Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Núm. 1009
Resolución de la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se autoriza la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal del despacho núm. 316 (antes numerado con el 304), tercera planta, situado en la calle de la Rosa núm. 3 de Palma, a la Asociación de Padres de Familia Separados de las Islas Baleares (DGTPFP/SP 40/2017)
Antecedentes
1. El Ayuntamiento de Palma cedió a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares el edificio situado en la calle de la Rosa, 3, de Palma, por un periodo de 99 años, mediante un convenio suscrito el 15 de mayo de 1995 y aprobado por Consejo de Gobierno de 4 de mayo de 1995.
2. En la sesión de 20 de octubre de 2000, el Consejo de Gobierno aprobó los textos de una serie de convenios de cesión de uso de determinadas partes del edificio mencionado antes a favor de algunas asociaciones sin ánimo de lucro, y facultó al Consejero de Presidencia para firmarlos.
3. La Asociación de Padres de Familia Separados de Baleares consta inscrita en el Registro de Asociaciones de las Islas Baleares mediante la Resolución del Consejero de Presidencia de fecha 30 de mayo de 2005.
4. Mediante Resolución de 18 de febrero de 2013 el Consejero de Administraciones Públicas autorizó la cesión de uso gratuita y temporal de un despacho de 8,40 m2, y con derecho de uso de los elementos comunes con el resto de entidades cesionarias, en la tercera planta del inmueble, situado en la calle de la Rosa, 3, de Palma, afavor de la Asociación de Padres de Familia Separados de Baleares
5. La Propuesta de Resolución de 18 de enero de 2017, de la Consejera de Salud en la que propone al Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, que inicie el expediente de prórroga hasta el 22 de febrero de 2021, de la cesión gratuita y temporal de uso del despacho nº 316 (antes numerado con el 304), tercera planta situado en la calle de la Rosa núm. 3 de Palma, a. la Asociación. de Padres de Familia Separados de las Islas Baleares
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 63, 64 y 87 g de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 49, de 24 de abril )
2. Los artículos 128, 129 y 130 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 192, de 24 de diciembre).
3. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la Presidenta de las Islas Baleares, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB núm. 97, de 2 de julio).
4. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la Presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 120, de 8 de agosto).
5.El Decreto 49/2016, de 22 de julio, por el que se nombra Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm . 93, de 23 de julio).
Propuesta de resolución
Propongo a la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Autorizar la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal del despacho núm. 316 (antes numerado con el 304), tercera planta, situado en la calle de la Rosa núm. 3 de Palma, a la Asociación de Padres de Familia Separados de las Islas Baleares, para el período comprendido desde 23 de febrero de 2017 hasta el 22 de febrero de 2021.
2. Establecer, para la cesión, las siguientes condiciones:
a) Se mantienen, para la cesión, las mismas condiciones estipuladas en el convenio de cesión.
b) La cesión gratuita de uso comporta la obligación de la cesionaria de devolver el objeto de la cesión de uso a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares al término del plazo establecido.
c) Si los bienes y derechos cedidos no se destinan al uso previsto en el acto que autorice la cesión o dejan de destinarse a ello posteriormente, la cesión se considerará revocada y revertirá a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que tiene derecho a percibir del cesionario, habiendo hecho previamente la tasación pericial pertinente, el valor de los detrimentos o deterioros que hayan experimentado.
3. Notificar la resolución a la Consejería de Salud y en la Asociación de Padres de Familia Separados de las Islas Baleares.
4. Anotar la cesión de uso gratuita y temporal en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse publicado la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 30 de enero de 2017
El Director General del Tesoro,
Política Financiera y Patrimonio
José Luis Gil Martín
De acuerdo con la propuesta. Dicto resolución.
La Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas
Catalina Cladera y Crespí