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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 1671
Aprobación de la prórroga del convenio de colaboración interadministrativa entre el Consejo Insular de Menorca y el Consorcio Sociosanitario de Menorca para la prestación del servicio de asistencia médica gerontológica no urgente a los centros de titularidad del Consejo Insular de Menorca

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Texto

Se hace público que el Pleno del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter extraordinario de 21 de noviembre de 2016 acordó aprobar la prórroga del convenio entre el Consejo Insular de Menorca y el Consorcio Sociosanitario de Menorca para la prestación del Servicio de asistencia médica gerontológica no urgente a los centros de titularidad del Consejo Insular de Menorca a través de las oficinas municipales, firmado en fecha 7 de abril de 2010 y publicado en el BOIB núm. 89, de 12-6-2010, mediante la firma de la adenda en fecha 29 de noviembre de 2016, cuyo texto se transcribe a continuación:

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN INTERADMINISTRATIVA ENTRE EL CONSEJO INSULAR DE MENORCA Y EL CONSORCIO SOCIOSANITARIO DE MENORCA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA MÉDICA GERONTOLÓGICA NO URGENTE A LOS CENTROS DE TITULARIDAD DEL CONSEJO INSULAR DE MENORCA

De una parte la señora Maite Salord Ripoll, presidenta del Consejo Insular de Menorca para el Acuerdo del Pleno del Consejo Insular de Menorca reunido en sesión de 4 de julio de 2015, de acuerdo con la normativa de la Ley de Bases de Régimen Jurídico Local y la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, que actúa en virtud de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.

Y por otra parte la señora Maria Cabrisas Pons, presidenta del Consorcio Sociosanitario de Menorca por Decreto número 2015/70, de 22 de julio.

Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para formalizar este acuerdo,

Antecedentes

I. En fecha 7 de abril de 2010 el Consejo Insular de Menorca y el Consorcio Sociosanitario de Menorca suscribieron un convenio de colaboración interadministrativa para la prestación del servicio de asistencia médica gerontológica no urgente a los centros de titularidad del Consejo Insular de Menorca, aprobado por el Pleno del Consejo Insular de Menorca, en sesión extraordinaria de 25 de enero de 2010 y por la Junta de Gobierno del Consorcio Sociosanitario de Menorca, en sesión de 31 de marzo de 2010 (BOIB número 89 de 12 de junio de 2010).

II. La cláusula sexta del citado convenio establece que sus efectos se extenderán desde el día que se firmara hasta el 31 de diciembre de 2010 y que se podrá prorrogar por años naturales, por voluntad expresa de las partes y por acuerdo de sus respectivos órganos competentes.

III. En fecha 16 de noviembre de 2015, el Pleno del Consejo Insular de Menorca, en sesión ordinaria, aprobó la prórroga del convenio para el año 2016, la cual fue firmada en fecha 18 de diciembre de 2015.

IV. Ambas partes manifiestan su voluntad de dar continuidad a la vigencia del convenio firmado, mediante otra prórroga de éste.

Considerando lo expuesto, y estando conforme ambas partes,

ACUERDAN

Primero. Prorrogar la vigencia del Convenio de colaboración interadministrativa para la prestación del servicio de asistencia médica gerontológica no urgente a los centros de titularidad del Consejo Insular de Menorca, firmado entre el Consejo Insular de Menorca y el Consorcio Sociosanitario de Menorca en fecha 7 de abril de 2010.

Segundo. Establecer que, de acuerdo con la cláusula quinta del citado convenio, el Consejo Insular de Menorca se compromete a abonar al Consorcio Sociosanitario de Menorca una cantidad máxima de 55.721,56 € (cincuenta y cinco mil setecientos veintiun euros con cincuenta y seis céntimos), con cargo a la correspondiente partida presupuestaria del Presupuesto general de este Consejo para el año 2017, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.

Tercero. Establecer que la vigencia de esta adenda tendrá efectos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2017.

Cuarto. Establecer que, a todos los efectos, esta adenda se regirá por lo dispuesto en el Convenio de colaboración interadministrativa para la prestación del servicio de asistencia médica gerontológica no urgente a los centros de titularidad del Consejo Insular de Menorca, firmado entre el Consejo Insular de Menorca y el Consorcio Sociosanitario de Menorca en fecha 7 de abril de 2010.

Quinto. Establecer que el compromiso del gasto derivado de la firma de esta adenda quedará condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del Consejo Insular de Menorca para el ejercicio 2017.

En prueba de conformidad, firmamos esta adenda en el lugar y fecha que se indican más abajo.

 

Maó, 29 de noviembre de 2016

LA SECRETARIA INTERINA

Rosa Salord Olèo