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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 362
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 4 de enero de 2017 por la que se autoriza la modificación de la configuración del Centro Privado Concertado La Salle, de Palma, con la ampliación de una Unidad Educativa Específica en Centro Ordinario (UEECO)

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 25 de febrero de 2016 (BOIB n. º 32, de 10 de marzo), se autorizó la modificación de la configuración del Centro Privado Concertado La Salle, de Palma, con la ampliación de cuatro unidades de educación secundaria (PMAR). Como consecuencia de esta modificación, el centro quedó configurado de la siguiente manera:

Educación infantil: 13 unidades y 325 plazas escolares.

Educación primaria: 24 unidades y 725 plazas escolares.

Aulas ASCE (Aulas Sustitutorias de Centro Específico) 2 unidades de Bàsica Especial,10 plazas escolares, Centro Específico:Gaspar Hauser

Educación secundaria obligatoria: 20 unidades y 600 plazas escolares.

Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento (PMAR): 4 unidades y 60 plazas escolares.

Bachillerato: 10 unidades y 350 plazas escolares.

Ciclos formativos de grado medio:

Farmacia y Parafarmacia (SAN22): 2 unidades y 60 plazas escolares

Curas Auxiliares de Enfermería (SAN23): 2 unidades y 60 plazas escolares

Atención a Personas en Situación de Dependencia (SSC21): 2 unidades y 60 plazas  escolares

Conducción de Actividades Físicas Deportivas en el Medio Natural (AFD21): 2 unidades y 40 plazas escolares

Ciclos formativos de grado superior:

Laboratorio Clínico y Biomédico (SAN36): 2 unidades y 60 plazas escolares

Educación Infantil (SSC31): 2 unidades y 60 plazas escolares

Conducción de Actividades Físicas y Deportivas (AFD31): 2 unidades y 40 plazas escolares

Adscripción administrativa: Las enseñanzas de bachillerato y los ciclos formativos de grado medio y grado superior quedan adscritas al IES Guillem Sagrera de Palma (código 07006512).

2. El 22 de diciembre de 2016 (NRE 76859/2016), la señora María del Mar Carbonell Vidal, como representante del centro, solicitó una ampliación de la configuración con la autorización de una Unidad Educativa Específica en Centro Ordinario (UEECO). El aula que propone se utiliza en el turno de tarde y que por tanto, en horario de mañana no se le da ningún uso. Se aporta una certificación del arquitecto donde se especifica que el aula que se utilizará mide 55.54m2, que tiene 3 puntos de agua y que el baño adaptado se encuentra a menos de 8 metros de la misma aula, por lo que tal y como regula el Decreto 39/2011 cumple con los requisitos que se requieren para una unidad UEECO.

3. El día 2 de enero de 2017, el jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la modificación de la configuración del Centro Privado Concertado La Salle, de Palma, con la ampliación de una Unidad Educativa Específica en Centro Ordinario (UEECO).

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE n. º 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán n. º 7 de 1985).

2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE n. º 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán n. º 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE n. º 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n. º 44, de 3 de abril).

4. El Real decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE n. º 62, de 12 de marzo), por el cual se modifica el Real decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE n. º 86, de 9 de abril), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

5. El Real decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE n. º 32, de 12 de marzo, y suplemento en catalán de la misma fecha).

6. El Decreto 39/2011 de 29 de abril, por el cual se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios financiados con fondos públicos (BOIB n.º 78, de 28 de mayo)

7. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, aprobado por la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE n.º 51, de 1 de marzo, y suplemento en catalán n.º 5 de 1983), y reformado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE n.º 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán n.º 9, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

8. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por  el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 120, de 8 de agosto), modificado por el Decreto 1/2016, de 16 de febrero (BOIB núm. 23, de 18 de febrero) y por el Decreto 11/2016, de 11 de mayo, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se modifica el Decreto 24/2015, de 7 de agosto (BOIB núm. 60, de  12 de mayo).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha de 3 de enero de 2017, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2017-2018, la modificación de la configuración del Centro Privado Concertado La Salle, de Palma, con la ampliación de una Unidad Educativa Específica en Centro Ordinario (UEECO).

2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07004333

Denominación genérica: centro de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional

Denominación específica: La Salle

Titular: Hermanos de las Escuelas Cristianas

Domicilio: Camí de Son Rapinya, n. º 29

Localidad: Palma

Municipio: Palma

CP: 07013

Enseñanzas autorizadas:

Educación infantil: 13 unidades y 325 plazas escolares.

Educación primaria: 24 unidades y 725 plazas escolares.

Aulas ASCE (Aulas Sustitutorias de Centre Específic) 2 unidades de Bàsica Especial,10 plazas escolares Centro Específico:Gaspar Hauser

Educación secundaria obligatoria: 20 unidades y 600 plazas escolares.

Unidad Educativa Específica en Centro Ordinario  (UEECO): 1 unidad y 7 plazas escolares.

Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento (PMAR): 4 unidades y 60 plazas escolares.

Bachillerato: 10 unidades y 350 plazas escolares.

Ciclos formativos de grado medio:

Farmacia y Parafarmacia (SAN22): 2 unidades y 60 plazas escolares

Curas Auxiliares de Enfermería (SAN23): 2 unidades y 60 plazas escolares

Atención a Personas en Situación de Dependencia (SSC21): 2 unidades y 60 plazas  escolares

Conducción de Actividades Físicas Deportivas en el Medio Natural (AFD21): 2 unidades y 40 plazas escolares

Ciclos formativos de grado superior:

Laboratorio Clínico y Biomédico (SAN36): 2 unidades y 60 plazas escolares

Educación Infantil (SSC31): 2 unidades y 60 plazas escolares

Conducción de Actividades Físicas y Deportivas (AFD31): 2 unidades y 40 plazas escolares

Adscripción administrativa: Las enseñanzas de bachillerato y los ciclos formativos de grado medio y grado superior quedan adscritas al IES Guillem Sagrera de Palma (código 07006512).

3. Recordar al centro mencionado que está obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que figuran en ésta Resolución.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente del día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 4 de enero de 2017

El consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà