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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CAMPOS

Núm. 931
Acuerdo suspensión usos NNSS planeamiento

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Texto

El Pleno de la Corporación adoptó, en la sesión ordinaria celebrada el 26 de enero de 2017, el acuerdo siguiente:

1. Suspender, de conformidad con los artículos 50 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo (LOUS) y 138 de su reglamento para la isla de Mallorca, la tramitación y la aprobación de los planes de desarrollo, de los instrumentos de gestión y el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas y/o de actividad, así como la posibilidad de presentar comunicaciones previas, relacionadas con los usos religioso y socio/cultural contemplados en las NNSS de planeamiento, con el fin de estudiar la formación o reforma del instrumento de planeamiento pertinente (PGOU o NNSS de planeamiento), para regular las condiciones urbanísticas de emplazamiento (ubicaciones, accesos, distancias con otros usos o establecimientos y/u otras determinaciones de estos usos y actividades, etc.) en aquellas zonas y sectores del municipio donde esté admitida esta tipología de usos, con la excepción de los terrenos calificados como equipamiento cultural (art. 118 de las NNSS) o equipamientos municipales varios (art. 121 bis de las NNSS).

Los efectos de esta suspensión no pueden durar más de un año, sin perjuicio de su posible ampliación a consecuencia de la aprobación de carácter inicial o provisional de la revisión o modificación del instrumento de planeamiento general.

2. Publicar este acuerdo en el BOIB, en uno de los diarios de mayor difusión de las Islas Baleares y en la dirección o el punto de acceso electrónico correspondiente.

Lo que se publica de acuerdo con el que establecen los artículos 50 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo (LOUS) y 140 de su reglamento para la isla de Mallorca.

Campos, 31 de enero de 2017

El alcalde

Sebastià Sagreras Ballester