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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE FORNALUTX

Núm. 483
Aprobación Definitiva Ordenanza Fiscal nº 9

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Texto

Se hace público que, transcurrido el plazo de treinta días de exposición al público al que fue sometida la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 9 Reguladora de la Tasa por Recogida de Basuras, que inicialmente fue aprobada por el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada el día 2 de diciembre de 2016, no se han producido reclamaciones contra la misma, por lo que tras su aprobación definitiva se procede a la publicación de la modificación de la Ordenanza a efectos de su entrada en vigor y aplicación, conforme a lo previsto en el art. 17.4 del RDL 2/2004 de 5 de Marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Ordenanza Fiscal número 9. Reguladora de la Tasa por Recogida de Basuras.

Artículo 6º. Cuota Tributaria.

1.- La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija por unidad local, que se determinará en función de la naturaleza y destino de los inmuebles.

-A tal efecto, se aplicará la tasa obtenida del informe económico realizado por Secretaria-Intervención de 30 de noviembre de 2016, aprobado por la Corporación, aplicándose en dos pagos semestrales:

a) Por cada vivienda:

Se entiende por vivienda la destinada a domicilio de carácter familiar y alojamientos que no excedan de 10 plazas de ocupación permanente u ocasional por temporada de vacaciones.

Igualmente estarán sujetas las viviendas incluidas en un radio de 500 metros del casco urbano ..…..............…76,66 € /semestre.

b) Las viviendas situadas en diseminado a partir de 500 m del núcleo urbano y estén ocupadas, tendrán una bonificación del 30% de la tarifa ..................... 53,66 €/semestre.

- Souvenirs, peluquerías, entidades bancarias, oficina de Farmacias, otros despachos ……................ 193,65 € /semestre.

- Bares y cafeterías …...................... 288,86 €/semestre

- Despachos, pan, comestibles y autoservicios…...........… 312,74 €/semestre.

- Restaurantes y hospedajes ................… 454,90 € /semestre.                    

Para los servicios especiales de recogida para las actividades dedicadas a la restauración, les es de aplicación la tarifa total resultante de 66,93€ por cuatro servicios semanales, a repartir por el número de beneficiarios.

 

Fornalutx, a 23 de enero de 2.017 

El Alcalde,

Antonio Aguiló Amengual