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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 871
Aprobación del encargo de gestión de los convenios de ingresos consignados en el presupuesto del Consejo de Mallorca al Intituto Mallorquín de Asuntos Sociales

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Texto

 El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca en sesión celebrada el pasado día 25 de enero de 2017 ha acordado:

«ANTECEDENTES

I. De acuerdo con el artículo 17 c) de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, son recursos económicos suyos las subvenciones y aportaciones de la Unión Europea, el Estado, la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y otras entidades públicas, o de particulares, que sean transferidos al Consejo de Mallorca para fines propios del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

II. En el presupuesto de ingresos del Consejo de Mallorca para el año 2017 figuran consignadas las partidas siguientes:

Org.

Eco.

Descripción

Previsiones iniciales

40

45003

CAIB: PROGR. APOYO FAMILIA Y INFANCIA

788.902,84

40

45004

CAIB: PROGR. INTEGRACIÓN PERSONAS INMIGRANTES

1.100.969,46

40

45005

CAIB: RENDA MÍNIMA INSERCIÓN

4.472.125,87

40

45006

CAIB: CONVENIOS ACCIÓN SOCIAL (PPB)

7.065.233,46

40

45007

CAIB: TRATAMIENTO DROGADICCIÓN

1.039.819,50

40

45102

SOIB: PROGRAMAS DE INSERCIÓN SOCIOLABORAL DE LA RMI

342.300,00

III. Estos ingresos se instrumentan, bien mediante la suscripción de un convenio, bien mediante la tramitación de una solicitud de subvención, y se refieren a materias que son gestionadas por el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales. Consecuentemente, este organismo tiene un conocimiento más directo sobre el contenido de todos estos convenios, lo cual aconseja que sean los técnicos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales los que hagan las gestiones administrativas y se encarguen de tramitarlos, todo esto sin perjuicio que se instrumenten los mecanismos correspondientes para que los ingresos se hagan efectivos en favor del Consejo de Mallorca.

IV. La Intervención General del Consejo de Mallorca ejerce el control de estos ingresos.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

I. De acuerdo con el art. 2.3 de sus Estatutos, el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales ejerce cualquier otra competencia que le encomiende el Consejo, directamente mediante delegación o pedido o, indirectamente, a través de convenios con otros entes territoriales o institucionales con finalidades coincidentes.

II. De acuerdo con el Decreto de organización del Consejo de Mallorca de 10 de julio de 2015 (BOIB núm. 109 de 18 de julio de 2015) dictado por el presidente del Consejo de Mallorca, corresponde al Consejo Ejecutivo, entre otros, aprobar los convenios con otras entidades públicas o privadas.

La base 23 de las Bases de Ejecución del Presupuesto del Consejo de Mallorca establece que corresponde al Consejo Ejecutivo aprobar convenios independientemente de su cuantía.

III. El art. 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público prevé que la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de derecho público puede ser encargada a otros órganos o entidades de la misma administración o de otra de diferente, por razones de eficacia.

Se propone al Consejo Ejecutivo que adopte el acuerdo siguiente:

Primero. Encargar la gestión de los ingresos siguientes, así como las posibles prórrogas y adendas, al Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales y en las condiciones indicadas en los antecedentes.

Org.

Eco.

Descripción

Previsiones iniciales

40

45003

CAIB: PROGR. APOYO FAMILIA Y INFANCIA

788.902,84

40

45004

CAIB: PROGR. INTEGRACIÓN PERSONAS INMIGRANTES

1.100.969,46

40

45005

CAIB: RENTA MÍNIMA INSERCIÓN

4.472.125,87

40

45006

CAIB: CONVENIOS ACCIÓN SOCIAL (PPB)

7.065.233,46

40

45007

CAIB: TRATAMIENTO DROGADICCIÓN

1.039.819,50

40

45102

SOIB: PROGRAMAS DE INSERCIÓN SOCIOLABORAL DE LA RMI

342.300,00

Segundo. Delegar la aprobación y la firma de los convenios mediante los cuales se instrumenten los mencionados ingresos en favor de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

Tercero. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.»

Palma, 1 de febrero de 2017

La secretaria delegada

(BOIB núm. 160, de 14-11-2006)

Inmaculada Borrás Salas