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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 1783
Informe técnico / propuesta y Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria y presidente del Servicio de Ocupación de las Illes Balears de 10 de febrero de 2017 por la que se declara la caducidad y el archivo de los expedientes presentados por las personas que se relacionan en el anexo 1

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Texto

Hechos

1.Habiéndose hecho mediante carta certificada la notificación de solicitudes de requerimientos de documentación motivados por la retrocesión de los pagos de la solicitud de ayuda de transporte, discapacidad y/o conciliación, se advirtió que si no se presentaba la documentación en un plazo de tres meses se dictaría la resolución de caducidad y el archivo del procedimiento.

2.El plazo de tres meses, antes mencionado, ha finalizado sin que los interesados que se relacionan en el anexo 1 hayan presentado la documentación requerida.

Fundamentos de derecho

1.Los apartados g) e  i) del artículo 9.4 del Decreto 37/2015, de 22 de mayo de aprobación de los Estatutos del Servicio de Ocupación de las Illes Balears (BOIB núm. 77, de 23 de mayo), disponen que es función del presidente del SOIB autorizar gastos, contraer obligaciones y proponer pagos de servicios, así como ceder ayudas y subvenciones.

2.El artículo 76 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, establece que: “Los trámites que tienen que formalizar las personas interesadas se tienen que llevar a cabo en el plazo de diez días desde la notificación del acto correspondiente, a no ser que la norma correspondiente fije un plazo diferente. [...] Las personas interesadas que no cumplan lo que disponen los apartados anteriores pueden perder el derecho al trámite correspondiente; no obstante, se tiene que admitir la actuación de la persona interesada y tiene que producir los efectos legales si se realiza antes o dentro del día en que se notifique la resolución en la cual se considere transcurrido el plazo."

3.El artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dispone que en los procedimientos iniciados a solicitud de la persona interesada, cuando el procedimiento se paralice por causa que sea imputable a ésta, la Administración tiene que advertirle que, transcurridos tres meses, se producirá la caducidad. Consumido este plazo sin que el particular requerido realice las actividades necesarias para reanudar la tramitación, la Administración acordará el archivo de las actuaciones, notificándoselo a la persona interesada. Contra la resolución que declare la caducidad, son procedentes los recursos pertinentes. No se puede acordar la caducidad por la simple inactividad de la persona interesada en la formalización de trámites, siempre que no sean indispensables para dictar la resolución. Esta inactividad no tiene ningún efecto más que la pérdida del derecho a este trámite.

4.El artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, establece que los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente.

Conclusión

Por lo expuesto, se informa favorablemente la declaración de caducidad del procedimiento de referencia, así como el archivo de los expedientes, al haber transcurrido el plazo de tres meses desde que la Administración requirió a los interesados para que aportaran la documentación necesaria para poder hacer el pago de la subvención concedida, sin que lo hayan aportado.

Palma, 10 de febrero de 2017        

La jefa del Servicio de Gestión Administrativa de Formación

Concepción Albertí Barceló

Visto el informe de la jefa del Servicio de Seguimiento Administrativo de Formación, propongo al consejero de Trabajo, Comercio e Industria y presidente del SOIB, que dicte una resolución en los términos siguientes

Propuesta de resolución

1.Declarar la caducidad del procedimiento de referencia al haber transcurrido el plazo de tres meses desde que la Administración requirió a los interesados para que aportaran la documentación necesaria para poder hacer el pago de la subvención concedida, y no la han aportado.

2.Ordenar el archivo de los expedientes relativos a las solicitudes presentadas por las personas que se relacionan en el anexo 1.

3.Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Trabajo, Comercio e Industria y presidente del Servicio de Ocupación de las Illes Balears, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o bien puede interponerse, directamente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la  publicación de esta resolución, un recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Palma, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso administrativa.

Palma, 10 de febrero de 2017

El director del Servicio de Ocupación de les Illes Balears

Pere Torrens Martín

Palma, 10 de febrero de 2017

Conforme con la propuesta, dicto Resolución

El consejero de Trabajo, Comercio e Industria, Presidente del SOIB

[Por delegación de competencias (Resolución de 11/08/16, BOIB núm. 105, de 18 de agosto)]

El Director General de Empleo y Economía

Llorenç Pou Garcias

Anexo 1

DNI/NIE

Apellidos y nombre

Curso

43186032J

Matilde Amador Marín

x9962749t

Diana Disney Zapata Malambo

546/10

41752246R

Lina María Ramírez Alarcón

4829/12, 4830/12, 4831/12, 4832/12, 4833/12, 4834/12

30507291E

María Rosario Reyes Castillo

52358795P

Juan Manuel Millán Carmona

418/13, 419/13

x5586831q

Irma Mercedes Ojeda Jaramillo

09-09-01

X7584753C

Antonio Manu Mendes Machado

1222/13

43114621V

Gabriela Molinas Vera

970/13

41540650M

Eva María Rojas Marín

1111/11

49774675F

José Gabriel Pena Rosario

2943/12

43219949m

Laura García González

314/13

49607963e

Adriano de Jesús Felgueiras

43084117B

Jorge Rovira Pedregas

X5001646C

Tanya Elizabeth Rosero González

632/11