Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 1648
Resolución del vicepresidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de traslado de créditos previstos en la Resolución del presidente del FOGAIBA, de 10 de septiembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores
En fecha 15 de septiembre de 2015, se publicó en el BOIB nº 136 la convocatoria de subvenciones, para los años 2015-2019, para la creación de empresas de jóvenes agricultores. Dicha Resolución prevé un total de nueve convocatorias y se realizan dos convocatorias para cada ejercicio, excepto para el primero, el año 2015, en que se realizó una única convocatoria.
El apartado segundo de esta Resolución establece el crédito destinado a la primera convocatoria, mientras que el resto de convocatorias quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.
También establece que si, una vez se ha finalizado cualquiera de los períodos, no se ha agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de estos, la cantidad no aplicada debe trasladarse al siguiente periodo mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, es decir, del vicepresidente del FOGAIBA, que debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Por Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 22 de julio de 2016, publicada en el BOIB nº 95, de 28 de julio, se modificaron los créditos y el cofinanciamiento, entre otros, de esta convocatoria y se destinaron para la convocatoria de 2015 un total de 10.989.227,39 euros.
Una vez resuelta la primera convocatoria, se determina que existe un crédito sobrante de un importe total de 6.474.200,76 euros, según el informe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural, de fecha 20 de diciembre de 2016.
Por todo esto, a propuesta del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural y en virtud de las competencias que me han sido otorgadas, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
PRIMERO.- Trasladar a la segunda convocatoria de subvenciones previstas en la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 10 de septiembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015-2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores, los créditos restantes una vez resuelta la primera convocatoria.
SEGUNDO.- El importe destinado a la segunda convocatoria es de seis millones cuatrocientos setenta y cuatro mil doscientos euros con setenta y seis céntimos (6.474.200,76 €), de acuerdo con la siguiente distribución anual:
TERCERO. Las subvenciones mencionadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41,00%, por la Administración General del Estado (MAGRAMA) en un 3,08% y por la comunidad autónoma de las Islas Baleares (CAIB) en un 55,92%.
CUARTO. Esta Resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 17 de febrero de 2017
El vicepresidente del FOGAIBA
Mateu Ginard i Sampol