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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 898
Juicio inmediato delitos leves 40 / 2016

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Texto

D/D.ª PILAR DE MEER CERDA, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. INSTRUCCION N. 8 de PALMA DE MALLORCA.

POR EL PRESENTE HAGO CONSTAR: Que en los autos de JUICIO INMEDIATO SOBRE DELITOS LEVES 0000040 /2016 ha recaído Sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal:

"En PALMA DE MALLORCA a once de noviembre de dos mil dieciséis.

D./Dña. ANTONIO ROTGER CIFRE, MAGISTRADO-JUEZ de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO INMEDIATO SOBRE DELITOS LEVES 0000040 /2016, seguida por HURTO incoado en virtud de denuncia suscrita por el personal de seguridad de "PRIMARK" contra SARA TORRES AMAYA habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal, representado por Dª. Concepción Gómez, ejercitando la acción pública.

F A L L O: CONDENO a SARA TORRES AMAYA, como autor responsable de un delito leve de HURTO EN GRADO DE TENTATIVA a la pena de VEINTINUEVE DÍAS MULTA A RAZÓN DE 4 EUROS DIARIOS; y al pago de las costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes y a los ofendidos y perjudicados, aunque no se hayan mostrado parte en el procedimiento.

En caso de impago de la multa impuesta, la misma queda sujeta a una responsabilidad persona subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación."

Concuerda bien y fielmente con su original al que me remito y para que así conste, extiendo y firmo el presente testimonio en

PALMA DE MALLORCA, a treinta y uno de enero de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA