Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 1166
Area modelo de ciudad, Urbanismo y Vivienda digna
Departamento de planeamiento y gestión urbanística
Servicio jurídico-administrativo de planeamiento
Exp: PJ 2014/0003
El Pleno del Ayuntamiento aprobó definitivamente el Proyecto de delimitación de la Unidad de Ejecución del bloque VIII, dentro del ámbito del ARE 46-01 del PGOU, ubicado en calle Infant Pagà 23,23A, 23B i 23 C
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 22.12.2016, aprobó definitivamente el Proyecto de delimitación de la Unidad de Ejecución del bloque VIII, dentro del ámbito del ARE 46-01 del PGOU, ubicado en calle Infant Pagá 23,23A, 23B i 23 C mediante el siguiente acuerdo:
"1º.- Desestimar la alegación presentada por el señor Juan Mas Cifre, teniendo en cuenta el informe del arquitecto del Consorcio Riba de fecha 16/03/2015, que obra en el expediente, en el sentido de que la dicha alegación no presenta ninguna justificación de los valores de los pisos que, según el propietario, deberían tener las viviendas afectadas por la unidad.
2º.- Aprobar definitivamente el Proyecto de delimitación de la Unidad de Ejecución del bloque VIII, dentro del ámbito del Área 46-01 del PGOU, ubicado en la calle Infant Pagà 23, 23A, 23B y 23C, redactado por los servicios técnicos del Consorcio RIBA, señalando como sistema de actuación el de expropiación, y que tiene por objeto la eliminación de las situaciones de infravivienda dicho bloque VIII, dado el resultado de la información pública.
3º.- Publicar este acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, con la localización de la unidad de actuación; y, con el contenido íntegro del proyecto, en el tablón electrónico de anuncios y edictos de la sede electrónica de esta Corporación.
4º.- Notificar el presente acuerdo a los titulares afectados.
5º.- Comunicar el presente acuerdo en el Archivo de Urbanismo y al Consejo Insular de Mallorca, con una copia del proyecto de delimitación que ha sido aprobado.
6.- Comunicar el presente acuerdo a todos los servicios municipales que se puedan encontrar afectados, particularmente en el Servicio de Gestión Urbanística.
7º.- Comunicar el presente acuerdo a la Regiduría responsable del Área de Economía, Hacienda e Innovación para que se habilite la dotación presupuestaria necesaria para iniciar el expediente expropiatorio, a través de la correspondiente modificación de crédito”.
De conformidad con el artículo 203.d) de la Reglamento de la Ley de Ordenación y Uso del Suelo, con la presente publicación cobra eficacia y ejecutividad la delimitación de la Unidad de Ejecución del Bloque VIII, dentro del ámbito de la ARE 46-01 del PGOU, en la calle Infant Pagà nº 23,23, 23B, y 23C, que tiene asignado como sistema de actuación el de expropiación.
Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo de conformidad con el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 45 y ss. de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, ante la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que considere pertinente.
Así mismo se publica la localización de la unidad de actuación a los efectos de dar cumplimiento al punto 3º del presente acuerdo (ver ANEXO).
Palma a 24 de enero de 2017
El jefe del Departamento
p.d. Decreto de Alcaldía nº 3000/2014, de 26/02/2014 (BOIB nº 30 de 4-03-2014)
Jaume Horrach Font