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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 416
Nombramiento de personal eventual del Ayuntamiento de Eivissa

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace púbico que mediante Decreto de Alcaldía  de fecha 13 de enero de 2017 se ha resuelto el nombramiento del Sr.  Alejandro Jofre Moll , con efectos desde el día  16 de enero de 2017 como  adjunto al gabinete de comunicación, dentro de la plantilla de personal eventual del Ayuntamiento de Eivissa, con  retribución anual de 30.000,01€ brutos anuales retribuidos en 14 pagas.

El personal eventual nombrado podrá ser cesado libremente por esta Alcaldía y automáticamente cesará cuando cese el Alcalde o expire  su mandato, no confiriendo este nombramiento mérito para  el acceso a la función pública o a la promoción interna.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer:

a) Directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

b) Recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

c) Cualquier otro recurso que crea conveniente, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Eivissa, 17 de enero de 2017

EL ALCALDE
Rafael Ruiz González