Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 428
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de enero de 2017 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 13 de enero de 2017 por el que se modifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 17 de marzo de 2016 por el que se aprueba el texto consolidado de los acuerdos sobre el sistema de promoción, desarrollo y carrera profesional del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud de las Illes Balears, a la vez que se corrigen determinados errores materiales o de hecho
De conformidad con el artículo 80.1 de la Ley 55/2003, el 17 de marzo de 2016 la Administración y las organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Sanidad suscribieron el Acuerdo por el que se aprueba el texto consolidado de los acuerdos sobre el sistema de promoción, desarrollo y carrera profesional del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud de las Illes Balears. El 22 de marzo de 2016, las partes firmantes hicieron una corrección de errores formales de dicho acuerdo.
Recientemente, por medio del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 13 de enero de 2017 se ha modificado el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 17 de marzo de 2016 mencionado en el párrafo anterior, a la vez que se corrigen determinados errores materiales o de hecho: por una parte, se han introducido determinadas modificaciones puntuales consistentes en incluir como servicios computables a efectos de la carrera profesional los periodos prestados en instituciones sanitarias públicas de redes hospitalarias autonómicas y, por otra, se ha unificado la nomenclatura utilizada en el Texto consolidado y también se han corregido determinados errores materiales o de hecho.
El artículo 38 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, dispone que, para que los acuerdos que versan sobre materias de competencia de los consejos de gobierno de comunidades autónomas tengan validez y eficacia, requieren la aprobación expresa y formal de dicho órgano.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Salud, en la sesión del día 19 de enero de 2017, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero. Ratificar el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 13 de enero de 2017 por el que se modifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 17 de marzo de 2016 por el que se aprueba el texto consolidado de los acuerdos sobre el sistema de promoción, desarrollo y carrera profesional del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud de las Illes Balears, a la vez que se corrigen determinados errores materiales o de hecho, que se adjunta como anexo.
Segundo. Ordenar que se publiquen íntegramente este acuerdo y su anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 19 de enero de 2017
La secretaria del Consejo de Gobierno
Pilar Costa i Serra
ANEXO
Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 13 de enero de 2017 por el que se modifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 17 de marzo de 2016 por el que se aprueba el Texto consolidado de los acuerdos sobre el sistema de promoción, desarrollo y carrera profesional del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud de las Islas Baleares, a la vez que se corrigen determinados errores materiales o de hecho
Partes
Por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, el director de Función Pública y Administraciones Públicas y el director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 2 del anexo del Acuerdo del Consejo de Gobierno de las Islas Baleares por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Por la parte social, los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad que constan como firmantes de este acuerdo.
Antecedentes
1. El 2 de abril de 2016 se publicó en el BOIB n.º 42 el Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 17 de marzo de 2016 por el que se aprueba el Texto consolidado de los acuerdos sobre el sistema de promoción, desarrollo y carrera profesional del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
2. El 19 de mayo de 2016 se publicó en el BOIB n.º 63 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 16 de mayo de 2016 por la que se convoca un procedimiento extraordinario para acceder al modelo de carrera profesional del personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
3. El punto 2 de dicho Acuerdo del 2 de abril de 2016 dispone la aprobación de un texto consolidado sobre el sistema de promoción, desarrollo y carrera profesional del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud a efectos de aclarar, armonizar, actualizar y compendiar en un único texto los preceptos aplicables. Por su parte, el punto 3 —relativo a los efectos de dicho texto consolidado— se dejaron sin efecto los acuerdos siguientes:
a. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de abril de 2015 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de abril de 2015 por el que se aprueba el inicio de la fase ordinaria del sistema de carrera profesional del personal sanitario del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB n.º 61/2015, de 25 de abril).
b. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de mayo de 2015 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de mayo de 2015 por el que se aprueba el inicio de la fase ordinaria del sistema de carrera profesional del personal de gestión y servicios del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB n.º 70/2015, de 9 de mayo).
Estos dos acuerdos preveían como servicios computables a efectos de la carrera profesional, entre otros, los periodos prestados en instituciones sanitarias públicas de redes hospitalarias autonómicas, que por error no se incluyeron en el apartado 4.3.b del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 17 de marzo de 2016 mencionado en el punto 1 precedente.
4. Por otra parte, se han advertido diversos errores materiales en el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 17 de marzo de 2016, que por coherencia del texto deben modificarse.
Por todo ello y de conformidad con el artículo 80.1 de la Ley 55/2003, la Administración y las organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Sanidad que firmamos este documento nos reconocemos mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el siguiente
Acuerdo
1. Se aprueba introducir las siguientes modificaciones y correcciones de errores en el Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 17 de marzo de 2016 por el que se aprueba el Texto consolidado de los acuerdos sobre el sistema de promoción, desarrollo y carrera profesional del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud de las Islas Baleares:
1.1. Se añade un nuevo párrafo al apartado 4.3.b con la redacción siguiente:
Los periodos prestados en instituciones sanitarias públicas de redes hospitalarias autonómicas.
1.2. Dado que hay diferencias de denominación, a efectos de unificar la nomenclatura utilizada en todo el texto consolidado, todas las referencias hechas a la “Comisión Central de Evaluación” deben entenderse hechas al “Comité Central de Evaluación”. En cuanto a los apartados referidos a la valoración de los méritos de la carrera ordinaria, donde dice “créditos” ha de decir “puntos”.
1.3. Se modifican los errores materiales o de hecho siguientes:
a. Habiendo detectado un error en la versión en castellano del Acuerdo, en el punto 13.6 (Área/Bloque III) donde dice:
Personal estatutario sanitario |
|||||
Tabla de valoración |
Grado/ |
Grado/ |
Grado/ Nivel III |
Grado/ Nivel IV |
|
Área/Bloque III |
Actividad y calidad asistencial (n.º máximo de créditos) |
50 |
50 |
50 |
50 |
Formación / docencia / investigación (n.º máximo de créditos) |
30 |
30 |
30 |
30 |
ha de decir:
Personal estatutario sanitario |
|||||
Tabla de valoración |
Grado/ |
Grado/ |
Grado/ Nivel III |
Grado/ Nivel IV |
|
Área/Bloque III |
Actividad y calidad asistencial (n.º máximo de créditos) |
50 |
50 |
50 |
50 |
Competencia asistencial (n.º máximo de créditos) |
10 |
10 |
10 |
10 |
b. Habiendo detectado errores en la numeración del punto 3 del Acuerdo, a efectos de simplificar y armonizar la normativa vigente se dejan sin efecto todos los acuerdos en materia de carrera profesional anteriores al Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 17 de marzo de 2016 por el que se aprueba el texto consolidado de los acuerdos sobre el sistema de promoción, desarrollo y carrera profesional del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud de las Islas Baleares, a la vez que se corrigen determinados errores materiales o de hecho.
2. Este acuerdo se aplica a partir de la fecha en que se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 13 de enero de 2017
Por la Administración
Por las organizaciones sindicales
CCOO CSI-F SATSE
SIMEBAL CESM UGT USAE