Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CAMPOS
Núm. 931
Acuerdo suspensión usos NNSS planeamiento
El Pleno de la Corporación adoptó, en la sesión ordinaria celebrada el 26 de enero de 2017, el acuerdo siguiente:
1. Suspender, de conformidad con los artículos 50 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo (LOUS) y 138 de su reglamento para la isla de Mallorca, la tramitación y la aprobación de los planes de desarrollo, de los instrumentos de gestión y el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas y/o de actividad, así como la posibilidad de presentar comunicaciones previas, relacionadas con los usos religioso y socio/cultural contemplados en las NNSS de planeamiento, con el fin de estudiar la formación o reforma del instrumento de planeamiento pertinente (PGOU o NNSS de planeamiento), para regular las condiciones urbanísticas de emplazamiento (ubicaciones, accesos, distancias con otros usos o establecimientos y/u otras determinaciones de estos usos y actividades, etc.) en aquellas zonas y sectores del municipio donde esté admitida esta tipología de usos, con la excepción de los terrenos calificados como equipamiento cultural (art. 118 de las NNSS) o equipamientos municipales varios (art. 121 bis de las NNSS).
Los efectos de esta suspensión no pueden durar más de un año, sin perjuicio de su posible ampliación a consecuencia de la aprobación de carácter inicial o provisional de la revisión o modificación del instrumento de planeamiento general.
2. Publicar este acuerdo en el BOIB, en uno de los diarios de mayor difusión de las Islas Baleares y en la dirección o el punto de acceso electrónico correspondiente.
Lo que se publica de acuerdo con el que establecen los artículos 50 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo (LOUS) y 140 de su reglamento para la isla de Mallorca.
Campos, 31 de enero de 2017
El alcalde
Sebastià Sagreras Ballester