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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 1401
Despido/ceses en general 382/2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Refuerzo de lo Social nº 002 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000382/2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. JESUS DE FRANCISCO FERNANDEZ SIMONET contra la empresa BUSINESS NOW SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SENTENCIA Nº 2/17

En Palma de Mallorca a 12 de enero de 2017.

Vistos por mí, Doña María del Pilar Ramos Monserrat, Magistrado-Juez sustituta del Juzgado de Refuerzo de los Juzgados de lo Social, los autos de procedimiento nº 382/16 iniciados en el Juzgado de lo Social Dos a instancia de D. Jesús de Francisco Fernández Simonet, asistido por la Abogada María Antonia Moreno Ramis, contra la entidad Business Now S.L.

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por D. Jesús de Francisco Fernández Simonet contra la entidad Business Now S.L., debo DECLARAR  y DECLARO la improcedencia del despido de fecha 12/04/2016, CONDENANDO a la empresa demandada a que, a su opción en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bien readmita al  trabajador con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la Sentencia, bien dé por extinguido el contrato mediante el pago de una indemnización de 623´42 euros.

En caso de que por el empresario no se opte, en el plazo indicado, por la readmisión o la indemnización, se entenderá que procede la primera (artículo 56.3 TR del ET).

Y para que sirva de notificación en legal forma a BUSINESS NOW SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a diecinueve de enero de dos mil diecisiete.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA