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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

AGENCIA DE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA Y TERRITORIAL DE MALLORCA

Núm. 1205
Acuerdo de aprobación definitiva de la modificación de la relación de puestos de trabajo de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística y Territorial de Mallorca

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Texto

En fecha 9 febrero de 2017, el Pleno del Consejo Insular de Mallorca aprobó la siguiente propuesta de acuerdo:

“ANTECEDENTES

En fecha 24 de enero de 2017, la Consejera ejecutiva de Territorio e Infraestructuras, elevó al Pleno del Consejo Insular de Mallorca una propuesta de acuerdo de modificación de la Relación de puestos de trabajo de la Agencia de protección de la legalidad urbanística y territorial de Mallorca, en su condición de Presidenta de este organismo autónomo. Este asunto ha sido incluido en el punto onceavo del orden del día de la convocatoria de la sesión ordinaria, que el Pleno del Consejo Insular de Mallorca celebrará el próximo día 9 de febrero de 2017.

La propuesta anterior incluye, entre otras modificaciones, la creación de una serie de puestos de trabajo en la Agencia. Dada la urgencia existente para proceder a la cobertura inmediata de algunos de estos puestos, es necesaria la modificación del contenido del apartado cuarto de esta propuesta, que permitiría la entrada en vigor de las modificaciones propuestas en el mismo momento de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en lugar de demorarla hasta el inicio del mes siguiente, como prevé la propuesta actual de fecha 24 de enero de 2017.

Por tanto, al amparo de lo que dispone el artículo 97.5 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre de 1986, que aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, se formula una enmienda a la propuesta de modificación de la Relación de puestos de trabajo de la Agencia de fecha 24 de enero de 2017, que afecta a su apartado cuarto, que quedaría redactado de la siguiente manera:

“Cuarto.- La fecha de efectos del presente acuerdo será el mismo día de su publicación en el BOIB, sin perjuicio que las adecuaciones retributivas singulares previstas surtan efectos económicos retroactivos desde la fecha de 1 de enero de 2017.”

De acuerdo con lo anterior, la propuesta definitiva de acuerdo que se eleva a la consideración del Pleno del Consejo Insular de Mallorca es la siguiente:

“Primero.- Aprobar las modificaciones a la Relación de puestos de trabajo de la Agencia de protección de la legalidad urbanística y territorial de Mallorca que se indican seguidamente, de conformidad con el anexo que se adjunta al presente acuerdo:

A) Creación de nuevos puestos de trabajo:

-Creación de la plaza de letrado de la Agencia (código 50008).

-Creación de 6 plazas de Técnico de administración general (código 50009)

-Creación de 2 plazas  de auxiliar de administración general (código   50366)

B) Adecuaciones retributivas singulares:

- 3 plazas de técnico de administración general (código 50363)

- Plaza de técnico de administración general (código 50007).

- Plaza  de administrativo de la Sección jurídica de la Agencia (código 50365), que incluye a más modificación de su denominación y de su adscripción.

- 6 Plazas de inspector urbanístico I (código 50375).

C) Cambio de adscripción de los siguientes puestos de trabajo, que pasarían ahora a estar bajo la dependencia directa del Jefe de servicio de la Agencia:

- Plazas de auxiliar de administración general de la sección jurídica (códigos 50366 y 50370)

- Plaza de administrativo de administración general de sección administrativa (código 50948)

- Plaza de auxiliar de administración general de la sección administrativa (código 50978)

Segundo.- Adaptación del nivel de conocimiento de la lengua catalana exigido para los diferentes puestos de trabajo de la Agencia, de conformidad con el dispuesto a la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública, que modifica la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

Tercero.- Las propuestas de modificación anteriores serán formalmente elevadas al Pleno del Consejo Insular de Mallorca, mediante propuesta suscrita por la Presidenta de la Agencia y Consejera ejecutiva de Territorio e Infraestructuras, una vez concluido el proceso de negociación sindical.

Cuarto.- La fecha de efectos del presente acuerdo será el mismo día de su publicación en el BOIB, sin perjuicio que las adecuaciones retributivas singulares previstas surtan efectos económicos retroactivos desde la fecha de 1 de enero de 2017.

Quinto.- Ordenar la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.”

 

Palma, 9 de febrero de 2017

El Secretario General
Jeroni Mas Rigo

Documentos adjuntos