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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 14 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 1592
Juicio verbal (desahucio precario) 597/2016

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Texto

D./Dª. AURORA FRUCTUOSO HERNANDEZ, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 14 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento JVH 597/16 seguido a instancia de BANKIA HABITAT SLU frente a IGNORADOS OCUPANTES CALLE PASAJE SIETE PICOS 4 5º PTA. 18 PALMA se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA nº 17/2017

En Palma, a 15 de febrero de 2017.

Vistos por Irene Partida Barreto, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 14 de Palma de Mallorca, los presentes autos de juicio verbal seguidos con el número 597/2016 entre:

Demandante: La entidad BANKIA HABITAT S.L.U, representada por la procuradora de los tribunales doña Elena Martínez de Miguel y asistida por la letrado doña Sarai Herreros Ortega.

Demandados: Ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Pasaje Siete Picos nº 4, Piso 5º, Puerta 18 de Palma, finca registral nº 21.001, declarados en situación de rebeldía procesal.

Objeto: Desahucio por precario.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes al en que se notifique esta resolución. No se admitirá a trámite el recurso si la parte al tiempo de interponerlo no acredita DOCUMENTALMENTE haber constituido el oportuno depósito para recurrir mediante la consignación del importe de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, así como, en su caso, el importe de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en el orden jurisdiccional civil establecida por la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (BOE núm. 280, de 21 de noviembre de 2012), modificada por el Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita (BOE núm. 47, de 23 de febrero de 2013) y modificada por el RD Ley 1/2015 de 27 de febrero de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.

Llévese el original al libro de sentencias.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, la PRONUNCIO, MANDO Y FIRMO.

PUBLICACIÓN.- Esta sentencia fue leída y publicada estando S.Sª., celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, IGNORADOS OCUPANTES CALLE PASAJE SIETE PICOS 4 5º PTA. 18 PALMA, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

PALMA DE MALLORCA a diecisiete de febrero de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,