Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRANSPARENCIA, CULTURA Y DEPORTES
Núm. 718
Extracto de la Resolución de la consejera de Transparencia, Cultura y Deportes de día 19 de enero de 2017 por la que se establece la convocatoria de subvenciones para realizar proyectos habituales y / o puntuales de actividades en materia de juventud y por el mantenimiento de las entidades juveniles BDN 330346
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 bi 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria del texto completo que se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)
Primero. beneficiarios:
Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que promueven actuaciones en beneficio de la infancia y la juventud y las entidades juveniles legalmente constituidas, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar inscritas, antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes, en el Censo de entidades juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud, que regula la Orden de la consejera de Presidencia de 24 de enero de 1997 (BOIB núm. 16, de 6 de febrero) y haber presentado la memoria de actividades del año 2016 que establece el artículo 8 de esta Orden.
b) En su caso, estar adaptadas a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación.
c) Estar radicadas en la isla de Mallorca o tener sede abierta en más de una isla.
Segundo. finalidad:
El objeto de esta convocatoria son las subvenciones para llevar a cabo proyectos de actividades habituales y / o puntuales destinados a la infancia y / o en la Joventus (Modalidad A) y para apoyar el mantenimiento de las entidades juveniles (Modalidad B) .
Tercero. Bases reguladoras:
Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 15 de septiembre de 2003 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de la Consejería de Presidencia y Deportes (BOIB núm. 137, de 2 de octubre), modificada por la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 19 de febrero de 2004 (BOIB núm. 29, de 28 de febrero) y por la Orden de 8 de marzo de 2005 (BOIB núm. 48, de 26 de marzo),
Cuarto. importe:
Se destina a esta convocatoria la cantidad máxima de 200.000,00 €, que se distribuirá entre las dos modalidades mencionadas de la siguiente manera: € 150.000,00 para la modalidad A y € 50.000,00 para la modalidad B, con cargo a la partida presupuestaria 26501 323A01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2017.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes es desde día 27 de enero al 15 de febrero de 2017.
Sexto. Observaciones:
La eficacia de esta convocatoria de subvenciones queda condicionada a su inclusión dentro del Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2017 y en la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 2017.
Palma, 19 de enero de 2017
La consejera de Transparencia, Cultura y Deportes
Ruth Mateu Vinent