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AYUNTAMIENTO DE LLOSETA
Núm. 1794
Edicto referido a los decretos 16,17 i 18 del 2017
Se hace saber para el general conocimiento los siguientes Decretos de Alcaldía, de conformidad con el artículo 45 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las AA.PP Ley 39/2015, del 1 de octubre:
"RESOLUCIÓN DE BATLLIA.- DECRETO NÚM. 16/2017
De conformidad con las facultades y atribuciones conferidas por el artículo 52.1. del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, se dicta la siguiente RESOLUCIÓN:
PRIMERO.- La Junta de Gobierno estará presidida por el Alcalde e integrada por:
Alcalde-Presidente. José María Muñoz Pérez.
Concejal: Joan Servera Coll.
Concejala: Angelina Pérez Sánchez.
Concejala: Antonia Massanet Fernández.
Concejal: Antoni Martí Femenias Ramón.
La junta de Gobierno Local, entre otros, tendrá asignadas las atribuciones relacionadas al Decreto Alcaldía núm. 74/2015 de fecha 14-07-2015, así como el ámbito y las condiciones específicas de su ejercicio.
Lo manda y firma el Sr. Batlle, a 20 de febrero del dos mil diecisiete.- El Alcalde, Fdo. Jose M. Muñoz.- delante de mí, El Secretario, Fdo. Josep Alonso Aguiló. "
"RESOLUCIÓN DE BATLLIA.- DECRETO NÚM.: 17 / 2017.-
De conformidad con las facultades y atribuciones conferidas por el artículo 46 del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, se dicta la siguiente RESOLUCIÓN:
PRIMERO.-Designar de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local, como Primer Teniente de Alcalde a, Joan Servera Coll, y como Segunda Teniente de Alcalde a Antonia Massanet Fernández.
A los Tenientes de Alcalde las corresponde sustituir en la totalidad de sus funciones al Alcalde, en caso de ausencia, enfermedad o impedimento que le imposibilite para cumplir sus funciones, también en el supuesto de vacantes de la Alcaldía, hasta la toma de posesión del nuevo Batlle.
SEGUNDO.- De la presente resolución se dará conocimiento al Pleno en la primera sesión que se celebre, notificándose, además, personalmente a los designados y se publicará en el BOIB, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la presente resolución .
Lo manda y firma el Sr. Batlle, en Lloseta, a 20 de febrero del dos mil diecisiete.- El Alcalde, Fdo. Jose M. Muñoz.- Ante mí, El Secretario, Fdo. José Alonso "
“RESOLUCIÓN DE BATLLIA.-DECRETO NÚM.: 18 / 2017.-
De conformidad con el artículo 43.5 del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, se dicta la siguiente RESOLUCIÓN:
PRIMERO: Nombrar Concejales-Delegados de las áreas:
1.- AREA DE URBANISMO, POLICÍA LOCAL, MOVILIDAD, OBRAS PROPIAS, CONTRATACIÓN, RELACIONES INSTITUCIONALES.
Se reserva la Batllia.-
- Competencias de Urbanismo: Planeamiento urbanístico (NN.SS, Planes Parciales, Planes Especiales, Proyectos de Urbanización y dotación de Servicios). Gestión urbanística (ejecución de programas de actuación, reparcelaciones, valoraciones, conservación de urbanizaciones, etc.). Disciplina urbanística (Licencias urbanísticas, Licencias de actividad y apertura; órdenes de ejecución, alineaciones y rasantes, expedientes de infracción urbanística y de actividades, etc.) Movilidad intramunicipal e intermunicipal.
- Competencias Policía Local: Seguridad ciudadana en los lugares públicos, ordenación del tráfico viario y circulación, protección civil, cumplimiento de las normas de derecho local (Policía administrativa, espectáculos y establecimientos públicos, cumplimiento ordenanzas, bandos, actos y acuerdos) policía administrativa derivando de leyes sectoriales. Cooperación con los "Cuerpos y Fuerzas de Seguridad" Policía Judicial; las demás competencias conexas.
