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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 1164
Bases de la convocatoria para proveer temporalmente, mediante una comisión de servicios ordinaria voluntaria, el puesto de trabajo vacante de libre designación de Jefe/a de servicio Intervención Social y Servicios Sociales

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Texto

Vistas las necesidades organizativas de esta Corporación, se ha de proveer temporalmente el puesto de trabajo de JEFE/A DE SERVICIO INTERVENCIÓN SOCIAL Y SERVICIOS SOCIALES, libre designación, para cubrirlo mediante una comisión de servicios ordinaria voluntaria.

Es por ello que esta Tenencia de Alcaldía, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 21.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, dispone la siguiente

Resolución

1. Aprobar las bases de la convocatoria para proveer temporalmente el puesto de trabajo de libre designación, Jefe/a de servicio Intervención Social y Servicios Sociales.

BASES

Primera.-

El objeto de esta convocatoria es la provisión del puesto de trabajo que se especifica:

Denominación: Jefe/a de servicio Intervención Social y Servicios Sociales.

Grupo: A1/A2

Nivel: 26

Complemento específico anual: 19.271,63 €

Número de puestos a proveer: uno.

Provisión: libre designación

Dedicación: sí

Disponibilidad: sí

Exclusividad: sí

Funciones generales y específicas del puesto de trabajo:

1. Es responsable del Servicio de Intervención Social y Servicios Sociales dependiendo directamente de la Alcaldía y de la Dirección general.

2. Dirige las grandes líneas de actuación del servicio de Intervención Social y Servicios Sociales, en función de los criterios y directrices de actuación marcados por el la Concejalía delegada y/o la Dirección General, estableciendo los mecanismos de seguimiento y control de resultados.

3. Es responsable de la toma de decisiones, dirección, ejecución, coordinación y control de las unidades administrativas que integran el servicio.

4. Realiza funciones de asesoramiento y refuerzo a los órganos superiores, elaborando informes y otros documentos que le sean requeridos, como también aquellas tareas que le sean encomendadas

5. Evalúa el funcionamiento del servicio y realiza propuestas de mejora

6. Es superior jerárquico con autoridad descentralizada  de Recursos Humanos

Segunda.-

Requisitos de los aspirantes

a) Ser funcionario/a de carrera al servicio de una administración pública, encontrarse en la situación administrativa de servicio activo y ocupar plaza del grupo A, subgrupo A1 o subgrupo A2.

b) Conocimiento de la lengua catalana, nivel B2, que se tiene que acreditar formalmente mediante original o fotocopia cotejada del correspondiente certificado expedido por el Gobierno Balear o título, diploma o certificado equivalente según la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo de 2013).

Tercera.-

Las instancias de solicitud para participar en este proceso selectivo se han de dirigir al Alcalde y se han de presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias y medios a que se refiere el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para presentarlas es de siete días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOIB.

Junto con la instancia de participación se ha de presentar:

- Fotocopia del DNI.

- Currículum, al cual se tiene que adjuntar los documentos justificativos de los requisitos exigidos así como de los méritos que se tienen que valorar, mediante certificaciones o fotocopias compulsadas, dado que no se valorarán aquellos que no queden debidamente acreditados, en todos sus extremos, dentro del plazo de presentación de instancias.

Cuarta.-

Se ha de constituir una Comisión de Valoración compuesta por tres funcionarios/as, con objeto de examinar y determinar, según la documentación presentada por las persones aspirantes, la solicitud más idónea para ocupar el puesto de trabajo convocado.

Las persones aspirantes pueden ser convocados, en su caso, a la realización de una entrevista sobre cuestiones derivadas de su trayectoria profesional y cualesquier otros que el órgano competente considere necesarias.

Una vez finalizado el trabajo de la Comisión de Valoración, esta ha de presentar una propuesta de nombramiento a la Tenencia de Alcaldía de Servicios Generales y Seguridad, quién ha de resolver el nombramiento.

Quinta.-

La duración de la comisión de servicios es hasta que se cubra el puesto de trabajo por el procedimiento reglamentario o, como máximo de dos años, sin perjuicio que este plazo pueda ser prorrogado según lo previsto en el artículo 88 ter de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la CAIB.

Sexta.-

Estas bases y los actos administrativos que se  deriven, pueden ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Segundo.- Ordenar la publicación de esta resolución en el BOIB, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal.

 

El Teniente de Alcalde delegado de Servicios Generales y Seguridad

(Delegación por resolución de Alcaldía de fecha 1/12/2015)

Andrés Serra Martínez