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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 1462
Aprobación inicial propuesta de Modificación Puntual núm. 3 de PGOU de Inca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 Por el Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria de día 26 de enero de 2017 se adoptó el siguiente acuerdo:

“1.- ENMENDAR el informe-propuesta relativo a la propuesta de Modificación Puntual núm. 3, consistente en el cambio de calificación de ensanche a espacio libre público para llevar a cabo la ampliación del sistema general espacio libre público (SGELP-11, zona verde interior) y nuevo equipamiento administrativo (SGELP-11/AD-13) , que ha sido redactado por el arquitecto Sr. Jaume Luis Salas.

2.- APROBAR INICIALMENTE la propuesta de Modificación Puntual núm. 3 de PGOU de Inca, consistente en el cambio de calificación de ensanche a espacio libre público para llevar a cabo la ampliación del sistema general espacio libre público (SGELP-11, zona verde interior) y nuevo equipamiento administrativo (SGELP-11/AD-13), que ha sido redactado por el arquitecto Sr. Jaume Luis Salas.

3.- SOMETER a información pública por el plazo de cuarenta y cinco días (45 días), mediante anuncios que se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en un diario de mayor difusión de la Comunidad Autónoma y en la sede electrónica del Ayuntamiento, la propuesta de Modificación Puntual y el documento de evaluación ambiental estratégica simplificada; pueden examinar el expediente en el Área de Urbanismo de este Ayuntamiento para formular las sugerencias y alegaciones que se consideren oportunas.

4.- SUSPENDER el otorgamiento de licencias de parcelación, edificación y demolición en los casos que puedan contradecir las determinaciones previstas en la propuesta de Modificación Puntual.

5.- ACORDAR que la presente propuesta de Modificación puntual queda no sujeta al procedimiento de evaluación ambiental estratégica, dado que se encuentra dentro de los supuestos previstos en el artículo 9.4 a) de la Ley 12/2016, de 9 de agosto de evaluación ambiental de las Islas Baleares.

6.- SOLICITAR los informes correspondientes a las Administraciones Públicas que puedan verse afectadas por la presente Modificación puntual de planeamiento y, en particular, el informe previo del Consell de Mallorca, de acuerdo con lo previsto en el artículo 54.5 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso de suelo, al Consell Insular de Mallorca.

7.- NOTIFICAR, personalmente, el presente acuerdo a las personas y/o interesados que como consecuencia de la nueva aprobación inicial puedan verse afectados. "

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Inca, 2 de febrero de 2017

El Alcalde-Presidente

Virgilio Moreno Sarrió