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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 1181
Acuerdo de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico de Mallorca sobre la aprobación del régimen de visitas a la almazara de la finca de Son Torrella del término municipal de Santa Maria del Camí

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En la sesión del día 24 de enero de 2017, la Comisión Insular de Patrimonio Histórico de Mallorca, acordó, entre otros, lo siguiente:

"1.- Aprobar el régimen de visita pública en la finca Son Torrella, situada en el término municipal de Santa Maria del Camí, de conformidad con lo establecido en los art. 26 y 81 34 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, de Patrimonio Histórico de las Islas Baleares. El régimen de visita pública será de acuerdo con las siguientes condiciones:

a) Las visitas se llevarán a cabo entre el 1 de noviembre y el 31 de marzo de cada año.

b) El espacio de la visita comprende la almazara, la tienda del aceite y los exteriores de la almazara, de acuerdo con el croquis adjunto, quedando fuera de la misma las dependencias interiores destinadas a residencia, salvo en los casos previstos el apartado 1.a) del artículo 34 de la ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares.

- Visitas escolares: los martes y jueves, siempre que sean días lectivos, entre las 10:00 h. y las 14:00 h.

- Visitas para el público en general: los sábados laborales de 10:00 h. a 14:00 h. con grupos de un máximo de 15 personas.

c) Las visitas a la almazara se realizarán, bajo la dirección y garantías del Servicio de Patrimonio Histórico del Consejo de Mallorca, a través de itinerarios guiados por los responsables designados al efecto. El público en general lo hará en grupos de un máximo de quince personas, mientras que los grupos escolares lo harán bajo el control de sus maestros. Las personas que lleguen a la propiedad esperarán al guía en la barrera de la finca, tal como se indicará con un cartel provisional que se retirará una vez terminado el horario de visita. Durante todo el itinerario de la visita se prohibirá fumar, y no se permite en ningún caso el acceso con perros y o cualquier otro tipo de animales, a excepción de los perros guía.

d) El Consejo de Mallorca podrá concertar y coordinar estas visitas a través del ayuntamiento de Santa Maria del Camí.

e) El aparcamiento de los vehículos de las visitas se realizará fuera de la finca de Son Torrella, sólo los autobuses accederán al interior de la finca para dejar a los visitantes y poder cambiar de sentido a fin de facilitar, una vez aparcados en la carretera, el acceso a los vehículos que circulen por la misma. La zona de parada momentánea viene delimitada en el plano que forma parte integrante del presente acuerdo.

f) El Consejo de Mallorca debe garantizar que las visitas se puedan llevar a cabo con las adecuadas condiciones, y en todo caso, de acuerdo con las previsiones contenidas en la ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares.

2.- Este régimen de visitas tendrá una vigencia de cinco años, prorrogables automáticamente de año en año si no hay manifestación en contra por parte de la propiedad del inmueble, vigencia que será efectiva al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

En cualquier caso, quedará sin efectos este régimen de visitas, se aplicará el régimen de visitas que, genéricamente, se recoge en el artículo 34.2 de la ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares .

3.- Notificar este acuerdo a los interesados, comunicarse al Ayuntamiento de Santa Maria del Camí, y publicarlo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. "

El traslado de este acuerdo se hace a reserva de la aprobación del Acta.

 

Palma, 6 de febrero de 2017

El secretario delegado de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico

Miguel Barceló Llompart