- Competencia de Obras propias: Gestión, control seguimiento de las obras municipales.
- Competencias de contratación: Obras, Suministros, servicios y demás contratos. Aprobación de facturas, y gastos municipales en ejecución de las previsiones presupuestarias.
- Competencias Relaciones Institucionales: protocolo, colaboración con otras Administraciones.
-Dirección Y organización del personal adscrito a las áreas.
2.- SERVICIOS SOCIALES, SANIDAD Y CONSUMO, RECURSOS HUMANOS, LIMPIEZA DE EDIFICIOS MUNICIPALES, FOMENTO Y EMPLEO.-
Concejala Delegada: Antonia Massanet Fernández.-
- Competencias Servicios Sociales: Asistencia social, asistencia domiciliaria, proyectos del Plan de Prestaciones Básicas de la CIM, gestión centro tercera edad, Centro de día, colaboración con los servicios del Estado y de la CAIB (IMAS, instituto de la Mujer, etc.) Conferencias y actividades; relaciones con entidades y asociaciones (Tercera edad, Cruz Roja, Donantes de Sangre, etc.)
- Competencias Sanidad y Consumo: Gestión Unidad Sanitaria, control de calidad alimentos y agua potable, higiene actividades públicas, piscinas municipales, mercado municipal, cementerio; campañas sobre consumo; colaboración en la recepción de quejas sobre consumo y las demás competencias conexas;
- Competencias Recursos Humanos: Servicio de personal; negociación colectiva, relación con los representantes del personal, ordenación administrativa, régimen interior, plantilla, relación de puestos de trabajo, oferta de empleo público, Padrón Municipal de Habitantes, Censo Electoral, Estadística; las demás competencias conexas, etc.
- Competencia de Limpieza de Edificios Municipales: Gestión y organización de los servicios de limpieza edificios e instalaciones municipales.
- Competencia de Fomento y Empleo: Fomento y políticas de empleo, cursos de formación ocupacional.
- Dirección y organización del personal adscrito a las áreas.
3.- DEPORTES, GESTIÓN PISCINA MUNICIPAL Y ESCUELA DE VERANO, JUVENTUD Y OCI.-
Concejal Delegado: Antoni Martí Femenías Ramón.-
- Competencias Deportes: Organización actividades deportivas, gestión de las instalaciones, relación con las entidades deportivas, relación con la Administración deportiva del Estado, CAIB y Consejo Insular de Mallorca. La organización del trabajo del personal adscrito al área; las demás materias conexas, etc.
- Competencias Gestión Piscina Municipal y Escuela de Verano: Gestión piscinas municipales y escuela de verano.
- Competencias Juventud y Ocio: Centro de información y documentación juvenil (información, formación, asesoramiento) servicios a jóvenes (actividades culturales, tiempo libre ...), Consejo Municipal de Juventud; Gestión Infraestructuras juveniles de Sa Mina de Sa Truiols; las demás competencias conexas, etc.
- Dirección y organización por personal adscrito a las áreas.
4.-ECONOMIA Y HACIENDA, CULTURA, COMERCIO, TURISMO, Industria.-
Concejal Delegado: Francisco Miguel Abolafio Moyá.-
- Competencias Economía y Hacienda: Tributos, contribuciones, tasas, impuestos, precios públicos; elaboración, ejecución y liquidación del presupuesto; contabilidad municipal; competencia en materia de gestión presupuestaria (ingresos y gastos). Gestión del Patrimonio Municipal.
- Competencias Cultura: Archivo Municipal, gestión del Casal de Cultura de Can S'Hereu, exposiciones conferencias, relación con las entidades culturales, etc .; las demás competencias conexas etc.
