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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 268
Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se incrementa el crédito de la Resolución del Presidente del FOGAIBA por la que se convocan las ayudas para distribuir fruta a las escuelas para el curso 2016-2017 y se traslada el presupuesto restante a la siguiente convocatoria

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Texto

El 1 de septiembre de 2016 se publicó en el BOIB nº 111 la Resolución del Presidente del FOGAIBA, de 22 de agosto de 2016, por la que se convocan las ayudas para distribuir fruta a las escuelas para el curso 2016-2017, modificada posteriormente con la Resolución del Presidente del FOGAIBA de 17 de octubre de 2016 (BOIB nº 133, de 20 de octubre de 2016).

De acuerdo con lo establecido en el apartado segundo de la Resolución mencionada, esta línea destina a su financiación un importe máximo de doscientos diez mil euros (210.000,00 €), con la posibilidad de ampliar la dotación de la partida presupuestaria, con cargo a los presupuestos del FOGAIBA, para el ejercicio 2016. Esta cantidad está cofinanciada de la siguiente manera:

- 33.866,00 € por la comunidad autónoma de las Islas Baleares (CAIB).

- 18.634,00 € por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con cargo a los presupuestos generales del Estado.

- 157.500,00 € a cargo del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA), de acuerdo con el artículo 23 del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013. Esta cantidad tiene carácter extrapresupuestario y queda condicionada a la transferencia efectiva del fondo que realice el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

En la estrategia aprobada se reservaba una partida de 30.000,00 €, de los que 22.500,00 € están financiados por el FEAGA y 7.500,00 € por la CAIB, para la evaluación y el seguimiento de la estrategia. El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente está realizando esta evaluación y seguimiento en todo el Estado y, por tanto, no es necesario hacerlo a nivel autonómico.

De acuerdo con esto, esta convocatoria quedó sujeta a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas en los presupuestos del FOGAIBA del año 2016, así como a la transferencia del crédito necesario por parte del Fondo Europeo Agrícola de Garantía y del MAPAMA.

Teniendo en cuenta que esta línea de ayudas está en proceso de tramitación y que la demanda de ayudas para distribuir fruta a las escuelas para el curso 2016-2017 se ha incrementado con respecto a lo previsto inicialmente, y dada la disponibilidad presupuestaria, se procede a incrementar la cuantía destinada a esta convocatoria.

Por otra parte, el punto 2 del apartado segundo establece que el presupuesto no agotado debe trasladarse al período siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, que debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Una vez finalizada la tramitación de los expedientes solicitantes, se ha dispuesto de 177.416,25 € y ha quedado un presupuesto disponible de 32.583,75 €.

Por todo esto, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del director gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

 

RESOLUCIÓN

Primero

Se incrementa en treinta mil euros (30.000,00 €) el crédito destinado a la convocatoria de ayudas para distribuir fruta a las escuelas para el curso 2016-2017, aprobada mediante la Resolución del Presidente del FOGAIBA de 22 de agosto de 2016 y publicada en el BOIB nº 111, de 1 de septiembre de 2016, y se destina a la convocatoria un crédito final de doscientos cuarenta mil euros (240.000,00 €).

Segundo

Trasladar al período siguiente (tercer período: 1 de diciembre de 2016 a 30 de enero de 2017) el presupuesto disponible, de sesenta y dos mil quinientos ochenta y tres euros con setenta y cinco céntimos (62.583,75 €).

Tercero

Esta Resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 12 de enero de 2017

 

El Presidente del FOGAIBA

Vicenç Vidal Matas