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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 1186
Notificación de la Resolución de la vicepresidenta 1a y consejera ejecutiva del Departamento de Transparencia, Participación, Buen Gobierno, TIC, Trabajo y Formación y Vivienda en sustitución de la consejera ejecutiva del Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones del Consejo Insular de Eivissa (DP 2017000092 de 03/02/17) de fecha 8 de febrero de 2017, por el cual se resuelven las subvenciones de la convocatoria de ayudas económicas para personas mayores de 65 años en el ámbito de la isla de Eivissa para el año 2016

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Texto

En fecha 8 febrero de 2016, se ha dictado resolución de la vicepresidenta 1a y consejera ejecutiva del Departamento de Transparencia, Participación, Buen Gobierno, TIC, Trabajo y Formación y Vivienda en sustitución de la consejera ejecutiva del Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones (DP 2017000092 de 03/02/17) donde se resuelve:

''Primero Otorgar, disponer y reconocer la obligación de pago la concesión de una ayuda económica a las personas que figuran en el anexo 1 que se adjunta, con un importe total de 14.543,98 euros (catorce mil quinientos cuarenta y tres euros con noventa y ocho céntimos), indicando el importe individual, con cargo a la aplicación presupuestaria 2310.48900.

Segundo Denegar la concesión de una ayuda económica a las personas que figuran en el anexo 2 que se adjunta, por los motivos que igualmente figuran en este anexo.

Tercero - Tener por desistidas las solicitudes presentadas y declarar el archivo de los expedientes que figuran en el anexo 3, que se adjunta.

Cuarto Publicar en el BOIB la resolución que se dicte, en virtud de lo establecido en la base 8ba de la convocatoria referida.

 

ANEXO 1

Núm Expte.

DNI

Importe Concedido

04/16PM

41429688H

267,50- €

21/16PM

75628053M

30,00- €

35/16PM

41426190Q

*300,00- €

36/16PM

46955796P

150,00- €

40/16PM

75625217K

32,50- €

41/16PM

X1920933L

60,00- €

42/16PM

19505017M

98,00- €

43/16PM

28199443V

525,00- €

44/16PM

36233319Q

700,00- €

45/16PM

41409503G

78,50- €

46/16PM

41429453J

400,00- €

47/16PM

34622472C

150,00- €

48/16PM

41412708N

700,00- €

49/16PM

78290624G

*71,87- €

50/16PM

29705684B

935,00- €

51/16PM

41418818G

2.177,43- €

52/16PM

41420147E

*750,00- €

53/16PM

41413820C

108,50- €

55/16PM

27641546P

633,50- €

56/16PM

10009699F

1.400,00- €

57/16PM

02486094R

1.200,00- €

58/16PM

35026660Y

1.400,00- €

59/16PM

41418859E

110,00-€

60/16PM

41427172D

525,00- €

63/16PM

41415815Z

300,00- €

65/16PM

70483127H

138,50- €

67/16PM

74552622P

289,00- €

68/16PM

46958806M

72,50- €

70/16PM

41418791T

282,00- €

71/16PM

41436302P

124,05- €

72/16PM

28195387D

*535,13- €

* Concedido parcialmente.

Los expedientes se encuentran a disposición de las personas interesadas para cualquier consulta que quieran efectuar, en el Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones del Consell Insular de Eivissa.

 

ANEXO 2

Núm expte.

DNI

Motivación por el cual no se concede

37/16PM

27894967S

Por incumplimiento de la base 3.1 de las ayudas

39/16PM

41427019V

Por incumplimiento de la base 3.1 de las ayudas

61/16PM

41405947J

Por incumplimiento de la base 3.1 de las ayudas

74/16PM

41412236T

Por incumplimiento de la base 3.1 de las ayudas

Los expedientes se encuentran a disposición de las personas interesadas para cualquier consulta que quieran efectuar, en el Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones del Consell Insular de Eivissa.

 

ANEXO 3

Núm exp.

DNI

Motivo del desestimiento

34/16PM

31980677M

Tener por desistida la solicitud y declarar el archivo del expediente, según punto 7, último párrafo

62/16PM

28300735V

Tener por desistida la solicitud a petición del interesado y declarar el archivo del expediente

Los expedientes se encuentran a disposición de las personas interesadas para cualquier consulta que quieran efectuar, en el Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones del Consell Insular de Eivissa.

Interposición de recursos

Como se señala en la base octava, la presente resolución ha estado dictada por delegación del Consejo Ejecutivo, y se ha de considerar dictada por el órgano delegante; contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la comisión de Gobierno del Consell Insular de Eivissa en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente de la recepción de la presente notificación, todo de acuerdo con los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAC), en relación con el articulo 22.3 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares y el artículo 147.2 del Reglamento orgánico del Consell Insular de Eivissa (BOIB núm. 136, de fecha 18-09-2010, rectificación de errores en el BOIB núm. 148, de 14-10-2010, y modificación en el BOIB núm. 48, de fecha 16-04-2016).

El recurso se habrá de presentar en el Registro General de este Consell Insular (av. España, 49, de Eivissa), o en los lugares a se refiere el artículo 16.4 de la LPAC y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución en el plazo de tres meses, a contar desde el día siguiente de su interposición, de acuerdo con el artículo 122.2 de la misma Ley; en este supuesto, queda abierta la vía contenciosa administrativa.

Todo eso sin perjuicio de utilizar cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.''

Eivissa, 9 de febrero de 2017

La secretaria tècnica de Bienestar Social y Sanidad
Isabel Silverde Fernández