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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 1414
Despido/ceses en general 419/2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 004, REFUERZO, de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000419 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª MIGUEL ANGEL QUEVEDO SEÑOR contra MINISTERIO FISCAL, SOCORRISTES I SERVEIS ALTERNATIUS SOCIEDAD COOPERATIVA COOP., se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA

En Palma de Mallorca a 18 de enero de 2017.

Vistos por mí, Doña María del Pilar Ramos Monserrat, Magistrado-Juez sustituta del Juzgado de Refuerzo de los Juzgados de lo Social, los autos de procedimiento nº 419/16 iniciados en el Juzgado de lo Social Cuatro a instancia de D. Miguel Ángel Quevedo Señor, asistido por la Abogada Rosa Hidalgo Cisneros, contra la entidad Socorristes i Serveis Alternatius Societat Cooperativa.

(…)

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por D. Miguel Ángel Quevedo Señor contra la entidad Socorristes i Serveis Alternatius Societat Cooperativa, debo DECLARAR y DECLARO la improcedencia del despido comunicado en fecha 30/04/2016, CONDENANDO a la empresa demandada a que, a su opción en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bien readmita al trabajador con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la Sentencia, bien dé por extinguido el contrato mediante el pago de una indemnización de 515´29 euros, condenándola asimismo al pago de las costas del proceso, incluidos honorarios, hasta el límite de 600 euros.

En caso de que por el empresario no se opte, en el plazo indicado, por la readmisión o la indemnización, se entenderá que procede la primera (artículo 56.3 TR del ET).

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SOCORRISTES I SERVEIS ALTERNATIUS SOCIEDAD COOPERATIVA COOP. en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veintisiete de enero de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA