Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 750
Procedimiento Ordinario 417/2015
D./Dª. VICENTE MANUEL BOLUFER FRANCIA, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO. DE LO MERCANTIL N. 2 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,
En el presente procedimiento seguido a instancia de (datos personales ocultos)se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA.-nº00033/2017
En la ciudad de Palma de Mallorca, a veintiséis de enero del año dos mil diecisiete.
Por mí, María Encarnación González López, Magistrado Juez del JUZGADO DE LO MERCANTIL NºDOS de dicha ciudad, VISTOS los presentes autos asentados en el Libro registro bajo el nº417/15, seguidos como proceso declarativo ordinario, por los trámites previstos en los artículos 399 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero del año 2.000, para el Juicio Ordinario, a instancia de (datos personales ocultos),
FALLO.- Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Procurador (datos personales ocultos), en nombre y representación de (datos personales ocultos), condenando a éstos a abonar a la parte actora la cantidad de (datos personales ocultos)euros, cantidad que devengará el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda hasta hoy, así como el interés que determina el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la presente resolución hasta que la misma haya sido totalmente ejecutada; imponiendo a la parte demandada el pago de las costas procesales causadas.
Dedúzcase testimonio de la presente resolución para su incorporación a los autos y copias a los efectos de su notificación a las partes, expresiva esta última de que contra la misma puede interponerse recurso de apelación por escrito ante este mismo Juzgado y para ante la Ilma. Audiencia Provincial en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación, previa consignación como depósito en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado de la cantidad de 50 euros debiendo acompañar la documentación acreditativa de haberlo constituido (LO 1/2009, 3 de noviembre).
Así por ésta, la presente, mi Sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo declaro, pronuncio, mando y firmo de mi nombre.
Y encontrándose dicho demandado, (datos personales ocultos), en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
PALMA DE MALLORCA a veintisiete de enero de dos mil diecisiete.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,