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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 1406
Despido / Ceses en General 1244 / 2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0001244 /2015 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª ANA ISABEL ESTEBAN NAVARRO contra  PROYECTOS RESTAURACION MTRS SL,  CAFETERIA BONACHE SL   sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº00518/2016

En Palma de Mallorca a 29 de diciembre de 2016.

Vistos por mí, Doña María del Pilar Ramos Monserrat, Magistrado-Juez sustituta de Refuerzo de los Juzgados de lo Social, los autos de procedimiento nº 1244/15 iniciados en el Juzgado de lo Social Tres a instancia de Dña. Ana Isabel Esteban Navarro, representada por la Graduado Social Alicia Tesias Martínez, contra las entidades Proyectos Restauración MTRS S.L. y Cafetería Bonache S.L., habiendo sido parte el Fondo de Garantía Salarial, representado por el Abogado del Estado Marcos Cobo López.

FALLO

Que ESTIMANDO en su pretensión subsidiaria la demanda interpuesta por Dña. Ana Isabel Esteban Navarro contra las entidades Proyectos Restauración MTRS S.L. y Cafetería Bonache S.L., habiendo sido parte el Fondo de Garantía Salarial, debo DECLARAR y DECLARO la improcedencia del despido y, resultando imposible su readmisión, DECLARO la extinción de la relación laboral de la actora con las empresas demandadas en fecha 20/11/2015, CONDENÁNDOLES solidariamente a indemnizar a la demandante en la cantidad de 135´46 euros y, asimismo, a abonarle la cantidad de 2610´78 euros, DECLARANDO la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial para el caso de insolvencia en los términos del art. 33 del ET.

Notifíquese la presente resolución a las partes, frente a la que puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no gocedel beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco BANESTO, en la cuenta de este Juzgado, o presentar aval solidario de entidad financiera por el mismo importe. Asimismo, deberá constituir otro depósito por importe de 300 euros en el referido banco, presentando el resguardo correspondiente a este último depósito en la secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.

Así por esta sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada la anterior resolución, en el día de su fecha, por el Juez que la ha dictado, estando celebrando audiencia pública, doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PROYECTOS RESTAURACION MTRS SL y CAFETERIA BONACHE SL  , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a once de enero de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA