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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA

Núm. 870
Acuerdo pleno de aprovación definitiva de la relacion concreta, individualizada y valorada delos bienes y derechos que se han de ocupar necesariament para la ejecución de les NNSS de Algaida

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Texto

En la sesión extraordinaria celebrada en fecha 12 de enero de 2017, el Pleno del Ayuntamiento de Algaida adoptó, entre otros, el Acuerdo con el tenor literal siguiente:

“Visto el informe de Secretaria de fecha 9 de enero de 2017, la relación de propietarios y bienes afectados y el certificado del Registro de la Propiedad de Dominio y Cargas, y de conformidad con lo que dispone el artículo 3.4 del Decreto de 26 de abril de 1957 a partir del cual se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa, se adopta lo siguiente:

PRIMERO.- Se aprueba con carácter definitivo la relación concreta, individualizada y valorada de los bienes y derechos que han de ocuparse necesariamente para la ejecución de las NN.SS. de Algaida, así como la designación nominal de los interesados con los que han de entenderse los sucesivos trámites, con el siguiente detalle:

 

- Identificación del propietario: JUAN AMENGUAL TOMAS.

- Descripción de la finca: Parcela 12 del polígono 24 de Algaida (Son Alegre) con una extensión superficial de 1.621 m2 i referencia catastral 07004A02400120000MY.

A partir de la nota simple informativa del Registro de la Propiedad núm. 5 de Palma, se trata de una finca rústica: pieza de tierra, secano, situada en el término de Algaida, llamada CORRAL DE CA’N MULET y conocida por SON JEAN. Tiene una extensión de TRECE ÁREAS, TREINTA Y UNA CENTIÁREAS Y MEDIA. Limita: por el norte, con tierra de Pedro Antonio Mulet; por el sur y este, con la misma finca del llamado Pedro Antonio Mulet; y por el oeste, con porción de Gabriel Tomás. Forma la parcela 12 del polígono 24 y su referencia catastral es 07004A024000120000MY.

Número de finca: 8243, folio: 172 del tomo 5213 del archivo, libro 314 de Algaida.

- Tipo de afección: libre de cargas.

- Valoración: 16.735,13 €.

   

- Identificación del propietario: MARGARITA MASIANAS TOMAS.

- Descripción de la finca: Parcela 11 del polígono 24 de Algaida (Son Alegre) con una extensión superficial de 1.534 m2 y referència catastral 07004A024000110000MB.

A partir de la nota simple informativa del Registro de la Propiedad núm. 5 de Palma, se trata de una finca rústica: porción de tierra, secano e indivisible, llamada CORRAL DE CA’N MULET, en Algaida, también conocida como SON VENY. Tiene una superficie de TRECE ÁREAS TREINTA Y UNA CENTIÁREAS Y MEDIA. Limita: por el norte, con la finca del Sr. Pere Antoni Mulet; por el sur, con la misma finca; por el oeste, con pasaje; y por el este, con el remanente de Antònia Tomás Sastre.

Número de finca: 10437, folio 133 del tomo 5899 del archivo, libro 389 de Algaida.

- Tipo de afección: libre de cargas.

- Valoración: 15.772,72 €.

 

SEGUNDO.- Se declara la necesidad de ocupación de los bienes y derechos relacionados y se da por incoado el correspondiente expediente de expropiación forzosa.

TERCERO.- Debe procederse a la publicación del Acuerdo del Pleno durante un plazo de quince días en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Illes Balears, con notificación personal a los interesados, invitando a éstos para que propongan un precio que propicie la adquisición por mutuo acuerdo y todo ello con indicación del hecho que el particular a quien se refiere la expropiación podrá convenir con la Administración actuante la adquisición de los bienes y derechos que son objeto de aquélla libremente y por mutuo acuerdo. En este caso, una vez convenidos los términos de la adquisición amistosa, se dará por concluido el expediente iniciado.

En el caso que en el plazo de quince días no se llegara a este acuerdo, se seguirá el procedimiento que se establece en los artículos 24 y siguientes de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa, sin perjuicio que en cualquier estado posterior de su tramitación ambas partes puedan llegar al mencionado mutuo acuerdo.”

Y para que conste, a los efectos del expediente, emite el presente certificado con el visto bueno de la Sra. Alcaldesa, Sra. María Antonia Mulet Vich, en Algaida, a 13 de enero de 2017.

La Secretaria

María Magdalena Binimelis Massanet