación Infantil de primer y segundo ciclo Xipell, que hasta ahora eran de titularidad Fundació Pia Autònoma Xipell, de Ciutadella, a favor de la Congregación Salesiana de San Francisco de Sales con el nº. de CIF Q0800036F, aportando la documentación pertinente.

7. El 25 de enero de 2017, el jefe del Departamento de Planificación y Centros comunicó a la titularidad del centro privado concertado Sant Francesc de Sales, que el cambio de la titularidad de las tres unidades de segundo ciclo del CEI Xipell al CC Sant Francesc de Sales, a nivel de los requisitos de las instalaciones, era necesario que justificase con unos planos, que los dos centros estarían bien delimitados y dispondrían de accesos independientes: entrada, timbre, baños, patio …, tal y como regula el artículo 6 del Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartirán las enseñanzas del segundo ciclo de educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria.

8. El 13 de febrero de 2017, el señor Ramón Vera Peralta, en representación del Centro Privado Concertado Sant Francesc de Sales, presentó los planos con las indicaciones de como quedaran delimitados los dos centros, justificando cada una de las cuestiones que se le solicitaron en la comunicación del día 25 de enero de 2017.

9. El 14 de febrero de 2017, el jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la autorización del cambio de titularidad de 6 unidades de educación infantil de segundo ciclo del Centro Privado de Educación Infantil  de primer y segundo ciclo Xipell, que eran de titularidad de la Fundació Pia Autònoma Xipell, y que pasan a ser, 3 unidades de educación infantil de segundo cicle del Centre Privado Concertado Nostra Senyora de la Consolació (titularidad: Congregación de Hermanas de Nuestra Señora de la Consolación con nº. de CIF Q4300012D) y 3 unidades de educación infantil de segundo ciclo del Centro Privado Concertado Sant Francesc de Sales (titularidad: Congregación Salesiana de San Francisco de Sales con nº. de CIF Q0800036F).

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE n.º 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán n.º 7 de 1985).

2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE n.º 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán n.º 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE n.º 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 44, de 3 de abril).

4. El Real decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE n.º 62, de 12 de marzo), por el que se modifica el Real decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE n.º 86, de 9 de abril), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

5. El Real decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE n.º 32, de 12 de marzo, y suplemento en catalán de la misma fecha).

6. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE n.º 51, de 1 de marzo, y suplemento en catalán n.º 5 de 1983), y reformado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE n.º 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán n.º 9, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

7. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 120, de 8 de agosto), modificado por el Decreto 1/2016, de 16 de febrero (BOIB n.º 23, de 18 de febrero), y por el Decreto 11/2016, de 11 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 24/2015, de 7 de agosto (BOIB n.º 60, de 12 de mayo).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por el director general de Planificación, Ordenación y Centros en fecha 22 de diciembre de 2016, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, con efectos desde día 1 de septiembre de 2017, el cambio de titularidad de 6 unidades de educación infantil de segundo ciclo del Centro Privado de Educación Infantil de primer y segundo ciclo Xipell, que eran de titularidad de la Fundació Pia Autònoma Xipell, y que pasan a ser, 3 unidades de educación infantil de segundo ciclo del Centro Privado Concertado Nostra Senyora de la Consolació (titularidad: Congregación de Hermanas de Nuestra Señora de la Consolación con nº. de CIF Q4300012D) y 3 unidades de educación infantil de segundo ciclo del Centro Privado Concertado Sant Francesc de Sales (titularidad: Congregación Salesiana de San Francisco de Sales con nº. de CIF Q0800036F).

2. Determinar que, como consecuencia de estas modificaciones, los centros quedan configurados de la manera siguiente:

Código de centro: 07008570

Denominación genérica: centro de educación infantil de primer cicle

Denominación específica: Xipell

Titular: Fundació Pia Autònoma Xipell

Domicilio: C/ Sor Àgueda, s/n

Localidad: Ciutadella

Municipio: Ciutadella de Menorca

CP: 07760

Enseñanzas autorizadas:

Educación infantil de primer ciclo: 8 unidades

-2 unitats de 0-1any i 14 places escolars

-3 unitats de 1-2 anys i 36 places escolars

-3 unitats de 2-3 anys i 54 places escolars

Código de centro: 07000807

Denominación genérica: centre de educación infantil, primaria y educación secundaria obligatoria

Denominación específica: Nostra Senyora de la Consolació

Titular: Congregación de Hermanas de Nuestra Señora de la Consolación

Domicilio: c. Mare Molas, núm. 2

Localidad: Ciutadella

Municipio: Ciutadella de Menorca

CP: 07760

Enseñanzas autorizadas:

Educación infantil de segundo ciclo: 3 unidades y 75 plazas escolares

Educación primaria: 12 unidades y 300 plazas escolares

Educación secundaria obligatoria: 8 unidades y 240 plazas escolares

Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR): 2 unidades y 30 plazas escolares

Código de centro: 07000731

Denominación genérica: centre de educación infantil, primaria y educación secundaria obligatoria

Denominación específica: Sant Francesc de Sales

Titular: Congregación Salesiana de San Francisco de Sales

Domicilio: Av. de la Constitució, nº. 57

Domicilio: C/ Sor Àgueda, s/n

Localidad: Ciutadella

Municipio: Ciutadella de Menorca

CP: 07760

Enseñanzas autorizadas:

Domicilio: C/ Sor Àgueda, s/n

Educación infantil de segundo ciclo: 3 unidades y 75 plazas escolares

Domicilio: Av. de la Constitució, núm. 57

Educación primaria: 12 unidades y 300 plazas escolares

Educación secundaria obligatoria: 8 unidades y 240 plazas escolares

Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR): 2 unidades y 30 plazas escolares

3. Inscribir estas modificaciónes en el Registro de Centros de la Consejería de Educación y Universidad.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 16 de febrero de 2017

El Consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà