Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 1552
Registro de Personal e Informática. Propuesta de creación de una Oficina de Fondos Europeos y Subvenciones

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Mediante acuerdos de la Junta de Gobierno de fecha 18 de enero de 2017 y 8 de febrero de 2017, se aprobó lo siguiente:

“1. Crear una Oficina de Fondos Europeos y Subvenciones con categoría de departamento administrativo adscrito al Área de Alcaldía y dependiente de Coordinación General de Alcaldía, con una estructura mínima de cinco personas con los siguientes perfiles: jefe de departamento, jefe de servicio de gestión, un TAG, un TAE y un auxiliar administrativo.

2. La Oficina de Fondos Europeos y Subvenciones tendrá las siguientes funciones:

• Coordinación y supervisión de la presentación de proyectos europeos y/o subvencionables

• Búsqueda de subvenciones y financiación externa para proyectos municipales

• Supervisión de los proyectos subvencionables con fondos europeos y/o estatales

• Coordinación con las áreas municipales ejecutoras de proyectos europeos y proyectos subvencionados con fondos externos

• Gestión y control de gastos subvencionables

• Certificación de los gastos

• Control presupuestario de proyectos europeos y liquidación de subvenciones

• Atención a auditorías y controles de los órganos controladores externos

• Coordinación con la SMART Office

• Búsqueda de financiación, presentación y gestión de proyectos

• Coordinación con el departamento responsable del Gobierno en materia de Fondos Europeos, y con el resto de órganos de las administraciones públicas de las Islas Baleares implicados en fondos europeos y estatales.

• Departamento responsable del Ayuntamiento de Palma a efectos de las funciones propias del Organismo Intermedio por la Estrategia DUSI, Ayuntamiento de Palma Plan Litoral Poniente.

3. Comunicar este acuerdo a Secretaría para la modificación del Decreto de organización de los servicios administrativos municipales.

4. Comunicar a Registro de Personal a efectos de su inscripción de la Oficina de Fondos Europeos y Subvenciones como Departamento dentro del organigrama municipal.

5. Comunicar a Función Pública a efectos de la creación de las plazas de personal de la Oficina, previa negociación con los sindicatos.”

Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes citado y lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir esta notificación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

Palma, 16 de febrero de 2017

Jefa de sección del Registro de Personal e Informática

p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014

(BOIB núm. 30 de 04/03/2014)

Francisca M. Matas Escobar