- Competencias Comercio: Fomento y colaboración con las organizaciones de comerciantes, información sobre ayudas dirigidas al sector, campañas de promoción, infraestructuras de mejora de la actividad comercial, campañas de rotulación en catalán, etc.
- Competencias Turismo: Fomento y colaboración con los establecimientos turísticos; información sobre ayudas dirigidas al sector, campañas de promoción, infraestructuras de mejora de la actividad turística, etc .; Gestión del Convento de Ca Ses Monges.
- Competencias Industria: Colaboración con el sector de la industria local; atención preferente a la actividad del calzado; información sobre ayudas dirigidas al sector, campañas de promoción, infraestructuras de mejora de la actividad industrial, etc.
- Dirección y organización del personal adscrito a las áreas.
5.- SERVICIOS MUNICIPALES, FERIAS Y FIESTAS, MEDIO AMBIENTE Y AGRICULTURA, PATRIMONIO, SERVICIOS DE AGUA Y SANEAMIENTO, SERVICIOS DE ALCANTARILLADO Y AGUAS PLUVIALS.-
Concejal Delegado: Juan Servera Coll.-
- Competencias Servicios Municipales: Mantenimiento de edificios públicos, servicio de alumbrado público, limpieza de calles, pavimentación de calles, caminos rurales, arbolado, zonas verdes municipales, etc.
- Competencias Ferias y Fiestas: Organización de la Feria de Sa Zapato, de las fiestas patronales y del Cocó, así como de las demás actividades lúdico-festivas que se celebran en el municipio.
- Competencias Medio Ambiente: Defensa de la naturaleza, Área Recreativa Es Puig y otros, contaminación atmosférica, acústica, extinción de incendios, gestión punto verde, servicios de recogida y tratamiento de residuos, etc.
- Competencias en Agricultura: Colaboración con las organizaciones de agricultores; información sobre ayudas dirigidas al campo, campañas de vacunación, infraestructuras de caminos rurales, redes de riego, etc.
- Competencias Patrimonio histórico: Protección y conservación del patrimonio histórico del término municipal.
- Competencias Servicios Agua y Saneamiento, Servicios de Alcantarillado y Aguas Pluviales: Control y seguimiento de los servicios de abastecimiento de agua potable, saneamiento, alcantarillado y evacuación de pluviales.
- Dirección y organización del personal adscrito a las áreas.
6.- EDUCACIÓN, PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y TRANSPARENCIA, NUEVAS TECNOLOGÍAS Y COMUNICACIÓN.-
Concejala Delegada: Angelina Pérez Sánchez.-
- Competencias Educación: Colaboración en la gestión de los centros de enseñanza, representación en el Consejo Escolar, relaciones con las Asociaciones de Padres y Madres de alumnos, Claustro de Profesores, Escuela de Adultos,, Escuela de Música Cursos de formación ; gestión biblioteca municipal, etc.
relación con la Administración educativa; las demás materias conexas
- Competencias Participación Ciudadana y Transparencia: Fomento de la participación ciudadana, registro municipal de Asociaciones; relaciones con las entidades vecinales.
- Competencias Nuevas Tecnologías y Comunicación: Implantación y mejora nuevas tecnologías y Administración electrónica.
- Dirección y organización del personal adscrito a las áreas.
SEGUNDO: Las Delegaciones conferidas son del tipo b), previstas en el citado artículo 43.5, relativas a un determinado servicio. En este caso la Delegación comprenderá la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, pero no incluirá la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
TERCERO: De la presente Resolución se dará conocimiento al Pleno en la primera sesión que celebre notificándose, además, personalmente a los designados, y se publicará en el BOIB, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la presente resolución.
Lo manda y firma el Sr. Batlle, en Lloseta, a 20 de febrero del dos mil diecisiete.- El Alcalde, Fdo. Jose Maria Muñoz. Ante mí, El Secretario, Fdo. Josep Alonso Aguiló "
Lloseta, a 21 de febrero de 2017
El Alcalde,
José María Muñoz Pérez