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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 1031
Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria y presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares del 12 de enero de 2017 por la cual se deniegan ayudas para transporte y/o becas para personas con discapacidad y ayudas a la conciliación dirigidas prioritariamente a trabajadores desocupadas de la convocatoria de 22 de octubre de 2014

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Texto

Hechos

1. Las personas que se indican en el anexo adjunto, como alumnos de una acción formativa dirigida prioritariamente a trabajadores desocupados, han presentado solicitudes de concesión de ayudas para transporte y/o de becas para personas con discapacidad y de ayudas a la conciliación, en el marco de la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 22 de octubre de 2014 (BOIB núm.147, de 25 de octubre).

2. Una vez examinadas estas solicitudes se ha considerado que tienen que ser objeto de denegación por los motivos que se exponen en el anexo I de esta Resolución.

Fundamentos de derecho

1.El artículo 2.2 del Decreto 37/2015, de 22 de mayo, de aprobación de los Estatutos del Servicio de Empleo de las Islas Baleares ‎establece  que el SOIB, para cumplir sus fines, puede llevar a cabo, entre otras, las funciones necesarias para gestionar las políticas activas de empleo; gestionar el conjunto de programas y medidas de orientación, empleo, formación y formación con alternancia con el empleo, que tienen por objeto mejorar las posibilidades de acceso a la colocación de las personas, desocupadas en el mercado de trabajo, por cuenta propia o de otros; la adaptación de la formación y recalificación para el empleo de los trabajadores, así como las otras acciones destinadas a fomentar el espíritu empresarial, la economía social y a mejorar las condiciones de los trabajadores.

2. De acuerdo con los apartados g e i del artículo 9.4 del Decreto 37/2015, de 22 de mayo, de aprovación de los estatutos  del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (BOIB nº. 77, de 23 de mayo),  es función del presidente del SOIB autorizar gastos, contraer obligaciones y proponer pagos del servicio, así como conceder ayudas y subvenciones.

3. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18 de noviembre, y suplemento en catalán del BOE nº. 23, de 24 de noviembre), tiene por objeto regular el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las administraciones públicas.

4. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº. 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones cuya gestión corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o a las entidades públicas que dependen.

5. La Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 7 de marzo de 2008 (Orden TAS/718/2008), por la cual se despliega el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el cual se regula el subsistema de formación profesional para la ocupación en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a financiarla (BOE nº. 67, de 18 de marzo de 2008).

6. El Real decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el cual se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos de la ocupación y de la formación profesional ocupacional (BOE nº. 83, de 7 de abril, y suplemento en catalán del BOE nº. 9, de 17 de abril).

7. Mediante la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 22 de octubre de 2014 (BOIB núm.147, de 25 de octubre), se convocan subvenciones para cursos dirigidos prioritariamente a trabajadores desocupados y también se convocan los alumnos de estos cursos para que presenten solicitudes de ayudas para transporte, manutención y alojamiento, y/o solicitudes de becas cuando se trate de personas desocupadas con discapacidad y de ayudas a la conciliación. En el apartado 7 del anexo II se regulan los importes de las becas para personas con discapacidad desocupadas, de las ayudas para transporte y manutención y de las ayudas para manutención y alojamiento y de ayudas de conciliación. En el apartado 8 del mismo anexo se dispone que la resolución de concesión y denegación se tiene que publicar en el BOIB y en el tablero de edictos del SOIB.

8. De acuerdo con el artículo 39.7 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, las subvenciones que se conceden en consideración a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor no requieren ninguna otra justificación que la acreditación de esta situación, previamente a la concesión, por cualquier medio admisible en derecho, sin perjuicio de los controles que se puedan establecer para verificar la existencia.

9. La Ley 13/2014, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas  Baleares para el año 2015, en la disposición final séptima modifica el artículo 1 de la Ley 7/2000, de 15 de junio, de creación del Servicio de Ocupación de les Islas  Baleares, y lo  define como un organismo autónomo dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obra, adscrito a la consejería competente en materia de trabajo. De acuerdo  con  el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas  Baleares, las competencias en materia de trabajo están atribuidas  a la actual consejería deTrabajo, Comercio e Industria.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Denegar una subvención en concepto de ayuda para transporte y/o de becas para personas con discapacidad, y/o de ayudas a la conciliación para trabajadores desocupados en el marco de la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 22 de octubre de 2014 (BOIB núm.147, de 25 de octubre), a las personas que figuran en el anexo I de esta Resolución y por los motivos que se exponen en el mismo.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante del consejero  de Trabajo, Comercio e  Industria   y presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de 'haber-se publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber-se publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 12 de enero de 2016 

El director del SOIB

 Pere Torrens Martín 

 

Palma, 12 de enero de 2016            

Conforme con  la propuesta, dicto  Resolución

El consejero de Trabajo, Comerio e Industria, presidente del SOIB

Por delegación de competencies (Resolución de 11/08/16, BOIB núm. 105 de 18 d’agost)

El director del SOIB

Llorenç Pou Garcias

 

ANEXO I

BECAS DE TRANSPORTE DENEGADAS

DNI/NIE

CURSO

MOTIVO

47080454Y

1087/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

43150919K

1099/14

TARJETA DE BAJA

78320384W

1235/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

41507459A

1235/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

Y0676293S

1430/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

Y3819801K

1489/14

ABANDONA EL CURSO

45613186T

1505/14 1506/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

43205012H

1506/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

78215711W

1506/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

43203189N

1519/14 1521/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

Y0265566E

1524/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

7670574J

1530/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

37336513S

1620/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

28718489E

1620/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

Y1341897E

1620/14

TARJETA DE BAJA

43062522J

1673/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

Y1305040B

1684/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

41517077F

1684/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

43142523C

1684/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

37336513S

1621/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

43199751R

1627/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

41540322E

1727/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

43214032E

1731/14

TARJETA DE BAJA

78212313P

1731/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

49776950M

1740/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

43052045R

1740/14

TARJETA DE BAJA

78205992N

1750/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

54625650Y

1750/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

43101666B

1750/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

18217210Z

1759/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

41587280Z

1759/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

41520395J

1680/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

Y1305040B

1680/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

X4940884R

1680/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

41517077F

1680/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

43142523C

1680/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

43202174V

1801/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

38116382T

1801/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

78221145P

1801/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

X9652394F

1817/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

18214779K

1833/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

41697290S

2158/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

02624799Q

1847/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

X6987041D

1866/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

41586077F

1866/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

18225569R

1866/14

TARJETA DE BAJA

X6086099T

1969/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

40867417M

2174/14

BAJA DEL CURSO

43055429C

2174/14

BAJA DEL CURSO

28475304Q

2190/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

Y1053995B

2202/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

45189038H

2313/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

BECAS DE CONCILIACION DENEGADAS

DNI/NIE

CURSO

MOTIVO

41507077N

1235/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

Y0158893T

1316/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

47495542J

1427/14 1428/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

28829045V

1427/14 1428/14 1429/14 1430/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

Y0676293S

1430/14

ESTAR OCUPADO/A AL INICIO DEL CURSO

43154264P

1489/14 1490/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

78217142F

1505/14 1506/14 1505/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

X960649L

1529/14 1530/14

HIJO/A MAYOR DE  SEIS AÑOS

37339048C

1547/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

18221640M

1563/14

HIJO/A MAYOR DE  SEIS AÑOS

43469243W

1563/14

NO PRESENTAR CERTIFICADO DE DEPENDENCIA

78218308T

1606/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

78208586F

1606/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

18227267C

1641/14 1643/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43162726Y

1709/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

X8456325F

1677/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43105977K

1677/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43069342W

1677/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43069082H

1727/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43120356W

1731/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43111083K

1740/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

Y3109981G

1740/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

26191669M

1759/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

41621437Q

1811/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43106017S

1816/14 1817/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43150584P

1823/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

14327426J

1833/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

38460877R

1867/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43126927H

1867/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

43481630S

1992/14 1993/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

10198564L

1993/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

39506213X

1998/14 1999/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

26001199K

1998/14 1999/14

NINGUN HIJO MENOR DE SEIS AÑOS

43179057F

1998/14 1999/14

NINGUN HIJO MENOR DE SEIS AÑOS

46699135G

2013/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

77301405S

2013/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

34068351S

2143/14 2158/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

50133475D

2156/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

Y0876605C

2215/14

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

BECAS DE DISCAPACIDAD DENEGADAS

DNI/NIE

CURSO

MOTIVO

43060531T

2174/14

NO TENER  LA DISCAPACIDAD RECONOCIDA EN EL SISTEMA